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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364378 d) Programar y realizar el seguimiento y evaluación del plan de mantenimiento periódico y rutinario de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional administrada por el Proyecto. e) Participar en la elaboración y dar conformidad a los Términos de Referencia propuestos por la Unidad Gerencial de Estudios para los estudios de mantenimiento. f) Conducir el Sistema Nacional de Emergencias Viales, monitoreando los requerimientos de atención de emergencias y desarrollar actividades para la prevención de las emergencias viales que se puedan producir en la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional a través de las Unidades Zonales. g) Mantener actualizado el registro de las emergencias de la Red Vial Nacional, y establecer mecanismos de coordinación con Provias Descentralizado y los Gobiernos Regionales y Locales para su implementación en las redes viales departamental y vecinal. h) Administrar el equipo mecánico para facilitar el desarrollo de las actividades viales, programas de mantenimiento preventivo, atención de emergencias viales y demás intervenciones que se realicen. i) Garantizar la operatividad y el valor patrimonial del equipo mecánico bajo su administración; programar su mantenimiento preventivo y reparación en coordinación con la Dirección de Equipo Mecánico; así como mantener actualizado el inventario valorizado del equipo mecánico. j) Supervisar en coordinación con las Unidades Zonales, los trabajos relacionados con las autorizaciones y permisos especiales otorgados para uso del derecho de vía de la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, en el ámbito de su competencia. k) Implementar acciones que permitan incrementar los niveles de seguridad de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional. l) Implementar mecanismos para mantener actualizado el Inventario Vial de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional en coordinación con la Dirección de Caminos y a través de las Unidades Zonales. m) Participar en la formulación del programa de inversión anual de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional en materia de su competencia, así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. n) Gestionar y administrar la información sobre proyectos y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas. o) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas para el desarrollo de sus funciones en relación a la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial. p) Desarrollar y promover la investigación tecnológica relacionada a materias de su competencia, con el apoyo de las universidades y en coordinación con el órgano correspondiente del Ministerio. q) Informar al Director Ejecutivo sobre el avance de los proyectos, programas y actividades a su cargo. r) Elaborar y expedir Resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. s) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competencia. t) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia. u) Otras que le asigne la Dirección Ejecutiva. Artículo 37º.- La Unidad Gerencial de Conservación está a cargo de un Gerente, que es designado por el Viceministro de Transportes, depende jerárquicamente del Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto. UNIDAD GERENCIAL DE OPERACIONES Artículo 38º.- La Unidad Gerencial de Operaciones es responsable de la gestión de las Unidades de Peaje y Estaciones de Pesaje de las carreteras de la Red Vial Nacional a cargo del Proyecto; incluyendo la recaudación de peajes y el cumplimiento de la normatividad vigente sobre regulación y control de los pesos y medidas vehiculares.Artículo 39º.- La Unidad Gerencial de Operaciones tiene las siguientes funciones: a) Administrar el sistema de recaudación del pago por el uso de la infraestructura vial y por otros conceptos de acuerdo a la normatividad vigente a través de las Unidades de Peaje a cargo de PROVIAS NACIONAL, debiendo supervisar la operatividad de las mismas. b) Otorgar autorizaciones para Tarifas de Peaje, de acuerdo a la normatividad vigente. c) Elaborar y actualizar la información estadística sobre la circulación vehicular diaria, tarifas de equilibrio, recaudación periódica, registros de pesos y medidas, multas y demás información de su competencia, requerida por los órganos del Proyecto. d) Efectuar el control de pesos y medidas vehiculares a través de las Estaciones de Pesaje en las carreteras de la Red Vial Nacional, a cargo de PROVIAS NACIONAL, debiendo supervisar la operatividad de dichas Estaciones. e) Iniciar el proceso sancionador como resultado de la acción de control de pesos y medidas vehiculares, de conformidad con la normatividad vigente, a través de las Estaciones de Pesaje a cargo del Proyecto o bajo la modalidad de concesión o tercerización. f) Ejercer la primera instancia administrativa en el proceso sancionador por infracciones de la normatividad vigente respecto a los pesos y medidas vehiculares; y de ser el caso gestionar el inicio y efectuar el seguimiento del trámite de cobranza coactiva. g) Otorgar autorizaciones especiales y excepcionales correspondientes a cargas, pesos y medidas especiales y bonifi caciones por suspensión neumática, de acuerdo a la normatividad vigente. h) Participar en la elaboración y dar conformidad a los Términos de Referencia propuestos por la Unidad Gerencial de Estudios, para los estudios relacionados con la infraestructura de control. i) Otorgar autorizaciones para la colocación de Avisos Publicitarios en las áreas no restringidas de la infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la normatividad vigente. j) Administrar los contratos en el ámbito de su competencia sobre infraestructura de control de la Red Vial Nacional, en coordinación con las Unidades Zonales, hasta su respectiva liquidación. k) Participar en la formulación y programación de las actividades relacionadas a la Red Vial Nacional en materia de su competencia; así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. l) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas para el desarrollo de sus funciones en relación a la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial. m) Informar al Director Ejecutivo sobre las actividades a su cargo. n) Elaborar y expedir Resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. o) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competencia. p) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia. q) Otras que le asigne la Dirección Ejecutiva. Artículo 40º.- La Unidad Gerencial de Operaciones está a cargo de un Gerente, que es designado por el Viceministro de Transportes, depende jerárquicamente del Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto. CAPÍTULO VI ÓRGANOS DESCONCENTRADOS UNIDADES ZONALES Artículo 41º.- Las Unidades Zonales son responsables de ejecutar, supervisar y evaluar todas las actividades y