Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2008 (07/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de enero de 2008

ciudadanos, especialmente de mujeres y ninas"; articulo 9 inciso a, que establece que "El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social es el ente rector, encargado de la igualdad para la mujer; en tal sentido, es responsable de coordinar y vigilar la aplicacion de la presente Ley por parte de las entidades del sector publico y privado en el ambito nacional, regional y local"; Que, la Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad senala en su Articulo 3 que: "La persona con discapacidad tiene iguales derechos, que los que asisten a la poblacion en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales que se deriven de lo previsto en el MORDAZA parrafo del Articulo 7 de la Constitucion Politica del Peru, de la presente Ley y su Reglamento" Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM.- Define y establece las Politicas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, regulando en su Politica 2 sobre igualdad de hombres y mujeres y en su Politica 5 sobre personas con discapacidad; Que, en el MORDAZA de las normas internacionales y nacionales suscritas por el Peru, como son: Convencion Americana de los Derechos Humanos; la Convencion sobre los Derechos del Nino; el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Politicos; Codigo de los Ninos y Adolescentes; el Plan Nacional por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010; el Plan Nacional de Restitucion de la Identidad - Documentando a las Personas Indocumentadas 2006-2009; la Resolucion Ministerial Nº 181-2005-MIMDES; y el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006­2010; es prioridad del Estado realizar acciones que promuevan el Derecho al Nombre y a la Identidad; Que, acorde con lo previsto por el articulo 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- DECLARAR prioridad del Gobierno Regional del Callao la Promocion de los Derechos al Nombre y a la Identidad de la Persona. Articulo 2º.- DECLARAR el mes de MORDAZA de todos los anos como "Mes del Derecho al Nombre y a la Identidad" en la Region Callao, con el objeto de ejecutar acciones que impulsen el acceso de ninas, ninos, adolescentes y mujeres en situacion de vulnerabilidad y alto riesgo, al nombre y a la identidad, promoviendo el reconocimiento y el ejercicio de estos derechos fundamentales establecidos en la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- CREAR la Comision Regional Multisectorial Consultiva y de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad, la que estara conformada por representantes del Estado y de la Sociedad Civil del ambito regional, la que se encargara de dar cumplimiento a los contenidos de la ordenanza e implementar, coordinar y hacer seguimiento a las acciones, estrategias, metas e indicadores implementadas por las dependencias y programas sociales del Gobierno Regional del Callao. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Secretaria Tecnica de la Comision Regional Multisectorial Consultiva y de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad y la determinacion de los miembros que deberan integrarla. Asimismo, proponer anualmente las actividades a ser coordinadas, ejecutadas y evaluadas, asi como procesar y consolidar la informacion obtenida durante el "Mes del Derecho al Nombre y a la Identidad". Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que a partir del ejercicio 2008, todas las dependencias y los programas sociales del Gobierno Regional del Callao incorporen en la planificacion y ejecucion de sus planes operativos institucionales, acciones, medidas y estrategias que contribuyan a la formacion, orientacion y proteccion del derecho al nombre y a la identidad de las mujeres, ninas, ninos y adolescentes y personas con discapacidad, en especial de aquellos que se encuentran en situacion de riesgo o de extrema pobreza. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y a la Oficina de Sistemas e Informatica, que incorporen en sus sistemas de seguimiento y monitoreo y base de datos, la deteccion y levantamiento de informacion mediante datos desagregados por sexo, area geografica, etnia, discapacidad y edad de las personas que carecen de Partida de Nacimiento o de Documento Nacional de Identidad.

Articulo 7º.- DISPONER durante el presente ejercicio, la ejecucion a nivel regional de la Cruzada Nacional por el derecho al nombre y a la identidad "Mi Nombre" destinada a la formacion, orientacion y proteccion del derecho al nombre y a la identidad de las mujeres, ninas, ninos y adolescentes, en especial de las personas que se encuentran en condicion de discapacidad, alto riesgo o en extrema pobreza. Articulo 8º.- El Gobierno Regional del Callao informara al MIMDES los avances obtenidos mediante los formatos de formulacion, seguimiento y evaluacion que debera remitir el MIMDES a traves del Viceministerio de la Mujer. Articulo 9º.- DISPONER que los Gobiernos Locales en el MORDAZA de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Articulo 10º.- El Consejo Regional de Integracion de la Persona con Discapacidad - COREDIS, promovera la documentacion de ninas, ninos, adolescentes y mujeres con discapacidad en situacion de pobreza y pobreza extrema, debiendo informar al Organo Registral competente sobre las acciones desarrolladas anualmente. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente

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GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban resultado del MORDAZA de Planeamiento y Presupuesto Participativo 2008 como instrumento de Gestion
ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2007-CR-GRH.
MORDAZA, 28 de diciembre de 2007. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 27 de diciembre del 2007, el Dictamen Nº 0412007-CPPPATyAL/CR-GRH, de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado al Resultado del MORDAZA de Presupuesto Participativo 2008 y Anteproyecto del Programa de Inversiones 2008; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 10º numeral 1. inc.c senala que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales "Aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales del Presupuesto"; Que, mediante Ley Nº 28056 se aprueba la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su reglamento, definiendo la acotada Ley en su articulo 1º que el MORDAZA de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignacion equitativa racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos que fortalecen las relaciones Estado y Sociedad Civil; Que, el instructivo Nº 001-2007-MEF-6601 del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008 publicado con fecha 11 de MORDAZA del 2007, se constituye como el instrumento

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