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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2008 364470 Regionales y a los Gobiernos Locales respectivos, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damni fi cada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas; por lo que a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaró el estado de emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima. Que, mediante la Ley Nº 29076 se promulgó la ley de solidaridad con las localidades afectadas con el sismo del 15 de agosto de 2007; a través de la cual se faculta a los gobiernos regionales y locales, según el artículo 2º, no comprendidos en el artículo 1º, previo Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, a reprogramar, excepcionalmente, su presupuesto institucional modifi cado del Año Fiscal 2007, afectando sus recursos, por todo concepto, hasta el veinte por ciento (20%) para la ayuda humanitaria a las localidades afectadas por el sismo del 15 de agosto de 2007 y declaradas en emergencia. Que, asimismo la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 29076 se dispuso que los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales y distritales pueden adquirir bienes y servicios para los fi nes de la presente Ley acogiéndose a lo dispuesto en el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de setiembre del 2007, el pleno del Concejo Municipal acordó por unanimidad otorgar la ayuda humanitaria a los damni fi cados por el terremoto del 15 de Agosto del 2007, facultando al Alcalde ejecutar el gasto hasta un monto equivalente al 2% del presupuesto; encargando a la jefatura de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica a reprogramar el presupuesto institucional del año fi scal 2007; acuerdo plasmado en el Acuerdo Municipal Nº 148-2007. Que, la Ofi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, a través del Memorando Nº 165-2007-OPPCT/MDI indica que en sesión de concejo municipal aprobó otorgar la ayuda humanitaria por parte de la Municipalidad Distrital de Ilabaya hacia los damni fi cados por el sismo 15 de Agosto; determinando que el monto equivalente al 2% del Presupuesto asciende a S/. 4´699,129.32 (Cuatro millones seiscientos noventa y nueve mil ciento veintinueve con 32/100 Nuevos Soles). Que, se ha recepcionado el O fi cio Nº 102-2007- MDDEC suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Carmen por el cual solicita ayuda humanitaria para las poblaciones más alejadas de los distritos de El Carmen como son los Centros Poblados de Tejada, Blas Herrera y la Asociación Elias Rabatta Mosquera, los cuales a consecuencia del terremoto ocurrido el 15 de Agosto han sufrido daños materiales y personales, por lo que solicita 100 módulos de casas prefabricadas y/o 100 carpas grandes que serán destinadas a dichos Centros Poblados antes mencionados. Que, se ha recepcionado el O fi cio Nº 259-A-MDPN/2007 suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, en el cual señala que a fl igidos por el impacto del sismo de gran magnitud que ha desvastado a la mayoría de su pueblo conformado por familias muy pobres, quedando en escombros el 80% de 15,000 viviendas; por lo que solicita el apoyo en la eliminación de 200,000 metros cúbicos de escombros. Que, la División de Proyectos de Infraestructura de la Dirección de Proyectos de Inversión Pública de la Municipalidad Distrital de Ilabaya en su Informe Nº 036-2008-DPI-DPIP-MDI; indica los siguientes objetivos y acciones a realizar: Urgencia Nº 01 (Pueblo Nuevo), en la que describe el apoyo humanitario con maquinaria, comprendiendo los siguientes trabajados: Eliminación de 40,000 m3 de escombros provenientes de los lotes de viviendas derruidas; Demolición de predios con maquinaria y acumulación para eliminación; Limpieza de vías trabajadas; otras actividades que la maquinaria destinada actúe para apoyo de trabajo con el equipo como ser acumulación de agregados para construcción, etc.; estas actividades ascienden a un presupuesto de S/. 1´000,000.00 (Un millón con 00/100 Nuevos Soles). Urgencia Nº 02 (El Carmen - Módulos), en lo que describe el apoyo humanitario con maquinaria, comprendiendo los siguientes trabajos: Trabajos preliminares: Movilización de equipo, limpieza de terreno, trazo y replanteo, eliminación de desmonte y transporte. Varios: Estructura prefabricada de madera, curado con preservante para madera, punto de luz, instalación sobre losa de concreto. Se colocará una puerta principal con bisagras y chapas, así como ventanas corredizas con vidrios transparentes, un punto de luz, así como el sistema de agua y desagüe de la zona afectada, estarán en proceso de rehabilitación, no se consideran puntos de agua y desagüe. Estas actividades ascienden a un presupuesto de S/. 301,022.30 (Trescientos un mil veintidós con 30/100 Nuevos Soles). Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el artículo 142º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la causal de situación de emergencia se confi gura en aquellos casos en donde la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecte la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario, para prevenir y atender desastres, debiendo fundamentar las razones que motivan la contratación de fi nitiva, en el informe técnico-legal, cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, por lo que, debido a la magnitud del desastre, así como la naturaleza de los servicios a contratar podría autorizarse el agotamiento del requerimiento. Que, los correspondientes informes técnico-legal, han dado por veri fi cada la causal de exoneración así como la fundamentación de la contratación de fi nitiva, y estando a lo aprobado por unanimidad en Sesión de Concejo, convocada a efecto de evaluar la procedencia de la exoneración en cuestión. Por lo que de conformidad con lo dispuesto por el inciso 3) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades promulgada mediante la Ley Nº 27972; con la aprobación del acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR LA EXONERACIÓN bajo la causal de emergencia, del correspondiente proceso de selección de la ejecución de los servicios que a continuación se detallan: 1. “Suministro e instalación de módulos básicos de vivienda para los damni fi cados del distrito de El Carmen de la provincia de Chincha del departamento de Ica” con un valor referencial ascendente a S/. 301,022.30 (Trescientos un mil veintidós con 30/100 Nuevos Soles); consistente en la instalación de 50 módulos básicos de madera; siendo el plazo de prestación del servicio el de 25 días calendarios, los que se cumplirán el día 2 de febrero del año en curso. 2. Remoción de escombros en el distrito de Pueblo Nuevo de la provincia de Chincha del departamento de Ica, por un valor referencial de S/. 1´000,000.00 (Un millón con 00/100 Nuevos Soles); consistente en la eliminación de 40,000 m3 de escombros; siendo el plazo de prestación del servicio el de 40 días calendarios, los que se cumplirán el 17 de febrero del año en curso. Artículo Segundo.- LA EJECUCIÓN de los servicios descritos en el artículo precedente serán efectuados con cargo a la Fuente de Financiamiento de Canon, Sobrecanon y Regalías, estando la contratación exonerada a cargo de la Unidad de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Distrital de Ilabaya. Artículo Tercero.- ESTABLÉZCASE que el monto de los servicios que se señalan en el artículo primero del presente dispositivo, no originará variación alguna a la suma de S/. 4´699,129.32 (Cuatro millones seiscientos noventa y nueve mil ciento veintinueve con 32/100 Nuevos Soles) equivalente al 2% del presupuesto institucional del ejercicio 2007, aprobado como monto de la ayuda humanitaria. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación dentro de diez (10) días de aprobado el presente Acuerdo, en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la remisión de los correspondientes informes técnico y legal al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República en igual plazo; y remitir lo actuado a la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República.. Regístrese, comuníquese y archívese. MANUEL R. OVIEDO PALACIOS Alcalde 153611-1