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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2008 (19/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364400 En Huancavelica a los veintisiete días del mes de diciembre del dos mil siete. ALFREDO BONZANO CÁRDENAS Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil siete. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente 153051-2 Declaran en emergencia y de ejecución inmediata los Estudios de Pre Inversión e Inversión del Proyecto de Inversión Pública Terminación Irrigación Acobamba ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 133-2007-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 5 de diciembre de 2007VISTO:El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 5 de diciembre del año 2007, con el voto unánime de sus integrantes y; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme dispone el artículo 191° de la Ley Nº 27680 –Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, la ley Orgánica de los Gobiernos Regionales en su Artículo 4° establece que “Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2007, se declara en Emergencia Proyectos de Inversión Pública y los procesos priorizados de promoción de inversiones, siendo los mismos los proyectos en materia de construcción y mejoramiento de carreteras, infraestructura y equipamiento educativo, saneamiento infraestructura y equipamiento de salud, electrifi cación rural pequeñas y medianas irrigaciones y centrales hidroeléctricas, etc. Que, mediante Decreto de Urgencia N° 015-2007, se declara en reestructuración al Sistema Nacional de Inversión Pública y dictan otras medidas para garantizar el gasto público priorizando a los proyectos de impacto regional y local que serán fi nanciados con recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados.Que, el Gobierno Regional debe ejecutar Proyectos de Inversión en materia de construcción y mejoramiento de carreteras, infraestructura educativa, infraestructura de salud, saneamiento, electrifi cación rural así como pequeñas y medianas irrigaciones para reducir los índices de pobreza y marginalidad existente en la Región Huancavelica y lograr un mayor dinamismo en la economía. Que, estando a lo vertido en el fundamento anterior es urgente que el Gobierno Regional de Huancavelica priorice la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, para el cual es necesario favorecer la formulación, evaluación, adjudicación y ejecución de los mencionados proyectos con efi ciencia transparencia, celeridad y calidad de gasto. Que, en tal sentido resulta necesario otorgar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública con un estudio de preinversión a nivel de perfi l con contenidos mínimos que garanticen el uso óptimo de los recursos públicos; ya que con ello se permitirá que el Gobierno Regional pueda cumplir con la ejecución de las actividades de inversión de alta necesidad y urgencia. Que, el Consejero Regional de la Provincia de Acobamba solicita se declare en Emergencia los estudios de pre inversión e inversión del Proyecto de Impacto Regional Terminación Irrigación Acobamba, para que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 014-2007, se declare de ejecución prioritaria. Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Emergencia y de Ejecución prioritaria los Estudios de Pre Inversión e Inversión del Proyecto de Inversión Pública Terminación Irrigación Acobamba, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2007. Artículo Segundo.- Notifi car el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo del Gobierno Regional e instancias pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALFREDO BONZANO CÁRDENAS Consejero Delegado 153051-3 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Declaran de interés regional la conservación del Lago Valencia y área adyacente ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2007-CR/GRMDD EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS POR CUANTO: El Consejo Regional de Madre de Dios en Sesión Ordinaria de fecha 12 de diciembre del año 2007, ha aprobado la siguiente ordenanza regional.