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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2008 (23/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de enero de 2008 364883 Que, los bienes donados consisten en 08 bultos, conteniendo cereales para infantes - alimento fortifi cado con micronutrientes y proteínas lácteas denominado Lactoprodan MFGM-10, enriquecido con Hierro y Zinc, con valor FOB US$ 2,000.00 (DOS MIL y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en el Certifi cado de Donación de fecha 1 de marzo del 2004, con peso bruto manifestado de 2160 kilos, amparado en la Guía Aérea Nº BLL 02 061616, con peso bruto recibido de 2609 kilos, amparado en el Volante de Despacho Nº 00851586. Se ha destinado a la evaluación de la efi cacia de un alimento infantil fortifi cado, que benefi cia a la población de las zonas más deprimidas de Villa El Salvador, siendo su distribución y seguimiento a través de los hogares de los niños participantes en dicha evaluación, distribuidos entre marzo 2004 y mayo 2005, con un total de 550 niños de 6 - 18 meses de edad, de acuerdo a Declaración Jurada de fecha 7 de mayo del 2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por ARLA FOODS INGREDIENTS AMBA, a favor de INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por ARLA FOODS INGREDIENTS AMBA a favor de INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL, consistente en 08 bultos, conteniendo cereales para infantes - alimento fortifi cado con micronutrientes y proteínas lácteas denominado Lactoprodan MFGM-10, enriquecido con Hierro y Zinc, con valor FOB US$ 2,000.00 (DOS MIL y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en el Certifi cado de Donación de fecha 1 de marzo del 2004, con peso bruto manifestado de 2160 kilos, amparado en la Guía Aérea Nº BLL 02 061616, con peso bruto recibido de 2609 kilos, amparado en el Volante de Despacho Nº 00851586. Se ha destinado a la evaluación de la efi cacia de un alimento infantil fortifi cado, que benefi cia a la población de las zonas más deprimidas de Villa El Salvador, siendo su distribución y seguimiento a través de los hogares de los niños participantes en dicha evaluación, distribuidos entre marzo 2004 y mayo 2005, con un total de 550 niños de 6 - 18 meses de edad, de acuerdo a Declaración Jurada de fecha 7 de mayo del 2007. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 154378-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0051/RE Lima, 17 de enero de 2008Visto, el expediente Nº 12851-2006, presentado por la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA mediante el cual solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de EVANGELISCHE KIRCHGEMEINDE SAX-FRÜMSEN con sede en CH-9468 Sax - Suiza. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 19/06/06, legalizada por el Consulado General del Perú en la ciudad de Zurich, se observa que EVANGELISCHE KIRCHGEMEINDE SAX-FRÜMSEN ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA; Que, los bienes donados consisten en 1,157 bultos, conteniendo máquinas de escribir, máquinas de coser, computadoras y accesorios, utensilios de cocina, utensilios domésticos, materiales didácticos, máquinas pequeñas y herramientas, vestidos, frazadas, ropa de cama, lana (madejas), telas, maletas, zapatos, juguetes; todos estos artículos son usados, con un valor FOB de US$ 4,000.00 (Cuatro mil y 00/100 dólares americanos) y un peso bruto manifestado de 13,200 kilos, según Documento de Embarque Nº HLCUBSL060700399. Esta donación se distribuirá entre las personas de escasos recursos, madres de familia y pobladores más necesitados de cualquier parte del Perú, así como a Instituciones que brindan apoyo social, humanitario y sanitario sin distinción de credos, ni de raza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por EVANGELISCHE KIRCHGEMEINDE SAX-FRÜMSEN a favor de la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por EVANGELISCHE KIRCHGEMEINDE SAX-FRÜMSEN, a favor de la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA, los bienes donados consisten en 1,157 bultos conteniendo máquinas de escribir, máquinas de coser, computadoras y accesorios, utensilios de cocina, utensilios domésticos, materiales didácticos, máquinas pequeñas y herramientas, vestidos, frazadas, ropa de cama, lana (madejas), telas, maletas, zapatos, juguetes; todos estos artículos son usados, con un valor FOB de US$ 4,000.00 (Cuatro mil y 00/100 dólares americanos) y un peso bruto manifestado de 13,200 kilos