TEXTO PAGINA: 62
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2008 364468 Establecen incentivos para la regularización de impuesto predial y otros ORDENANZA Nº 040-2008/MDLV La Victoria, 16 de enero de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:VISTO; en la Sesión Ordinaria de fecha 16 de enero de 2008, el Dictamen Conjunto Nº 003-2008-CPPPAL-CRDE/ MDLV de las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales y de Rentas y Desarrollo Económico, y ; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º modi fi cado por la Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4 del artículo 200º de la Carta Magna y la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF-Texto Único Ordenado del Código Tributario, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través las ordenanzas las mismas que tienen rango de Ley; Que, el artículo 41º del Texto Único del Código Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, el artículo 62º del Texto Único precitado, establece la facultad de fi scalización de la Administración Tributaria, por lo que es necesario incentivar a los contribuyentes para que en forma voluntaria regularicen la determinación de sus obligaciones tributarias, a fi n de que las obligaciones no declaradas oportunamente las pueda efectuar con facilidades de pago; Que, la Gerencia de Rentas mediante Memorando Nº 022-2008/MDLV-GR de fecha 10 de enero del presente año, señala entre otros puntos que, la propuesta alcanzada se ha previsto como una de las acciones que se constituirá en herramienta de trabajo, que permitirá que el contribuyente pueda regularizar su Declaración Jurada en forma voluntaria; Que, mediante Informe Nº 031-08-GAJ-MDLV la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que el proyecto de Ordenanza propuesto debe ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para su aprobación correspondiente; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR REGULARIZACION DE PREDIOS DEL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1º.- FINALIDADLa presente Ordenanza establece incentivos tributarios para la regularización voluntaria de declaraciones juradas del impuesto predial, e inscripciones productos de transferencias o enajenaciones por los predios ubicados en el distrito de La Victoria, a través de la condonación de las multas e interés moratorio vinculados a dicha determinación. Artículo 2º.- DE LOS BENEFICIARIOSPodrán acogerse a la presente Ordenanza, todas aquellas personas naturales y jurídicas que hayan omitido inscribir o actualizar los datos de sus predios ubicados en el distrito de La Victoria en los ejercicios comprendidos desde el año 2002 al 2007, que se encuentren en las siguientes situaciones: a) Que no hayan declarado sus predios.b) Que no hayan actualizado el valor de los mismos, o c) Que no hayan recti fi cado el uso declarado de sus predios ante la Municipalidad de La Victoria Artículo 3º.- INCENTIVOS TRIBUTARIOS Durante la vigencia de la presente Ordenanza, los resultados o diferencias generadas producto de la regularización de las Declaraciones Juradas presentadas por los contribuyentes, se encuentran exonerados de multas tributarias, así mismo, se acogerán a los bene fi cios otorgados en la Ordenanza Nº 010-2007/MDLV. Artículo 4º.- PAGOS ANTERIORESLos pagos realizados con anterioridad a la presente norma, no dan derecho a devolución o compensación. Artículo 5º.- FISCALIZACION La deuda tributaria generada como producto de un proceso de fi scalización realizado por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, no se encuentra dentro de los alcances de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDAEl acogimiento al programa de regularización contemplado en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria. Artículo 7º.- PLAZO DE VIGENCIALos contribuyentes podrán acogerse a los bene fi cios tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el 21 de enero al 2008 hasta el 20 de febrero del 2008. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente norma. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 153950-4 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban documentos de gestión ambiental ORDENANZA N° 347-MDMM Magdalena del Mar, 17 de enero de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 01 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, mediante Ordenanza Nº 338-MDMM se aprobó el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Magdalena del Mar, con la fi nalidad de establecer los mecanismos de coordinación necesarios que permitan defi nir las normas, lineamientos y disposiciones para articular las diversas organizaciones y acciones hacia el fortalecimiento de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo humano sostenible, a fi n de mejorar la calidad de vida de la población; Que, mediante Ordenanza Nº 340-MDMM se aprobó la Política Ambiental Local, el Plan de Acción Ambiental Local