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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2008 364466 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO:VISTO; en la Sesión Ordinaria de fecha 16 de enero de 2008, el Dictamen Conjunto Nº 002-2008-CPPPAL-CRDE/ MDLV de las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales y de Rentas y Desarrollo Económico, y ; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74° de la Carta Magna establece que, los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado, de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la U.I.T. vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2008; Que, mediante Ordenanza N° 024-07/MDLV, rati fi cada por Acuerdo de Concejo N° 509 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado el 30 de diciembre de 2007, se aprueba el Régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fi scal 2008; así mismo, mediante Ordenanza Nº 060-MDLV de fecha 29 de diciembre del 2000, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima por Acuerdo de Concejo Nº 027, publicado el 18 de febrero de 2001, se fi jó en S/ 8.00 Nuevos Soles (ocho y 00/100 Nuevos Soles) el costo a pagar por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del impuesto predial del año 2001, en S/ 4.00 Nuevos Soles (cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por predio adicional y en S/ 4.00 Nuevos Soles (cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el costo a pagar por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación de los arbitrios de limpieza, parques y jardines y serenazgo del año 2001; Que, la Gerencia de Rentas mediante Memorando Nº 018-2008-MDLV-GR de fecha 4 de enero de 2008 señala que, se hace necesario establecer para el presente año los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial, arbitrios de limpieza pública, serenazgo, parques y jardines, concluyendo que no existiendo variación signi fi cativa en los costos incurridos para determinación de los derechos de emisión respecto al año 2001 considera se mantenga el costo por derecho de emisión establecidos en la Ordenanza Nº 060 - MDLV del año 2000 para el año fi scal 2001; Que, de igual modo la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº 024-08-GAJ-MDLV concluye que debe ponerse en consideración del Concejo Municipal la propuesta realizada por la Gerencia de Rentas para su aprobación correspondiente; En mérito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de La Victoria, por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2008 Artículo Único.- Aprobar el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2008, conforme los montos aprobados mediante Ordenanza N° 060-MDLV, rati fi cada por Acuerdo de Concejo N° 027 de fecha 29 de enero de 2001. Regístrese, comuníquese, públiquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 153950-1 Aprueban incentivo por el pronto pago y fechas de vencimiento del pago de tributos ORDENANZA Nº 038-2008/MDLV La Victoria, 16 de enero de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:VISTO; en la Sesión Ordinaria de fecha 16 de enero de 2008, el Dictamen Conjunto Nº 004-2008-CPPPAL-CRDE/ MDLV de las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuestos y Asuntos Legales y de Rentas y Desarrollo Económico, y ; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Principio de Legalidad en materia tributaria reconocido en el artículo 74° de la Ley Fundamental del Estado establece que, los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza N° 024-07/MDLV rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 509 por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2008; Que, el artículo 6º de la Ordenanza N° 024-07/MDLV, establece que los arbitrios municipales regulados en la presente Ordenanza son de periodicidad y determinación mensual, sin embargo su recaudación se realizará el último día de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. Que, es necesario incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad de La Victoria, como una estrategia tendiente a impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito; Que, en cuanto al cronograma de vencimiento de arbitrios para el ejercicio fi scal 2008, y en concordancia con el artículo 6º de la Ordenanza anteriormente señalada, el artículo XII del TUO del Código Tributario, aprobado por DS Nº 135-99-EF prescribe que, “Para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias deberá considerarse lo siguiente b) Los plazos expresados en días se entenderán referidos a días hábiles”, razón por la cual resulta necesario precisar el día exacto del vencimiento, debiendo ser para el primer trimestre, el día 29 de febrero, para el segundo trimestre el día 30 de mayo, para el tercer trimestre el día 29 de agosto y el cuarto trimestre el día 28 de noviembre. Que, mediante Memorando Nº 019-2008-MDLV-GR la Gerencia de Rentas propone al Concejo Municipal la factibilidad de otorgar el incentivo de descuentos por Pronto Pago en arbitrios para todos aquellos contribuyentes que cancelen en forma total su impuesto predial y/o arbitrios municipales; Que, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Ordenanza propuesto debe ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para su aprobación correspondiente; En merito a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta aprobó por unanimidad la siguiente: