Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2008 (23/01/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

364901

POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y en sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Articulo 4º de las Disposiciones Finales del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio fiscal. Que, es necesario aprobar los montos que deben abonar los contribuyentes por concepto de derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y recibos de pago, correspondiente al ejercicio 2008. Estando a lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA Y RECIBO DE PAGO REFERIDOS A LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo Primero.- Fijese en S/. 8.00 (Ocho Y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Declaracion Jurada, Determinacion y Distribucion del Impuesto Predial del ano 2008. A partir del tercer predio, se abonara por cada predio adicional S/. 4.00 (Cuatro Y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. El monto se cancelara conjuntamente con la Cuota del Impuesto Predial. Articulo Segundo.- Fijese en S/. 0.50 (Cincuenta Centimos de MORDAZA Sol) mensual y S/. 6.00 (Seis Y 00/100 Nuevos Soles) anual, el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Determinacion de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2008, por cada predio. Dicho monto se cancelara conjuntamente con cada cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2008. Articulo Tercero.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria. DISPOSICIONES FINALES Primera.Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 154412-1

El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por los Articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Concejo Municipal ejerce su funcion, entre otros dispositivos, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y en la MORDAZA IV del titulo Preliminar del Codigo Tributario. Que, en este sentido, se debe establecer el MORDAZA del Regimen Tributario de Beneficios Tributarios de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, asi como la determinacion de los montos por dicho concepto aplicables al ejercicio fiscal del ano 2008, para todos los contribuyentes de la jurisdiccion de San Miguel. Que, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV MORDAZA de legalidad Reserva de Ley, del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, indica que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias y exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA LEGAL DE LOS BENEFICOS TRIBUTARIOS PARA LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2008 Articulo Primero.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los beneficios tributarios que se conceden en el presente articulo son excluyentes no se pueden aplicar de manera conjunta. 1. Reduccion de pago para pensionistas: Reduccion del pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, Equivalentes a 50% de los Arbitrios Municipales, siempre que reunan los requisitos siguientes: A) Los pensionistas propietarios de un solo predio que este destinado a vivienda de los mismos. Para los pensionistas propietarios del inmueble, ya sea a titulo personal de la sociedad conyugal, el tramite es automatico con la MORDAZA de los requisitos para concederle al beneficio establecido en el Articulo 19º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 156-2004-EF y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Nº 74-MDSM. B) Los Pensionistas que desarrollen actividad comercial a nombre propio en el predio destinado a vivienda de los mismos o utilizando la cochera del inmueble como predio anexo al principal, se les otorgara el beneficio del 50% de descuento de los Arbitrios Municipales, previa constatacion por la Gerencia de Rentas que, la actividad comercial cuenta con la autorizacion respectiva y no se encuentra registrada a nombre de un tercero. 2. Incentivos por pago al contado: Los contribuyentes con predios cuyo uso sea MORDAZA habitacion que cancelen en forma total los Arbitrios 2008, tendran cinco por ciento de descuento (5%) sobre el monto insoluto de los Arbitrios Municipales de los meses de enero a diciembre del 2008; siempre que el pago se realice hasta el 28 de febrero del ejercicio fiscal 2008,

Aprueban MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2008
ORDENANZA Nº 148-MDSM San MORDAZA, EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.