Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2008 (20/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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Municipalidades N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las liberaciones correspondientes, aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar, la Regulacion del Otorgamiento de Autorizaciones de Funcionamiento Temporal, en Zonas de Reglamentacion Especial (ZRE), para los establecimientos que desarrollen actividades economicas en las Zonas de Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo y que se encuentren establecidos con una antiguedad mayor de dos (2) anos y que cuenten con Licencia de Funcionamiento Provisional. Articulo Segundo.- La vigencia de la Licencia de Funcionamiento Temporal Especial regira hasta que se culmine el Estudio del Plan Especifico de las Zonas de Reglamentacion Especial Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo; luego del cual los Establecimientos que cumplan con la Zonificacion deberan adecuarse a esta en el plazo de 01 ano; revocandose las Licencias de Funcionamiento Temporal Especial emitidas a los Establecimientos que no se adecuen a dicha Zonificacion. Articulo Tercero.- Los requisitos para obtener la Autorizacion de Funcionamiento Temporal Especial, son los establecidos en la Ordenanza N°243-C/MC, con las siguientes limitaciones: a) No se otorgara autorizacion de Licencia de FuncionamientoTemporal Especial a los Establecimientos que se ubiquen en la faja marginal del Rio Chillon. b) En la ZRE Chacra Cerro Alto, solo se otorgara Licencia de Funcionamiento Temporal Especial a aquellas actividades contempladas como comercio vecinal y zonal, de acuerdo al Indice de Usos para la ubicacion de Actividades Urbanas, aprobado por Ordenanza N°933 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 05 de MORDAZA del 2006. c) En la ZRE de Chacra Cerro Bajo, se otorgara autorizaciones provisionales, a los Establecimientos que se dediquen a actividades comerciales, servicios y/o industria elemental I ­1. Las actividades que se desarrollen en Zonificacion I-2 de acuerdo al Indice de Usos para la ubicacion de Actividades Urbanas, aprobado por Ordenanza N°933 de la Municipalidad Metropolitana de fecha 05 de MORDAZA del 2006 y/o afecten el medio ambiente deberan presentar el estudio de Impacto Ambiental aprobado por la entidad competente, debiendo adecuar la infraestructura MORDAZA al MORDAZA de actividad a desarrollar. d) En la Av. Trapiche dentro de la ZRE. solo se autorizara las actividades de comercio vecinal y zonal, de acuerdo al Indice de Usos para la ubicacion de Actividades Urbanas, aprobado por Ordenanza N°933 de la Municipalidad Metropolitana de fecha 5 de MORDAZA del 2006. Articulo Cuarto.- La clasificacion de los niveles para el otorgamiento de la Autorizacion de Funcionamiento Temporal Especial, sera conforme a lo previsto en el articulo 14° de la Ordenanza N°243-C/MC. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Sexto.- DISPENSAR, del tramite de lectura y aprobacion del Acta para que la Ordenanza entre en vigencia de inmediato. DISPOSICION FINAL Y TRANSITORIA Primera.- Los Establecimientos comerciales que se adecuen al Plan Especifico y que obtengan su Licencia de Funcionamiento deberan tramitar, en un plazo no menor de sesenta (60) dias, la respectiva Licencia de Obra ante la Sub Gerencia de Obras Privadas, el cumplimiento de la presente disposicion generara la revocatoria de la Licencia obtenida y la sancion correspondiente de acuerdo al CUIS de la entidad Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 153821-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Visto, el Informe Nº 017-2008-GPP/MC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, adjunto al cual se remite la propuesta de Modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 7 de MORDAZA del 2007, senala que en un plazo de ciento ochenta (180) dias contados a partir de su publicacion, todas las entidades a que se refiere el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", deberan justificar ante la Presidencia del Consejo de Ministros todos los procedimientos contenidos en sus TUPA. De no mediar justificacion alguna dichos procedimientos quedaran sin efecto de pleno derecho; Que, de igual manera la Setima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la misma Ley establece que, las entidades deberan justificar ante la Presidencia del Consejo de Ministros los procedimientos que requieren la aplicacion del silencio administrativo negativo por afectar significativamente el interes publico, en un plazo de ciento ochenta dias (180) dias computados a partir de la publicacion de dicha MORDAZA legal; asimismo, la precitada disposicion senala que en igual plazo las entidades deberan calificar los procedimientos administrativos considerando lo senalado en el Articulo 31º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", referido al regimen del procedimiento de aprobacion automatica; Que, la Municipalidad de Comas, como resultado del MORDAZA de revision del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA aprobado con Ordenanza Nº 37C/MC publicado el 9 de febrero del 2002, aprobo mediante Ordenanza Nº 194-C/MC un MORDAZA MORDAZA el 22 de junio del 2006 y luego, con la dacion de nuevas normas legales y la modificacion de la Estructura Organica y del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) asi como para levantar las observaciones tecnicas y legales efectuadas por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, fue aprobado otro MORDAZA MORDAZA mediante Ordenanza Nº 240-C/MC el 3 de MORDAZA del 2007, la misma que se encuentra en MORDAZA de Ratificacion, en cuyo Articulo Tercero, se deroga las normas anteriores, derogatoria que rige a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo Metropolitano de MORDAZA que aprueba su ratificacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, en tanto se culmine el MORDAZA de Ratificacion de la Ordenanza Nº 240-C/MC, y en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 29060 y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0792007-PCM que senala los "Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos y Establece Disposiciones para el Cumplimiento de la Ley Nº 29060", es necesario realizar las modificaciones pertinentes en el MORDAZA vigente aprobado mediante Ordenanza Nº 37-C/ MC, de acuerdo con el numeral 5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General"; Que, en consecuencia, es necesario aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Comas aprobado mediante Ordenanza Nº 37-C/MC, por adecuacion a la Ley Nº 29060 "Ley del Silencio Administrativo"; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6 de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" y con el Visto MORDAZA del Gerente de Asuntos Juridicos y del Gerente Municipal; SE DECRETA: Articulo Primero.- Adecuar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado mediante Ordenanza Nº 37C/MC, en lo concerniente a la denominacion de las areas organicas a la actual Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF aprobada mediante Ordenanza Nº 230-C/MC publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de marzo del 2007.
TUPA-Ordenanza Nº 37-C/MC DIRECCION ECONOMICO DE Estructura Organica - Ordenanza Nº 230-C/MC DESARROLLO GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO

Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2008-A/MC Comas, 18 de enero de 2008

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