Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2008 (26/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

386208

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2008

actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones de prevencion; Que, estando a lo opinado mediante los Informes Nº 554-2008-GDH-ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Nº 2345-2008-GAJ-ML de la Gerencia de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por los articulos 9º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por Unanimidad, con dispensa de lectura y aprobacion del acta, la siguiente; ORDENANZA QUE DECLARA EL MES DE NOVIEMBRE DE CADA ANO COMO EL "MES CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER" Articulo Primero: DECLARAR en el Distrito de Lurin el mes de noviembre de cada ano, como el "Mes contra la Violencia Hacia la Mujer". Articulo Segundo: DISPONER que durante el mes de noviembre se realice una MORDAZA distrital que aborde temas referidos a la No Violencia Contra la Mujer a traves de actividades de sensibilizacion, eventos artistico-culturales en conmemoracion al dia 25 del mismo mes y adicionalmente, que la municipalidad se adhiera a las acciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que realiza cada ano. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano su cumplimiento, a la Secretaria General la difusion y a la Sub Gerencia de Informatica la publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Cuarto: Notificar la presente Ordenanza a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 294722-1

Aprueban Sistema Local de Gestion Ambiental, Plan de Accion Ambiental Local y Agenda Ambiental Local de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 188/ML Lurin, 19 de noviembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Ordinaria del 18 de noviembre del 2008, el Informe Nº 123-2008-GSC/ML, promovido por la Gerencia de Servicios Comunales, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Sistema Local de Gestion Ambiental, Plan de Accion Ambiental Local y Agenda Ambiental Local de la Municipalidad Distrital de Lurin. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los articulos 2° y 67° de la Constitucion Politica del Peru, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, siendo el Estado el que determina la Politica Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, conforme al Articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades gozan de autonomia

politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 73 inciso 3.1 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades por su parte, otorga a las municipalidades competencias en relacion a la proteccion ambiental; Que el articulo 24º, inciso 24.2 de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental aprobada por Ley N° 28245, establece que los gobiernos locales deben implementar el Sistema Local de Gestion Ambiental sobre la base de los organos que desempenan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con participacion de la sociedad civil; Que el numeral 7 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestion Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestion Ambiental Nacional y Regional; Que, con la constitucion de la Comision Ambiental Municipal - CAM, conformada por representantes de los diversos sectores que intervienen en el desarrollo local, se inicio un MORDAZA de concertacion para la gestion ambiental compartida, lo que permite un espacio de dialogo y discusion de la problematica ambiental del distrito, que tiene como productos iniciales la construccion del Sistema Local de Gestion Ambiental, el Plan de Accion Ambiental Local, y la Agenda Ambiental Local cuyos documentos han sido reconocidos en la presente ordenanza; Que, el Gobierno Local requiere dotarse de un MORDAZA legal MORDAZA y especifico en materia de gestion ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de politica y creando instrumentos de gestion ambiental; Que, el Gobierno Local requiere contar con una planificacion de la gestion ambiental a largo plazo, para lo cual ha elaborado su Plan de Accion Ambiental como instrumento de gestion; Que, el Gobierno Local requiere contar con un instrumento que permita viabilizar la ejecucion del Plan de Accion Ambiental, para lo cual ha elaborado una Agenda Ambiental Local de corto plazo, como instrumento de gestion; Que, es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestion ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones publicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de proteccion ambiental para mejorar la calidad de MORDAZA de los pobladores del distrito de Lurin; Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; la Ley General del Ambiente Nº 28611, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprueba lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL, PLAN DE ACCION AMBIENTAL LOCAL Y AGENDA AMBIENTAL LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN

Articulo Primero.- APROBAR el Sistema Local de Gestion Ambiental del Distrito de Lurin, contenido en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- APROBAR el Plan de Accion Ambiental Local 2009 ­ 2024 del Distrito de Lurin, contenida en el Anexo 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- APROBAR la Agenda Ambiental Local al 2010 del Distrito de Lurin, contenido en el Anexo 03, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- GESTIONAR la implementacion del Sistema Local de Gestion Ambiental, Plan de Accion, y Agenda Ambiental aprobados en la presente Ordenanza, por parte de la Municipalidad distrital de Lurin, las Instituciones Publicas y Privadas y organizaciones de la Sociedad Civil, sobre la base de una gestion ambiental compartida.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.