Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2008 (26/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2008

9.4. Controlar el uso personal de la autorizacion municipal. 9.5. Controlar el mantenimiento, conservacion y limpieza de las ubicaciones de trabajo autorizado. 9.6. Controlar el cumplimiento del horario establecido. 9.7. Controlar el buen estado de los productos que se expendan. Articulo 10º.- La obtencion de la Autorizacion Municipal Temporal no determina a favor del comerciante derecho de permanencia sobre la via publica que ocupa para el desarrollo de su actividad comercial; en ese sentido, la Municipalidad se reserva el derecho de reubicarlo asi como de suspender temporal o definitivamente la autorizacion otorgada a su favor, cuando por razones de ordenamiento MORDAZA, ornato, seguridad, salubridad, queja de los vecinos, comision de faltas reiterativas o acumuladas, o faltas que aun sin serlo por su gravedad lo justifiquen. TITULO III DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 11º.- Incluir en el Cuadro de Infracciones y Sanciones del RAS las siguientes faltas asi como sus correspondientes sanciones:
CODIGO 56-COM INFRACCION Ejercer el comercio ambulatorio no habiendo cumplido con el pago del derecho por uso de la via publica. No respetar la ubicacion asignada. MULTA (% UIT) 2% SANCION COMPLEMENTARIA En caso de reincidencia se revocara la autorizacion. En caso de reincidencia se procedera al decomiso de la mercaderia. En caso de reincidencia se revocara la autorizacion.

TITULO IV DEL MOBILIARIO DE VENTA E INDUMENTARIA

57-COM

2%

58-COM

No conducir personalmente el modulo de trabajo o que tenga la condicion de empleador de otros vendedores ambulantes, o relacion laboral con algun proveedor Vender articulos adulterados, falsificados, contaminados, o que atenten contra la salud. No asistir a los cursos de capacitacion que organiza la Municipalidad. No ejercer la actividad comercial ambulatoria por el periodo de treinta dias. Salvo el giro de Sombrillas respecto al periodo MORDAZA ­ noviembre. Transitar los triciclos por las veredas, por Malecon Figueredo y/o Malecon Wiese. La utilizacion del fotocheck por persona distinta al titular. No exhibir el fotocheck en la indumentaria. No cumplir establecidos con los horarios

5%

Articulo 13º.- A fin de que el mobiliario de venta guarde MORDAZA con la calidad de MORDAZA monumental del distrito, todo modulo tendra el diseno y color establecido por la Municipalidad y debera exhibir el logo de esta asi como los numeros telefonicos de la Policia Municipal para la atencion de quejas y denuncias de los consumidores, datos que estaran contenidos en la calcomania que el Departamento de Rentas y Comercializacion entregara al comerciante ambulante. Los modulos seran identificados con el numero asignado en el Padron Municipal de Comerciantes Ambulantes. Articulo 14º.- La Municipalidad determinara el diseno y podra elaborar los mobiliarios correspondientes a todos los giros. Mediante Decreto de Alcaldia seran aprobados y se estableceran las condiciones y requisitos. La presente disposicion no alcanza a los giros de Heladeros, Pan, Lavador de autos y Fotografo. Articulo 15º.- Para el caso del giro de sombrillas, la Municipalidad a fin de homogenizar el mobiliario a utilizar, dispondra la adquisicion de 300 sombrillas por ano. El 80% de su costo sera trasladado al comerciante ambulante, asumiendo la municipalidad el 20% restante como costo de promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. El importe a cargo del comerciante ambulante sera cancelado en cuatro cuotas a pagarse de enero a MORDAZA de cada ano, adquiriendo el comerciante la propiedad sobre los referidos bienes muebles con el pago de la MORDAZA cuota. Articulo 16º.- El Comerciante Ambulante debera estar uniformado de acuerdo a las especificaciones que a continuacion se detallan y debera mantener este uniforme siempre en buen estado de higiene y conservacion:
GIRO 1. 2. 3. 4. 13. 14. 15. 5. 6. 7. 8. Heladeros Golosinas Artesanias Sombrillas Periodicos y revistas Plantas y MORDAZA Fotografo UNIFORME Noviembre a Abril: - Camisa color maiz con el logo de La Punta - Gorro color MORDAZA con el logo de La Punta MORDAZA a Octubre: - Chaleco color MORDAZA con el logo de La Punta - Gorro con color MORDAZA con el logo de La Punta Noviembre a Abril: Camisa color maiz con el logo de La Punta - Gorro color MORDAZA con el logo de La Punta MORDAZA a Octubre: - Chaleco color MORDAZA con el logo de La Punta - Gorro color MORDAZA con el logo de La Punta En MORDAZA temporadas el uso de un guante de jebe es obligatorio.

59-COM

10%

Decomiso y en caso de reincidencia se revocara la autorizacion.

60-COM 61-COM

1% ---Revocatoria autorizacion de la

62-COM

1%

En caso de reincidencia se revocara la autorizacion En caso de reincidencia se revocara la autorizacion

63 - COM 64 - COM 65 - COM 66 - COM

1% 1% 1% 1%

Aceitunas Tamales Pan Desayunos y Bebidas Calientes 9. Frutas 10. Carritos Sangucheros

-

Por circular en la Plaza de MORDAZA, Plaza MORDAZA de la MORDAZA y Plaza Galvez. Uso de mobiliario distinto al autorizado por la Municipalidad. Ubicarse cerca de hidrantes de bomberos, rampas, cruceros peatonales, senalizaciones, entre otros. Utilizar sombrillas sobre o fuera de su modulo Desplazarse en sentido contrario al MORDAZA vehicular o desplazarse por la vereda interrumpiendo a los transeuntes Ejercer el comercio ambulatorio en zonas rigidas

En caso de reincidencia se revoca la autorizacion En caso de reincidencia se decomisara el mobiliario no autorizado. En caso de reincidencia procedera el decomiso de la mercaderia. En caso de reincidencia se decomisara el mobiliario no autorizado. En caso de reincidencia procedera el decomiso de la mercaderia. En caso de reincidencia se revocara la autorizacion

11. Lustrabotas 12. Lavador de Autos

MORDAZA color MORDAZA con el logo de La Punta

67 - COM

2%

68 - COM

2%

69 - COM

1%

Articulo Tercero.- Otorguese un plazo de 30 dias, contados a partir de la publicacion de la presente, para que los ambulantes que tengan autorizacion o se encuentren en tramite de obtencion de la misma, se adecuen a la presente Ordenanza Municipal. Para el caso del mobiliario dispuesto en la presente ordenanza, el plazo de adecuacion sera de 30 dias y correra desde el dia siguiente de aprobado el correspondiente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gob.pe). Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

70 - COM

1%

71 - COM

1%

Articulo Segundo.- Incluyanse los siguientes articulos en la Ordenanza Municipal Nº 025-2006-MDLP/ALC:

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