Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2008 (13/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2008

MORDAZA, en su calidad de Ex Gerente de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto, periodo del 20 de MORDAZA del 2004, al 31 de diciembre del 2006, y MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto, periodo del 28 de MORDAZA del 2003, al 18 de MORDAZA del 2004, por no haber formulado una adecuada estructura Funcional Programatica, que permitan diferenciar la ejecucion de los gastos de las otras Subgerencias que conforman las Gerencias de Seguridad Ciudadana y Sub Gerencias, dentro de la Actividad de Serenazgo, afectando a la referida actividad, gastos que no guardan relacion directa y necesarios con la prestacion del servicio de Serenazgo, como son los pagos por los servicios de Banda Municipal, de la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, lo que no ha permitido un adecuado ejecucion del gasto. Por falta de oportunidad asesoramiento del area tecnica en materia de Presupuesto, incumpliendo asi con las funciones establecidas en el articulo 28º literal h) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 00017 de fecha 27 de octubre del 2003, establece que en su condicion de Gerente de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto es el Organo de Asesoramiento encargado de dirigir la formulacion, ejecucion y evaluacion de los planes y programas, formulacion y evaluacion del Presupuesto Municipal, asi como Conducir, Coordinar y Asesorar la ejecucion y Evaluacion del Presupuesto Anual de la Municipalidad, Falta de caracter disciplinario, contemplada en el articulo 28º incisos a) y d), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento, d) Negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, se debe absolver a los ex funcionarios senorita MARIELLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de la Oficina de Planificacion Racionalizacion y Presupuesto, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de la Oficina de Planificacion Racionalizacion y Presupuesto por la observacion Nº 05, del Informe Nº 002-2006-2-2182 Examen Especial a la Legalidad del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales, por los fundamentos vertidos en el analisis del Informe de vistos; Que, le asiste responsabilidad administrativa a la ex funcionaria senora JANETH MORDAZA SOLDEVILLA MORDAZA, en su calidad de ex Subgerente de Administracion Tributaria, por la observacion Nº 04 del Informe Nº 002-2006-2-2182 -Examen Especial a la Legalidad del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales, periodo 11 de octubre del 2005 al 11 de noviembre del 2005, al haber participado en la formulacion de la informacion a remitir al Servicio de Administracion Tributaria SAT, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, las que no cumplian con lo establecido por el Tribunal Constitucional, y por no haber agotado los medios necesarios para obtener la informacion de lo realmente ejecutado en el periodo citado en contravencion con lo dispuesto por el articulo 58º inciso p) del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 00017 de fecha 23 de octubre del 2003, que dispone que es funcion de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente las funciones que le asigne la superioridad, asimismo no ha tenido en cuenta lo dispuesto por el articulo 21º literal a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que dispone que son obligaciones de los servidores, a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone le servicio publico, d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, articulo 7º numeral 6 de la Ley 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que establece: el servidor publico tiene los siguientes deberes: 6. Responsabilidad, Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion

publica, Falta de caracter disciplinario, contemplada en el articulo 28º inciso a) y d), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento, d) Negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, la ex funcionaria senora MORDAZA DE MORDAZA BIAGGI MORDAZA, en su calidad de ex Subgerente de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente, por la Observacion Nº 06, del Informe Nº 002-2006-2-2182 - Examen Especial a la Legalidad del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales, le asiste responsabilidad administrativa, por no haber verificado que la emision de los arbitrios de Parques y Jardines sea igual al costo efectivo aprobado mediante Ordenanza Nº 000003-2004, incumpliendo sus funciones establecidas en el articulo 58º inciso f) del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores aprobado mediante Ordenanza Nº 00017 del 23 de octubre del 2003, que dispone que es funcion de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente, el coordinar oportunamente las acciones necesarias para la emision manual de las Declaraciones Juradas y Liquidaciones del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a traves de cuponeras u otros medios, falta de caracter disciplinario, contemplada en el articulo 28º inciso d), del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, d) Negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, le asiste responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Ex Gerente de Rentas, periodo del 02 de MORDAZA del 2003 al 04 de octubre del 2004, por la Observacion Nº 06, del Informe Nº 002-2006-2-2182 -Examen Especial a la Legalidad del Regimen Tributario, por no haber monitoreado y supervisado que la emision de los arbitrios municipales guarden concordancia con los costos aprobados, de tal manera que los arbitrios no MORDAZA mayores a los costos que implica el servicio, incumpliendo con ello el articulo 55º inciso b) y j) del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores aprobado mediante Ordenanza Nº 00017 del 23 de octubre del 2003, que dispone que son funciones y atribuciones de la Gerencia de Rentas, presentar a la Gerencia Municipal propuestas sobre los costos de los servicios publicos municipales y la correspondiente determinacion de las tasas a ser cobradas por los contribuyentes, asi como administrar la emision y distribucion de las declaraciones juradas y recibos de pago de diferentes tributos que administra la Municipalidad, asi como controlar su cobranza, asimismo por no haber tenido en cuenta el articulo 21º literal a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que dispone que son obligaciones de los servidores a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone le servicio publico d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, el articulo 7º numeral 6 de la Ley 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que establece: el servidor publico tiene los siguientes deberes, 6. Responsabilidad, Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica, Falta de caracter disciplinario, contemplada en el articulo 28º inciso a) y d), del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento, d) Negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, le asiste responsabilidad administrativa al ex funcionario senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Secretario General de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, por la Observacion Nº 01, del Informe Nº 002-2006-2-2182 - Examen Especial a la Legalidad del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales, al haber incumplido con lo dispuesto por el articulo 35º del Reglamento de Organizacion

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