Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2008 (23/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

364893

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de licencias de software
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 007-2008/001-FONAFE MORDAZA, 17 de enero de 2008 VISTOS; los Informes Nº 007-2008/DE-FONAFE y Nº 013-2008/DE-FONAFE emitidos por la Gerencia de Operaciones y la Gerencia Legal de FONAFE en adelante el Informe Tecnico ­ Legal y: CONSIDERANDO: Que, el 14 de diciembre de 2008 la Direccion Ejecutiva de FONAFE emitio la Resolucion de Direccion Ejecutiva N° 248-2006/DE-FONAFE mediante la cual aprobo el esquema de licenciamiento Enterprise Agreement como politica corporativa aplicable a las empresas bajo el ambito de FONAFE para la adquisicion de toda licencia Microsoft que las empresas hayan decidido adquirir. Que, el 19 de diciembre de 2006 El Directorio de FONAFE autorizo la exoneracion del MORDAZA de seleccion de la adquisicion de 132 licencias de software Microsoft a la empresa MSLI LATAM INC. por la causal de proveedor unico. Que, el 28 de diciembre de 2006, FONAFE suscribio un contrato de compra venta con la empresa MSLI LATAM INC. (representante autorizado de la empresa Microsoft para vender licencias de softwares Microsoft bajo la modalidad de Enterprise Agreement) a fin de adquirir 132 licencias Microsoft a mejores precios y con mayores beneficios en comparacion con otras formas de licenciamiento, cuya duracion es de tres anos. Que, el 18 de octubre de 2007, la empresa Microsoft informo a FONAFE, mediante carta que se anexa al presente informe, los requisitos minimos que deben cumplir cada una de las empresas de FONAFE para que puedan adquirir licencias bajo la modalidad Enterprise Agreeement de lo contrario, aquellas empresas que no cumplan con dichos requisitos, solo podrian adquirir las licencias bajo la modalidad de licenciamiento denominado "Open" lo que significa un precio mayor y menores beneficios. Que, asimismo, Microsoft dispuso que a partir del 14 de diciembre de 2007, debido a cambios en la estructura de ventas de licenciamiento, los acuerdos de licencias "Enterprise Agreement" deberan realizarse a traves de previos procesos de seleccion de postores en los cuales participaran "Partners LAR" con las reglas estandar de contratacion. Que, el 25 de octubre de 2007, mediante el Oficio Circular N° 057-2007/DE-FONAFE, la Direccion Ejecutiva de FONAFE informo a las empresas bajo su ambito el MORDAZA esquema de licenciamiento informado por Microsoft. Que, asimismo, informo que para aquellas empresas que no cumplan los requisitos minimos, FONAFE podra adquirir las licencias bajo el Contrato Enterprise Agreement que actualmente tiene suscrito, dado que esto significa un ahorro economico comparado con la posibilidad que la empresa adquiera licencias "Open". Que, en la actualidad las empresas Editora Peru S.A. (en adelante EDITORA PERU) y Empresa de Generacion Electrica MachuPicchu S.A. (en adelante EGEMSA) requieren adquirir licencias Microsoft para sus respectivas empresas. Que, en caso que estas empresas opten por adquirir dichas licencias individualmente solo podrian adquirirlas bajo la modalidad del licenciamiento denominado "Open".

Que, sin embargo esta modalidad tiene un costo adicional en comparacion a la modalidad denominada Enterprise Agreement (EA). Que, por otro lado, para el caso especifico de FONAFE y de todas aquellas empresas que ya tengan firmado un contrato Enterprise Agreement con MSLI LATAM INC, toda compra adicional ("true up") de licencias durante el periodo de vigencia del contrato se debera realizar bajo la modalidad de exoneracion por proveedor unico de acuerdo a la normativa de contrataciones del Estado en la medida que MSLI LATAM INC es el unico autorizado para realizar dicha venta adicional en las mismas condiciones del contrato suscrito. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º inciso e) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cabe la exoneracion del MORDAZA de seleccion cuando media como causa el haber un unico proveedor, como en el presente supuesto, el cual es la empresa MSLI LATAM INC. Al ser la empresa autorizada por Microsoft con quien FONAFE suscribio el contrato de adquisicion de licencias de software bajo la modalidad de Enterprise Agreement. Que, por lo expuesto, se propone que FONAFE adquiera las licencias de software mediante un MORDAZA de exoneracion por la causal de proveedor unico a la empresa MSLI LATAM INC. para posteriormente realizar la transferencia de dichas licencias a favor de las empresas EDITORA PERU y EGEMSA mediante la figura de aporte de capital. Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.9.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, el Directorio de FONAFE debera autorizar la transferencia de las licencias adquiridas a favor de EDITORA PERU y EGEMSA, para lo cual es preciso contar con el respectivo acuerdo de directorio. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el caso de las empresas del Estado, las exoneraciones requieren del Acuerdo de Directorio respectivo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de 67 licencias de software Microsoft bajo la modalidad Enterprise Agreement por la causal de proveedor unico debiendo adquirir dichas licencias a la empresa MSLI LATAM INC., por un valor referencial de US$ 43,645.32 Dolares Americanos, siendo la fuente de financiamiento: recursos propios de FONAFE. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de FONAFE efectue las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al presente acuerdo. Articulo Tercero.- Aprobar la posterior transferencia de las licencias adquiridas a favor de las empresas EDITORA PERU y EGEMSA, como aporte de capital de FONAFE. Articulo Cuarto.- Disponer que se publique el presente Acuerdo de Directorio en el Diario Oficial El Peruano, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y que se remita, junto con el informe tecnico - legal sustentatorio a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion previa del Acta. Registrese, comuniquese y archivese. Miembros del Directorio de FONAFE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo FONAFE 155021-1

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