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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de enero de 2008 364891 Que, mediante Ofi cio Nº 20-2008-PCPG/UNI de fecha 10 de enero del 2008, el Dr. Walter F. Estrada López, Jefe de la Ofi cina Central de Posgrado, solicita entre otros, autorización para realizar a nombre de la Srta. Carmen Luisa Navarrete Castillo, Secretaria del Primer Vicerrectorado, el trámite de boleto aéreo de Lima/Caracas-Venezuela/Lima, subvención económica para los gastos de impuestos de salida de Perú y Venezuela, alimentación, movilidad y otros, quien se encargará de atender el Stand y dar información de todos los programas que ofrece la Ofi cina Central de Posgrado de la UNI, en la actividad académica mencionada en el párrafo precedente, del 31 de enero al 03 de febrero del 2008, gastos que serán fi nanciados a través de la Ofi cina Central de Posgrado; Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio del 2002; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Srta. Carmen Luisa Navarrete Castillo, Secretaria del Primer Vicerrectorado a la ciudad de Caracas - Venezuela desde el día 30 de enero al 03 de febrero del 2008, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, quien se encargará de atender el Stand y dar información de todos los programas que ofrece la Ofi cina Central de Posgrado de la UNI en la “Primera Muestra de Oportunidades de Estudios en América Latina y el Caribe”, organizado por la Fundación Gran Mariscal de Ayacucho del Gobierno Bolivariano de Venezuela, a realizarse en el período del 31 de enero al 3 de febrero del 2008 en la ciudad de Caracas. Artículo 2º.- Otorgar a la Srta. Carmen Luisa Navarrete Castillo, el equivalente en nuevos soles de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en la Misión Ofi cial, explicitada en los considerandos de la presente resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida misión. Pasajes aéreo y terrestre (Ida y vuelta) : S/. 2 669.84 Viáticos (US$ 200.00 por 5 días) : US$ 1 000.00Tarifa Corpac : US$ 30.25 Artículo 3º.- Los gastos que origine el viaje, en cuanto a los costos de los pasajes aéreo y terrestre (ida y vuelta), viáticos y Tarifa Corpac serán fi nanciados a través de los recursos directamente recaudados de la Ofi cina Central de Posgrado de la Universidad. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la autoridad antes citada deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 5º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619. Artículo 6º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, comuníquese y archívese.AURELIO PADILLA RIOS Rector (e) 154544-2ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de valores correspondientes a la “Primera Emisión del Segundo Programa de Emisión de Bonos Corporativos de TGP” y el registro de prospecto complementario en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 014-2008-EF/94.06.3 Lima, 16 de enero de 2008VISTOS:Los Expedientes Nº 2007036467 y 2008000683, así como el Informe Interno Nº 054-2008-EF/94.06.3, del 16 de enero de 2008, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante Resolución Directoral de Emisores N° 085-2007-EF/94.06.3, del 28 de diciembre de 2007, se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el programa de emisión de bonos denominado “Segundo Programa de Emisión de Bonos Corporativos de TGP”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 400 000 000,00 (cuatrocientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, y se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, con fecha 15 de enero de 2008, Transportadora de Gas del Perú S.A. completó su solicitud de inscripción de los valores correspondientes a la “Primera Emisión del Segundo Programa de Emisión de Bonos Corporativos de TGP” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Transportadora de Gas del Perú S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2º, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta pública, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo dispuesto en el artículo 36º, del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF, que faculta a la Dirección de Emisores a resolver solicitudes vinculadas a las ofertas públicas primarias y a efectuar todo trámite vinculado a éstas;