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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364331 PROVINCIA: LIMA DEPARTAMENTO: LIMA 2.DESCRIPCIÓN DE LINDEROS Y COLINDANTES:POLIGONAL N° 1 POR EL NOROESTE: Colinda con la Av. Grau, con una línea recta A-B de 39.16 ml, con un ángulo interno de 120º16’48”.POR EL NORDESTE: Colinda con el Jr. Lluta, con una línea recta B-C de 68.18 ml, con un ángulo interno de 90º7’6”.POR EL SUDESTE: Colinda con propiedad de terceros, con una línea quebrada de 3 tramos. Línea recta C-D de 30.26 ml, con un ángulo interno de 90º36’35”; línea recta D-E de 17.89 ml, con un ángulo interno de 269º49’57”; y línea recta E-F de 40.31 ml, con un ángulo interno de 89º33’7”.POR EL SUDOESTE: Colinda con la Av. Aviación y el Jr. Uchuzuma, con una línea quebrada de 2 tramos. Línea recta F-G de 33.09 ml, con un ángulo interno de 90º4’57”; y línea recta G-A de 61.89 ml, con un ángulo interno de 149º31’30”. POLIGONAL N° 2 POR EL NOROESTE: Colinda con la Av. Grau, con una línea recta H-I de 70.94 ml, con un ángulo interno de 89º57’47”.POR EL NORDESTE: Colinda con el Jr. Alto de la Alianza y con propiedad de terceros, con una línea quebrada de 3 tramos. Línea recta I-J de 30.33 ml, con un ángulo interno de 90º4’47”; línea recta J-K de 22.77 ml, con un ángulo interno de 89º16’52”; y línea recta K-L de 39.86 ml, con un ángulo interno de 270º43’15”.POR EL SUDESTE: Colinda con propiedad de terceros, con una línea recta L-M de 48.22 ml, con un ángulo interno de 89º51’27”.POR EL SUDOESTE: Colinda con el Jr. Lluta, con una línea recta M-H de 69.88 ml, con un ángulo interno de 90º5’52”. 3.ÁREAS Y PERÍMETROS: POLIGONAL Nº 1 ÁREA:4711.15 m2 (4.711 has.) PERÍMETRO: 290.78 mlPOLIGONAL Nº 2ÁREA: 4056.99 m2 (4.056 has.) PERÍMETRO: 282.00 ml 4.DATOS TÉCNICOS DE LAS ÁREAS A EXPROPIAR:POLIGONAL Nº 1 VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) A A-B 39.16 120º16’48” 280931.2862 8666747.3286 B B-C 68.18 90º 7’6” 280955.6491 8666777.9884 C C-D 30.26 90º36’35” 281009.1184 8666735.6804D D-E 17.89 269º49’57” 280990.5940 8666711.7500 E E-F 40.31 89º33’7” 281004.7058 8666700.7600 F F-G 33.09 90º4’57” 280979.6903 8666669.1516 G G-A 61.89 149º31’30” 280953.7155 8666689.6479 TOTAL 290.78 900º0’0” POLIGONAL Nº 2 VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) H H-I 70.94 89º57’47” 280964.8673 8666789.5534 I I-J 30.33 90º4’47” 281008.9199 8666845.1539J J-K 22.77 89º16’52” 281032.7196 8666826.3512K K-L 39.86 270º43’15” 281018.3805 8666808.6622L L-M 48.22 89º51’27” 281049.6571 8666783.9540M M-H 69.88 90º5’52” 281019.6710 8666746.1897 TOTAL 282.00 720º0’0” MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO OFICIAL Nº 001-2008-EF/77.15 A LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO Y DEPENDENCIAS EQUIVALENTES EN LAS ENTIDADES 1. En el marco de la normatividad presupuestal y fi nanciera, el registro de la información de cada una de las etapas de la ejecución del gasto público debe realizarse sobre la base de la documentación sustentatoria, de acuerdo a lo establecido en las directivas emitidas por los órganos rectores del Sistema Nacional de Presupuesto Público y Sistema Nacional de Tesorería. 2. Para tal efecto, en el numeral 13.5 del artículo 13º de la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria y Anexos por Nivel de Gobierno Nacional, Regional y Local”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 003-2007-EF/76.01, se han establecido los documentos que sustentan la etapa del Compromiso. 3. Asimismo, a través del artículo 8º de la “Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, se dispone que únicamente los documentos que se detallan en dicho artículo sirven de sustento para la etapa del Devengado. 4. En consecuencia, en el marco de las atribuciones y responsabilidades de las Unidades Ejecutoras y dependencias equivalentes en las Entidades y con la fi nalidad del adecuado manejo de los Fondos Públicos, se deberán establecer los mecanismos para el cumplimiento de las indicadas disposiciones, siendo del caso señalar que la inobservancia de las mismas constituye una infracción legal pasible de sanción por parte de los órganos competentes. 5. Si de ser el caso, se hubiera registrado información de ejecución del gasto con documentación distinta de la señalada en las indicadas normas legales, se deberá proceder a su inmediata anulación en el SIAF-SP, sin perjuicio de las acciones que se deben realizar orientadas a esclarecer las anomalías detectadas, adoptando las medidas correctivas pertinentes. Lima, 18 de enero de 2008 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO DIRECCIÓN NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO154175-1