Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2008 (23/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2008

el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 154661-3

Otorgan autorizacion a Inversiones Peru MORDAZA S.A. para incrementar la capacidad instalada de planta de congelado de productos hidrobiologicos e instalacion de planta de curados
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de enero del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00067614, del 2 de octubre y 5 de noviembre de 2007, presentados por la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que el numeral 4 inciso b) del Articulo 43º, Articulo 44º y Articulo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el numeral 1 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de un (01) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que el numeral 2 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo citado en el considerando anterior, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el tramite para la obtencion de la autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero es independiente del otorgamiento de la licencia de operacion correspondiente. Sin embargo dicha licencia debe solicitarse dentro de un plazo improrrogable de seis (6) meses contado a partir de la fecha de vencimiento del plazo de autorizacion o de la fecha de vencimiento de su renovacion, en caso de haber solicitado la misma; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001PE, regula los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo; Que mediante Resolucion Directoral Nº 301-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 16 de setiembre de 2003, se otorgo a la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A., licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo, a traves de una planta de congelado en su establecimiento industrial ubicado en MORDAZA El Palomar Nº 101, A-3, provincia y departamento de MORDAZA, con capacidad instalada de 26 t/dia; Que a traves de los escritos del visto, INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. solicita autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su planta de congelado e instalacion de una planta de curado (deshidratado de pota), en su establecimiento industrial pesquero senalado en el considerando anterior; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria con fecha 23 de noviembre de 2006 expide el

Certificado Ambiental Nº 067-2006-PRODUCE/DIGAAP, mediante el cual califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente, para el incremento de capacidad instalada de su planta de congelado e instalacion de una planta de curado; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y actualizada por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 551-2007PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con los Articulos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los Articulos 49º y 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos e instalacion de una planta de curados (deshidratado de pota), en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en MORDAZA El Palomar Nº 101, A-3, Cercado de MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con las siguientes capacidades proyectadas: Congelado Curados : De 26 a 68,8 t/dia : 15 t/mes

Articulo 2º.- INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. debera ampliar su planta de congelado e instalar una planta de curados con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE y la MORDAZA Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, aprobada por Decreto Supremo Nº 07-2004-PRODUCE; asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun el Certificado Ambiental Nº 067-2006-PRODUCE /DIGAAP del 23 de noviembre de 2006. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A.C. el plazo de un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva superior al 50% del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; para que la interesada concluya con la ampliacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos e instalacion de la planta de curados. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion o ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4º.- Vencido el plazo de autorizacion o la renovacion de ser el caso, la autorizacion de instalacion senalada en el Articulo 1º de la presente resolucion, caducara de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalacion total de la planta de congelado. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los Articulos 2º y 3º de la presente resolucion sera causal

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