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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de diciembre de 2008 386208 actividades orientadas a sensibilizar a la población en general sobre la importancia de promover acciones de prevención; Que, estando a lo opinado mediante los Informes Nº 554-2008-GDH-ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Nº 2345-2008-GAJ-ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad, con dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente; ORDENANZA QUE DECLARA EL MES DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO EL “MES CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER” Artículo Primero: DECLARAR en el Distrito de Lurín el mes de noviembre de cada año, como el “Mes contra la Violencia Hacia la Mujer”. Artículo Segundo: DISPONER que durante el mes de noviembre se realice una campaña distrital que aborde temas referidos a la No Violencia Contra la Mujer a través de actividades de sensibilización, eventos artístico-culturales en conmemoración al día 25 del mismo mes y adicionalmente, que la municipalidad se adhiera a las acciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que realiza cada año. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano su cumplimiento, a la Secretaría General la difusión y a la Sub Gerencia de Informática la publicación en el portal de la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Cuarto: Notifi car la presente Ordenanza a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase.JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 294722-1 Aprueban Sistema Local de Gestión Ambiental, Plan de Acción Ambiental Local y Agenda Ambiental Local de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 188/ML Lurín, 19 de noviembre del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en Sesión Ordinaria del 18 de noviembre del 2008, el Informe Nº 123-2008-GSC/ML, promovido por la Gerencia de Servicios Comunales, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental, Plan de Acción Ambiental Local y Agenda Ambiental Local de la Municipalidad Distrital de Lurín. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 2° y 67° de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 73 inciso 3.1 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades por su parte, otorga a las municipalidades competencias en relación a la protección ambiental; Que el artículo 24º, inciso 24.2 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por Ley N° 28245, establece que los gobiernos locales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con participación de la sociedad civil; Que el numeral 7 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional; Que, con la constitución de la Comisión Ambiental Municipal - CAM, conformada por representantes de los diversos sectores que intervienen en el desarrollo local, se inició un proceso de concertación para la gestión ambiental compartida, lo que permite un espacio de diálogo y discusión de la problemática ambiental del distrito, que tiene como productos iníciales la construcción del Sistema Local de Gestión Ambiental, el Plan de Acción Ambiental Local, y la Agenda Ambiental Local cuyos documentos han sido reconocidos en la presente ordenanza; Que, el Gobierno Local requiere dotarse de un marco legal claro y específi co en materia de gestión ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política y creando instrumentos de gestión ambiental; Que, el Gobierno Local requiere contar con una planifi cación de la gestión ambiental a largo plazo, para lo cual ha elaborado su Plan de Acción Ambiental como instrumento de gestión; Que, el Gobierno Local requiere contar con un instrumento que permita viabilizar la ejecución del Plan de Acción Ambiental, para lo cual ha elaborado una Agenda Ambiental Local de corto plazo, como instrumento de gestión; Que, es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de los pobladores del distrito de Lurín; Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; la Ley General del Ambiente Nº 28611, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprueba lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL, PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL Y AGENDA AMBIENTAL LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN Artículo Primero.- APROBAR el Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de Lurín, contenido en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Plan de Acción Ambiental Local 2009 – 2024 del Distrito de Lurín, contenida en el Anexo 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR la Agenda Ambiental Local al 2010 del Distrito de Lurín, contenido en el Anexo 03, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- GESTIONAR la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental, Plan de Acción, y Agenda Ambiental aprobados en la presente Ordenanza, por parte de la Municipalidad distrital de Lurín, las Instituciones Públicas y Privadas y organizaciones de la Sociedad Civil, sobre la base de una gestión ambiental compartida. Descargado desde www.elperuano.com.pe