Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2008 (07/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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las Directivas aprobadas por la Superintendencia de Bienes Nacionales, en todo lo que le sea aplicable. Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha emitido las Directivas Nºs. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a Favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/ SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 005-2007-GRA-OOT emitido por la Oficina de Ordenamiento Territorial de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial y de la documentacion alcanzada, se tiene que, se ha observado el procedimiento establecido en la normatividad aplicable, contando con la documentacion requerida para la inscripcion en primera de dominio del terreno MORDAZA senalado. Que, en consecuencia, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado Peruano, el terreno eriazo de 12 391.53 Has. ubicadas en Punta Corio, sector Paraje Agua Salada ­ Los MORDAZA, del distrito de Punta de Bombon, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nºs. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolucion es visada por los funcionarios que suscribieron el informe tecnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 1023-2007-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 337-2007/GR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la inscripcion de primera de domino a favor del Estado Peruano, del terreno eriazo de 12 391.53 Has. ubicadas en Punta Corio, sector Paraje Agua Salada ­ Los MORDAZA, del distrito de Punta de Bombon, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Articulo Tercero.- Disponer que la presente resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cinco dias del mes de diciembre del dos mil siete. Registrese y comuniquese. BERLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional

ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA COMO PRIORIDAD DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO LA PROMOCION DE LOS DERECHOS AL NOMBRE Y A LA IDENTIDAD DE LA PERSONA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia publica, economica y administrativa teniendo por mision organizar, y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Articulo 4 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como una de las finalidades esenciales de los Gobiernos Regionales el "...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo". Que, el Articulo 8 de la ley en mencion, establece los principios rectores de la politica y gestion regional, los cuales se rigen, entre otros, por los principios de: "Inclusion.- El Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales excluidos y marginados del Estado (...) Estas acciones tambien buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion, por razon de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion". "Equidad.- Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestion regional. La gestion regional promociona, sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y la identificacion de grupos y sectores sociales que requieran MORDAZA atendidos de manera especial por el Gobierno Regional". Que, por persona indocumentada se entiende a aquel ciudadano o ciudadana que por falta de documentos de identidad no goza de garantias para ejercer sus derechos a plenitud; Que, la indocumentacion es un problema nacional que afecta a los sectores mas excluidos de la poblacion peruana, en especial a las mujeres, ninos y ninas de las zonas rurales, impidiendoles el pleno ejercicio en igualdad de oportunidades de los demas derechos sociales, civiles y politicos, enfrentando barreras de orden economico, cultural, administrativo y juridico para obtener sus documentos de identidad, como son: la Partida de Nacimiento y el Documento Nacional de Identidad; Que, muchas personas, en especial ninas, adolescentes y mujeres con discapacidad, al carecer de Partida de Nacimiento y de Documento Nacional de Identidad, ven prolongada la situacion de exclusion en la que se encuentran, no pudiendo ejercer sus derechos a la educacion, la salud, la propiedad y la participacion politica, entre otros. Asimismo, la situacion de invisibilidad de las ninas y ninos no registrados, incrementa para ellos el riesgo de sufrir discriminacion, abuso y explotacion, encontrandose ante un grave problema social y politico de exclusion, el cual se agrava por razones de condicion socioeconomica, sexo, raza, cultura y ubicacion geografica; Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 2, concordante con el articulo 19 del Codigo Civil reconoce como derecho fundamental de la personas "el derecho a la identidad"; Que, en ese sentido, con la finalidad de promover el derecho al nombre y a la identidad y garantizar el ejercicio y reconocimiento de la ciudadania el MIMDES ha institucionalizado mediante R.M. Nº 181-2005-MIMDES el mes de MORDAZA como el "Mes del Derecho al Nombre y a la Identidad" promoviendo la inscripcion de ninas, ninos, adolescentes y mujeres, asi como la obtencion de la Partida de Nacimiento y el Documento Nacional de Identidad - DNI, sobre todo para la poblacion que se encuentra en situacion de vulnerabilidad y riesgo, acciones que se vienen ejecutando desde el mes de febrero del 2005, con la "CRUZADA NACIONAL POR EL DERECHO AL NOMBRE Y A LA IDENTIDAD: MI NOMBRE"; Que, la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en su articulo 3, inciso 3.2, senala que el Estado impulsa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, considerando basicamente el MORDAZA de reconocimiento y respeto de ninas, ninos, adolescentes y personas con discapacidad", (inciso d); asi como del articulo 8, inciso c.- Del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil: "Concluir con las acciones para la adecuada identificacion de la poblacion que se encuentra marginada del registro de

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GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Declaran como prioridad del Gobierno Regional del Callao la promocion de los derechos al nombre y a la identidad de la persona
ORDENANZA REGIONAL N° 012
Callao, 28 de diciembre de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesion de fecha 28 de diciembre de 2007, aprobo la siguiente:

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