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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364390 Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52°, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión Ofi cial del señor Primer Vicerrector, Mag. Ing. Aurelio Padilla Ríos, a las ciudades de Caracas-Venezuela y de Miami-USA, desde el día 30 de enero al 8 de febrero del 2008, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, para que participe: en la “Primera Muestra de Oportunidades de Estudios en América Latina y el Caribe”, organizado por la Fundación Gran Mariscal de Ayacucho del Gobierno Bolivariano de Venezuela, a realizarse en el período del 31 de enero al 3 de febrero del 2008 en la ciudad de Caracas, así como efectuar coordinaciones académicas en la Universidad de Florida - Miami, del día 4 al 8 de febrero del presente año. Artículo 2º.- Otorgar al Mag. Ing. Aurelio Padilla Ríos, Primer Vicerrector de la Universidad Nacional de Ingeniería, el equivalente en nuevos soles de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en la Misión Ofi cial, explicitada en los considerandos de la presente resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida misión. Pasajes aéreo y terrestre (ida y vuelta) : S/. 3,532.91 Viáticos (US$ 200.00 por 10 días) : US$ 2 000.00Tarifa Corpac : US$ 30.25 Artículo 3 º.-Los gastos que origine el viaje, en cuanto a los costos de los pasajes aéreo y terrestre (ida y vuelta), viáticos y Tarifa Corpac serán fi nanciados a través de los recursos directamente recaudados de la Ofi cina Central de Posgrado de la Universidad. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la autoridad antes citada deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 5º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619. Artículo 6º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, comuníquese y archívese.ROBERTO MORALES MORALES Rector 153106-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a templo y zona arqueológica ubicados en los departamentos de Cusco y Ancash RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 043/INC Lima, 11 de enero de 2008Visto el Ofi cio Nº 667-DRC-C-INC-2007 de la Dirección Regional de Cultura Cusco, y; CONSIDERANDOQue, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad al artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identifi cación y registro de inmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante documento del visto la Dirección Regional de Cultura Cusco, solicita la declaración de Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación del Templo “San Juan Bautista de Huayllabamba”, ubicada en el distrito Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, Que, mediante Informe Nº 206-2007-SDR-DPHCR/ INC la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano evaluó la documentación presentada por la Dirección Regional de Cultura Cusco en relación a la solicitud de la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación del Templo San Juan Bautista de Huayllabamba, ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco. Señala que el Templo fue construido en el siglo XVI y reedifi cado en el siglo XVII (intervenido posteriormente) sobre bases de piedra y muros de adobe. El área que ocupa el conjunto del Templo es de 3,196.00m2 y comprende un atrio, el templo y un área libre adyacente a ambos lados así como un espacio que ocupa las instalaciones de la casa cural. Posee una torre ubicada en el lado oeste. La planta de distribución es de cruz latina y el cuerpo está conformado por sotacoro, coro, baptisterio, presbiterio y nave. En los brazos de la cruz se encuentran las capillas de Ánimas adosada al muro de la Epístola y la de la Virgen Purifi cada adosada al muro del Evangelio (según plano y memoria descriptiva). La fachada presenta una composición asimétrica de tres volúmenes: la torre, el cuerpo central donde está la portada de piedra de estilo renacentista y a la derecha un volumen de menor altura. La casa cural es de construcción contemporánea, está ubicada donde antiguamente se encontraba el cementerio. El Templo está considerado como núcleo de un espacio urbano de valores patrimoniales, así como un hito urbano de ordenamiento. El inmueble motivo de la solicitud de declaración presenta características tanto artísticas como históricas representativas de Huayllabamba que le otorgan signifi cación cultural. Los relatos presentados en la memoria descriptiva dan cuenta de una tradición, cotidianidad y ritualidad muy arraigada en la población de Huayllabamba en relación al Templo. 3. El Templo de San Juan Bautista de Huayllabamba merece ser nominado como patrimonio cultural de la Nación; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 07 de fecha 23 de noviembre de 2007, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. El Ofi cio Nº 667-DRC-C-INC-2007 de la Dirección Regional de Cultura Cusco, mediante el cual se remite el expediente técnico de propuesta para la declaración de patrimonio cultural de la Nación del Templo San Juan Bautista de Huayllabamba, elaborado por la Dirección de Investigación y Catastro del Patrimonio Cultural de la Dirección Regional de Cultura Cusco que contiene: datos generales, objetivos, justifi cación, memoria descriptiva, fi cha de información básica, registro fotográfi co, planos y anexo. 2. El Informe Nº 206-2007-SDR-DPHCR/INC de la Sub Dirección de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, el Templo San Juan Bautista de Huayllabamba, ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, fue construido en el siglo XVI, reedifi cado en el siglo XVII y concluido en el siglo XVIII. El conjunto edifi cado del Templo ocupa un área de 3,196.00 m2 y comprende un atrio, el templo en sí, un área libre adyacente a ambos lados del mismo, así como un espacio en la parte posterior que ocupa