Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2008 (26/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, por lo que se encarga a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza de acuerdo al procedimiento de Ley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES

27972 con el MORDAZA UNANIME del pleno de concejo, y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de Lurin, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en nombre y representacion y defensa de los derechos e intereses de esta corporacion MORDAZA, proceda a interponer Recursos de Anulacion o Apelacion contra Laudos Arbitrales ante las instancias que correspondan de acuerdo a Ley, asi como, contestar el traslado del recurso de anulacion y/o apelacion dentro de los plazos establecidos por Ley. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo de concejo a la Procuraduria Publica Municipal, de conformidad a las normas del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente acuerdo de concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 294718-1

Articulo Unico.- La Municipalidad Distrital de Lurin incorporara al reglamento municipal de sanciones vigente, un regimen de incentivos y sanciones vinculado a los lineamientos y mandatos establecidos en la presente ordenanza. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 294719-1

Autorizan a procurador interponer o contestar recursos de anulacion o apelacion contra Laudos Arbitrales
ACUERDO DE CONCEJO Nº 067-2008/ML Lurin, 24 de octubre del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIN VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha en el local del Palacio Municipal, Convocada y Presidida por el Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la asistencia de los Senores Regidores, MORDAZA Cuya MORDAZA, MORDAZA Lau Bartra, MORDAZA MORDAZA Ayzanoa, MORDAZA MORDAZA Manco, MORDAZA MORDAZA Bejar, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Simpson MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el informe Nº 198-2008-PPM/ML del Procurador Publico Municipal con relacion a la autorizacion para interponer recursos de anulacion o apelacion de Laudos Arbitrales. CONSIDERANDO: Que, el articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que la representacion y defensa de los intereses de las municipalidades en juicio, se ejercitan a traves del organo de defensa judicial, conforme a ley, el cual esta a cargo de los procuradores publicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, el articulo 9º numeral 23 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que es atribucion del concejo municipal autorizar al procurador publico municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de Control Interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; asi como en los demas procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 060-2008ALC/ML del 09 de MORDAZA del 2008, se designo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de Lurin. Que, mediante informe Nº 2293-2008-GAJ/ML del 20 de octubre del 2008, la Gerencia de Asesoria Juridica ha opinado que es procedente lo solicitado por el Procurador Publico Municipal designado por la Municipalidad de Lurin. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Establecen Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en el Sector Balneario del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 108 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en sesion de fecha 15 de setiembre del 2008, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL SECTOR BALNEARIO DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL 1º DE ENERO AL 1º DE MORDAZA DEL ANO 2009 Articulo 1°.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto regular la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el sector Balneario del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 1 de MORDAZA del ano 2009. Articulo 2°.- DEFINICION DE TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR La tasa de estacionamiento vehicular temporal es el tributo que se origina por el uso de los espacios de via publica senalados por la Municipalidad para el estacionamiento de vehiculos automotores. Articulo 3°.- DEUDORES TRIBUTARIOS Son deudores tributarios, en calidad de contribuyentes, los conductores de los vehiculos estacionados en las zonas que se detallan en el articulo 9° de la presente Ordenanza. Son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios del pago de la tasa los propietarios de los referidos vehiculos conforme a la respectiva tarjeta de propiedad.

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