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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2008 (19/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364379 acciones que desarrolla el Proyecto en un área geográfi ca determinada, en la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional. Cada Unidad Zonal está a cargo de un Jefe Zonal, que es designado por el Viceministro, y depende funcional y jerárquicamente del Director Ejecutivo. Mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto. Artículo 42º.- Las Unidades Zonales en su respectiva jurisdicción y en coordinación con las correspondientes Unidades Gerenciales, tienen las siguientes funciones: a) Realizar las acciones específi cas requeridas sobre proyectos relacionados con la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional. b) Realizar el seguimiento a las actividades de conservación y mantenimiento de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, incluyendo la infraestructura de control. c) Participar en la ejecución, inspección y control físico de proyectos de mantenimiento rutinario. d) Atender las emergencias viales y desarrollar actividades para la prevención de las mismas. e) Administrar el equipo mecánico asignado para facilitar el desarrollo de las actividades viales, así como mantener actualizado el inventario valorizado del equipo mecánico. f) Supervisar el uso del derecho de vía de acuerdo a las autorizaciones y permisos especiales otorgados. g) Ejecutar las acciones para incrementar los niveles de seguridad y supervisar la conservación de implementos de señalización. h) Ejecutar las acciones para mantener actualizado el Inventario Vial de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional. i) Brindar apoyo administrativo-operativo a las Unidades de Peaje y Estaciones de Pesaje que se encuentren en el ámbito de su jurisdicción. j) Gestionar y administrar los fondos que se le asignen para el desarrollo de sus funciones, de acuerdo a las normas vigentes. k) Emitir informes y documentos que se requieran, en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en aspectos de su competencia en coordinación con la Unidad Gerencial de Asesoría Legal y el Procurador Ad-hoc. l) Registrar, archivar y actualizar la información técnica de las obras ejecutadas por el Proyecto y otras actividades en el ámbito de su competencia. m) Coordinar con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y demás entidades públicas y privadas las acciones que se requieran en apoyo al desarrollo de los proyectos y programas de infraestructura de la Red Vial Nacional. n) Representar al Proyecto ante instancias y organismos públicos en su jurisdicción, con cargo a dar cuenta a la Dirección Ejecutiva. o) Gestionar y administrar la información sobre proyectos y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas. p) Elaborar y expedir Resoluciones Jefaturales sobre asuntos de su competencia. q) Otras que le asigne la Dirección Ejecutiva. TÍTULO IV DISPOSICIÓN TRANSITORIA FINAL Única.- El personal del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, se encuentra comprendido en el Régimen Laboral de la Actividad Privada de conformidad con lo establecido en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC. Dirección EjecutivaViceministro de Transportes Unidad Gerencial de EstudiosUnidad Gerencial de ObrasORGANIGRAMA DE PROVIAS NACIONAL Oficina de Proyectos Especiales Oficina Técnica de Concesiones Unidad Gerencial de Asesoría LegalUnidad Gerencial de AdministraciónÓrgano de Control Institucional Procurador Ad Hoc Unidades ZonalesUnidad Gerencial de ConservaciónUnidad Gerencial de OperacionesOficina de Programación, Evaluación e Información 153644-1