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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2008 (19/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364377 ejecución de estudios de preinversión e inversión y expedientes técnicos de mantenimiento, operaciones y otros proyectos de infraestructura de transporte relacionados a la Red Vial Nacional, competencia de PROVIAS NACIONAL. Artículo 30º.- La Unidad Gerencial de Estudios tiene las siguientes funciones: a) Coordinar y monitorear la elaboración de los estudios de preinversión e inversión para la construcción, rehabilitación, mejoramiento; así como los expedientes técnicos de mantenimiento de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, incluyendo la infraestructura de control. b) Administrar los contratos de su competencia relacionados con la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, hasta su respectiva liquidación. c) Evaluar y dar conformidad para la aprobación de estudios y expedientes técnicos de los proyectos de infraestructura de la Red Vial Nacional; así como de los expedientes técnicos de obras de infraestructura de control y de mantenimiento, administrados por el Proyecto. d) Elaborar estudios relacionados con Línea de Base y Evaluaciones Ex - Post de obras; así como estudios de proyectos de infraestructura de control y demás estudios específi cos en materia de su competencia. e) Elaborar y aprobar los Términos de Referencia para la contratación de servicios de consultoría y/o profesionales; así como proponer Términos de Referencia para las supervisiones de obras, estudios defi nitivos de obra, de mantenimiento periódico y de proyectos de infraestructura de control. f) Diseñar e Implementar los Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI para la liberación de las áreas que serán afectadas por el derecho de vía en la ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, competencia de PROVIAS NACIONAL. g) Realizar las actividades necesarias para la actualización e implementación de los PACRI, la gestión para liberar las interferencias de los servicios públicos que se encuentren dentro del Derecho de Vía, respecto de los Contratos de Concesión de los proyectos de infraestructura de transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo. h) Evaluar solicitudes de uso del derecho de vía de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, en coordinación con la Unidad Gerencial de Conservación, y de ser el caso, proponer el otorgamiento de autorizaciones o permisos especiales; conforme a la normatividad vigente. i) Participar en la formulación del programa de inversión anual de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, en materia de su competencia, así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. j) Gestionar y administrar la información sobre proyectos y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas. k) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas en materias de su competencia, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial. l) Promover la investigación tecnológica relacionada a materias de su competencia, con el apoyo de las universidades y en coordinación con la Dirección de Estudios Especiales. m) Informar al Director Ejecutivo sobre el avance de los proyectos y programas a su cargo. n) Elaborar y expedir Resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. o) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competencia. p) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia. q) Otras que le asigne la Dirección Ejecutiva. Artículo 31º.- La Unidad Gerencial de Estudios está a cargo de un Gerente, que es designado por el Viceministro de Transportes, depende jerárquicamente del Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto. UNIDAD GERENCIAL DE OBRAS Artículo 32º.- La Unidad Gerencial de Obras es responsable de la ejecución de las obras de construcción, rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, competencia de PROVIAS NACIONAL. Artículo 33º.- La Unidad Gerencial de Obras tiene las siguientes funciones: a) Coordinar la ejecución, seguimiento y evaluación de las obras y supervisión correspondiente a la construcción, rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, incluyendo la infraestructura de control, que se realicen por contrato; sólo de manera excepcional se efectuarán por administración directa. b) Administrar contratos en materia de su competencia, sobre infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, hasta su respectiva liquidación. c) Participar en la elaboración y dar conformidad a los Términos de Referencia propuestos por la Unidad Gerencial de Estudios para las supervisiones de obra y estudios defi nitivos de obra. d) Participar en la formulación del programa de inversión anual de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional en materia de su competencia, así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. e) Gestionar y administrar la información sobre proyectos y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas. f) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas para el desarrollo de sus funciones en relación a la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial. g) Desarrollar y promover la investigación tecnológica relacionada a materias de su competencia, con el apoyo de las universidades y en coordinación con el órgano correspondiente del Ministerio. h) Informar al Director Ejecutivo sobre el avance de los proyectos y programas a su cargo. i) Elaborar y expedir Resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. j) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competencia. k) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia. l) Otras que le asigne la Dirección Ejecutiva. Artículo 34º.- La Unidad Gerencial de Obras está a cargo de un Gerente que es designado por el Viceministro de Transportes, depende jerárquicamente del Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto. UNIDAD GERENCIAL DE CONSERVACIÓN Artículo 35º.- La Unidad Gerencial de Conservación es responsable de la ejecución de la conservación, mantenimiento periódico y rutinario y la atención de emergencias viales de la infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, competencia de PROVIAS NACIONAL. Artículo 36º.- La Unidad Gerencial de Conservación tiene las siguientes funciones: a) Velar por la adecuada transitabilidad de la Red Vial Nacional, mediante acciones de mantenimiento y la atención de emergencias viales. b) Coordinar la ejecución, seguimiento y evaluación del mantenimiento periódico y rutinario de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, incluyendo la infraestructura de control, que se realicen por contrato. c) Administrar los contratos de su competencia relacionados con la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional hasta su respectiva liquidación.