Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2008 (23/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2008

dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 2. Que, para efecto del pronunciamiento debe remitirse al Pleno del Concejo Municipal para su aprobacion conforme a lo dispuesto en el articulo 20º Inc. c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, debiendo previamente emitirse los Dictamenes de Comision correspondientes. Que, mediante Informe Nº 078-2008-GM-MSS de fecha 16.01.2008, la Gerencia Municipal senala su conformidad con lo opinado por las areas involucradas, en el sentido de que resulta procedente la contratacion del Servicio de BANCARED con la Asociacion de Bancos - ASBANC, con la exoneracion del MORDAZA de seleccion por proveedor unico, causal que franquea la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, considerando entre otros, lo senalado por la Gerencia de Sistemas y Procesos en su Memorandum Nº 361-2007-GTIPMSS respecto a que la Asociacion de Bancos del Peru - ASBANC es el unico proveedor en el MORDAZA nacional para la transmision en el sistema bancario a traves de la red privada de Comunicaciones BANCARED y, que el costo de contratacion involucra un pago de derechos por unica vez de US$ 1,785.00 y pagos mensuales de US$ 1,428.00 lo que totaliza US$ 18,921.00 que al MORDAZA de cambio resulta la cantidad de S/. 56,763.00 nuevos soles; Estando a lo expuesto en el Dictamen Conjunto Nº 001-2008-CGM-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 56-2007OAJ-MSS, la Oficina de Asesoria Juridica, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 26) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal adopto por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion por la causal de Proveedor Unico, del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio de BANCARED, por el periodo de 12 meses, por el siguiente valor referencial:
Descripcion del Servicio Servicio de BANCARED Cantidad 1 Monto Total S/. 56,763.00

VISTO: los informes Nº 015-2008-GDU-MSS y Nº 0262008-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Nº 078-2008-OAJ-MSS, sobre modificaciones al Decreto de Alcaldia Nº 20-2007-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 122006-MSS, dispone entre otros, ampliar los alcances del numeral 10.2) del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006MSS estableciendo expresamente "La presente MORDAZA no es de aplicacion en las urbanizaciones: Cerros de MORDAZA, Los Alamos, Las Laderas, El Mirador, Casuarinas Sur, y las Urbanizaciones integradas en la Asociacion Las Casuarinas y la MORDAZA Las Turmalinas"; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 20-2007MSS se suspendio los efectos del Numeral Nº 10.2 del Articulo 10º del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS, por un plazo de 90 dias respecto de las Urbanizaciones integradas a la urbanizacion Las Casuarinas (incluye Las Laderas) y El Mirador; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Informe Nº 015-2008-GDU-MSS senala que se ha excluido de la suspension aprobada mediante Decreto de Alcaldia Nº 20-2007-MSS a, Los Alamos de Monterrico, Urb. Cerros de MORDAZA - MORDAZA Baja (ZRE C), MORDAZA las Turmalinas, Urb. Casuarinas Sur, dejando libre la posibilidad que puedan realizar construcciones para multifamiliares y conjuntos residenciales implicando que la normatividad no ha considerado el crecimiento desmedido de la densidad en esa MORDAZA y que estan causando un grave perjuicio ya que son calles de acceso unico y que no tienen capacidad de albergar altas concentraciones vehiculares para lo que se recomienda realizar la modificacion pertinente; Que, estando a las quejas vecinales y a lo indicado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA es necesario reorganizar el sistema de otorgamiento de licencias de obra para la MORDAZA de los Alamos de Monterrico, Urb. Los Cerros de MORDAZA - MORDAZA Baja (ZRE C), MORDAZA las Turmalinas, Urb. Casuarinas Sur, con la finalidad de reestructurar los lineamientos administrativos; Que, en ejercicio de las funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, previstas en el Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, debe ejecutarse acciones inmediatas para la intervencion municipal y regulacion de dichas actividades, a fin de establecer el desarrollo MORDAZA ordenado en el distrito; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldia, se regulan entre otros asuntos de orden general y de interes para el vecindario; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- INCORPORESE dentro de los alcances del Decreto de Alcaldia Nº 20-2007-MSS, a la Urbanizacion los Alamos de Monterrico, la Urbanizacion Cerros de MORDAZA - MORDAZA Baja (ZRE C), MORDAZA Las Turmalinas, Urb. Casuarinas Sur. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Fiscalizacion. Articulo Quinto.- Disponer que la Secretaria General efectue la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion, asimismo debera publicarse en la pagina web institucional, lo cual estara a cargo de la Gerencia de Sistemas y Procesos.

Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion, efectue la contratacion para el Servicio senalado en el articulo precedente, de acuerdo a las especificaciones tecnicas y, conforme a lo dispuesto en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y, Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la remision del presente Acuerdo y de los Informes Tecnico - Legal que los sustentan a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro del plazo de 10 (diez) dias habiles POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 155250-1

Incorporan urbanizaciones dentro de los alcances del D.A. Nº 20-2007-MSS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2008-MSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de enero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE MORDAZA

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