Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2008 (23/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

364869

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de la Produccion a EE.UU. para participar en la Convencion Anual de Caza y Pesca Deportiva, sin irrogar gastos al Estado, y encargan su Despacho al Ministro de Agricultura
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2008-PCM MORDAZA, 22 de enero del 2008 VISTOS: El Informe Tecnico N° 001-2008-PRODUCE/ DM-Ases del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y los Informes de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 15 de enero de 2008, la SCI FOUNDATION, institucion privada sin fines de lucro, invita al Ministro de la Produccion a participar del 23 al 26 de enero de 2008 en MORDAZA - MORDAZA ­ Estados Unidos de Norteamerica; en la Convencion Anual de Caza y Pesca Deportiva; evento que convoca a los mas destacados empresarios y deportistas vinculados con la industria cinegetica internacional, la cual constituye una oportunidad para promocionar la posibilidad de invertir en el Peru, aprovechando la diversidad y riqueza de las especies hidrobiologicas y otras que conforman el habitat del Peru, desarrollando ademas un alto potencial turistico; Que, de acuerdo a lo informado a traves de los documentos de vistos, el impacto economico anual que el turismo de caza y pesca deportiva tiene en otros paises resulta considerable, siendo que en los EEUU el mismo asciende a US$ 21,000 millones y en Espana US$ 5,600 millones; Que, el ejercicio de la pesca y caza deportiva observando los parametros legales, ambientales y tecnicos correspondientes, podria generar en el Peru el desarrollo de diversas actividades economicas conexas, como lo son la industria hotelera, de alimentacion, de municiones y de servicios, siendo que en los EEUU viene generando aproximadamente 356,000 puestos de trabajo permanentes; Que, actualmente existe un alto potencial para desarrollar dicha actividad en el Peru por los paisajes, las especies unicas, entre otros aspectos, pero no existe una politica nacional de facilitacion, existiendo normas en exceso sin un impacto real en el recurso, ademas de tramites excesivos que desalientan el ejercicio legal de la referida actividad, por lo que hace falta su institucionalizacion a efectos de un control efectivo para evitar la caza furtiva de especies amenazadas y valiosas; Que asimismo, debe tenerse en cuenta que los inconvenientes citados no generan ingresos a las poblaciones o comunidades donde se desarrollan actividades vinculadas con la pesca y caza deportiva, ni mucho menos genera un interes por el desarrollo sostenible de dicha actividad, por lo que no se generan recursos que justifiquen la inversion en el manejo de especies y ecosistemas, ni para el control o fiscalizacion por parte del Estado; Que, los inconvenientes citados merecen ser evaluados en base a la experiencia de otros paises, a efectos de aprobar una politica promotora de la pesca y caza deportiva por su alta importancia para la conservacion y el desarrollo socio cultural, mejorar sustantivamente la normatividad asegurando la coordinacion intersectorial, contando con la participacion de los empresarios, deportistas y poblacion en general, estableciendose procedimientos simples y eficaces que permitan el desarrollo de la caza y pesca deportiva como actividad legal en beneficio de las comunidades y la conservacion sostenida de la fauna y del medio ambiente, generando atraccion de inversion privada respecto de dicha actividad deportiva;

Que, la SCI FOUNDATION cubrira los gastos que signifique la participacion del Ministro de la Produccion en la Convencion Anual de Caza y Pesca Deportiva, no irrogando gastos al Estado Peruano; Que, es necesario encargar las funciones del Ministro de la Produccion, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 127° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, a MORDAZA ­ Estados Unidos de Norteamerica, del 24 al 26 de enero de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Encargar el Despacho del Ministerio de la Produccion al senor MORDAZA MORDAZA Ferreyros, Ministro de Agricultura, en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, no irroga gastos al Estado Peruano, ni otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y derechos de cualquier clase o denominacion. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 155337-1

AGRICULTURA
Designan Director de la Estacion Experimental Agraria "Banos del Inca" - MORDAZA del INIA
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 00029-2008-INIA MORDAZA, 22 de enero de 2008 VISTOS: La Resolucion Jefatural Nº 00176-2006-INIEA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural del Vistos, se designo a partir del 11 de septiembre de 2006, al Ing. MORDAZA DURMAN MORDAZA MORDAZA, como Director de la Estacion Experimental Agraria "Banos del Inca" - Cajamarca; del entonces Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria - INIEA, actualmente Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA ; Que, el cargo de Director de Estacion Experimental, se encuentra considerado como "cargo de confianza" a que se refiere los articulos 43º y 44º del Decreto Supremo Nº 003-97TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal del INIEA, por mandato de la Decima Primera Disposicion Complementaria del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; Que, la Jefatura del INIA considera conveniente aceptar la renuncia presentada por el Ing. MORDAZA DURMAN MORDAZA MORDAZA , y designar al funcionario que asumira la Direccion de la Estacion Experimental Agraria "Banos del Inca";

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