Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2008 (07/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de enero de 2008

Declaran en abandono procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota solicitado por persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 532-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 Vistos los escritos con registro Nº 00021333 de fechas 23 de marzo, 26 de junio y 10 de MORDAZA del 2007, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLONTOP. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, esta MORDAZA tiene por finalidad establecer el regimen juridico aplicable para que la actuacion de la Administracion Publica sirva a la proteccion del interes general, garantizando los derechos e intereses de los administrados; Que conforme al numeral 1.9 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 649-97-PE de fecha 27 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca, entre otros, al senor MORDAZA MORDAZA UCHOFEN, para operar las embarcaciones pesqueras "BEATITA DE HUMAY 1" de matricula PL-10319-CM y "BEATITA DE HUMAY 3" de matricula Nº PL-4851-CM, con 33.17 y 35.92 m3 de capacidad de bodega, respectivamente, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada ( 13 mm); Que por articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 399-2003-PRODUCE/DNEPP del 6 de noviembre del 2003, se reconocio la capacidad de bodega en 39.10 m3 de la embarcacion pesquera "BEATITA DE HUMAY 3" con matricula Nº PL-4851-CM; asimismo, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA UCHOFEN y a su conyuge MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la citada embarcacion pesquera, para la construccion de una embarcacion de igual capacidad de bodega; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 1322006-PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de MORDAZA del 2006, se restituyo los derechos de sustitucion, entre otra, de la embarcacion pesquera "BEATITA DE HUAMAY 3" con 39.10 m3 de capacidad de bodega, siendo incluida en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, al aceptar la administracion la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA a la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 399-2003-PRODUCE/DNEPP; Que mediante los escritos del visto, la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera "BEATITA DE HUMAY 3" con matricula Nº PL-4851-CM y de 39.10 m3 de capacidad de bodega, para la construccion de una embarcacion pesquera de igual capacidad de bodega, con acceso a los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano indirecto; Que a traves del Oficio Nº 2463-2007-PRODUCE DGEPP-Dchi de fecha 16 de junio de 2007, se notifico a la recurrente a fin de que cumpla en el plazo de quince (15) dias habiles, con presentar MORDAZA simple del Certificado Compendioso de Dominio de la embarcacion " BEATITA DE HUMAY 3" de matricula Nº PL-4851-CM actualizado,

dado que el senor MORDAZA MORDAZA UCHOFEN fallecio el 30 de diciembre del 2003, de conformidad a los antecedentes que obran en la administracion, lo que ha sido confirmado con la MORDAZA del documento nacional de identidad de la recurrente, con escrito de fecha 10 de MORDAZA del 2007, en donde aparece como viuda. Asimismo, en caso, que existan otros copropietarios de la citada embarcacion (herederos), debe actualizar toda la documentacion presentada de acuerdo a los requisitos establecidos para el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota y para que dicha autorizacion proceda debe solicitar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 649-97-PE a nombre de todos los herederos, presentando los requisitos del procedimiento Nº 6 del Texto unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA, exceptoUel pago por publicacion de resolucion de primera instancia, al poder acumularse ambos procedimientos administrativos, por economia procesal; Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que a la fecha la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA no ha cumplido con presentar el certificado Compendioso de Dominio requerido y con solicitar el cambio de titular del permiso de pesca requerido con Oficio Nº 2463-2007-PRODUCE DNEPP-Dchi de fecha 16 de junio del 2007, a pesar que la notificacion fue recepcionada el 1 de agosto de 2007, como consta en el cargo de recepcion, por lo que el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota, se ha paralizado por causas imputables al administrado, en consecuencia, procede declarar el abandono del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 517-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera denominada "BEATITA DE HUMAY 3" , de matricula Nº PL-4851-CM, solicitado por MORDAZA MORDAZA LLONTOP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

148435-7

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran aprobada transferencia de autorizaciones a favor de Television Continental S.A. y Radio Bicolor S.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 003-2008-MTC/03
MORDAZA, 3 de enero de 2008

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