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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de febrero de 2008 365491 271, conforme a la determinación mensual de los arbitrios municipales fi jada en dicha norma, resulta oportuno complementarla estableciendo las fechas de vencimiento de dichas obligaciones; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- FÍJESE como fechas de vencimiento para el pago de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo de los cuatro trimestres del año 2008, el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre respectivamente de conformidad con la determinación mensual establecida en la Ordenanza Nº 271. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Dado en la Casa Consistorial de Mirafl ores a los veintiún días del mes de enero de dos mil ocho. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 159220-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE Y AUYOS Adecuan la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Tana a la Ley Nº 27972 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Yauyos, mediante Ofi cio N° 035-2008-A/MPY/G, recibido el 30 de enero de 2008) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2005-MPY Yauyos, 30 de diciembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO:Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre del 2005, el Informe Nº 14-2005- CDAMCP-Y, de la Comisión de Adecuación de las Municipalidades de Centro Poblados-Yauyos. El Concejo Provincial de Yauyos, con el VOTO DE LA MAYORÍA LEGAL DE LOS SEÑORES REGIDORES y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Art. 194º establece que las Municipalidades Provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú prescribe que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas de acuerdo a Ley. Que, el Art. 195º de la Constitución Política del Perú señala, que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.Que, en la jurisdicción de la provincia de Yauyos fueron creadas las denominadas; municipalidad de centro poblado menor entre los años 1993, 1999,2000,2001 Y 2003, durante la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Que la administración municipal anterior,no realizó la debida transferencia del acervo documentario,que sustente la creación de las denominadas; municipalidades de centros poblados menores, por lo que, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Décimo Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 , la Municipalidad Provincial de Yauyos , solicitó a los Alcaldes distritales mediante Ofi cio Múltiple Nº 030-2003-A/MPY, la documentación mediante el cual fueron creadas, no recibiendo respuesta. Que, la Municipalidad Provincial de Yauyos, emitió la Ordenanza Nº 013-2004-A/MPY, otorgando un plazo de 30 días a las municipalidades de centros poblados creadas durante la vigencia de la Ley Nº 23853, para que presenten a la Municipalidad Provincial los documentos que sustenten su creación, de acuerdo al Art. 5º de la Ley Nº 23853, vigente a la fecha su creación. Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 013-2004- A-MPY, los Alcaldes de las Municipalidades de los Centros Poblados: San Juan de Malleuran, San Lorenzo de Tamara y San Martín de Aucampi, presentaron la documentación requerida. Que, mediante Resolución Municipal Nº 047-00-CMMPY de fecha 19 de mayo del 2000 se creó la Municipalidad de Centro Poblado Menor de Tana, jurisdicción del distrito de Lincha , durante la vigencia de la Ley Nº 23853. Que, la Municipalidad Provincial de Yauyos, a efecto de proceder a la Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Nº 27972, expidió la Ordenanza Nº 016-2004-A/MPY, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de noviembre del 2004 , otorgando por única vez, una prórroga de 30 días a las Municipalidades de Centros Poblados creadas durante la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, para que presenten la documentación que acredite su creación. Que, el Congreso de la República promulgó la Ley Nº 28458, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de enero del 2005, norma legal que establece el objeto de la Ley, el proceso de adecuación y las transferencias a las municipalidades de centros poblados así como el plazo para la adecuación de las municipalidades de centros poblados a la Ley Nº 27972. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 032-2004 A/MPY, se nombró la Comisión de Adecuación de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos. Que, la Comisión de Adecuación de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos, ha emitido el; Informe Nº 14-2005-CDAMCP-Y- de fecha 15-12-2005, relacionado con la Municipalidad de Centro Poblado de Tana, jurisdicción del distrito de Lincha, concluyendo que la creación de la municipalidad del centro poblado de Tana , fue creada dando cumplimiento con el Art. 5º de la Ley Nº 23853 vigente a la fecha de su creación y que la adecuación, deberá realizarse, de acuerdo a lo que determine la Sesión de Concejo en base a su autonomía económica, administrativa y política. Estando a lo expuesto, con las facultades establecidas en el inciso 19 del artículo 9º y artículo 128º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es APROBAR el Informe de la Comisión de Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos, relacionado con la Municipalidad de Centro Poblado de Tana jurisdicción del distrito de Lincha, determinando las competencias, funciones, y atribuciones administrativas económico-tributarías, a ser ejercidas por la Municipalidad de Centro Poblado de Tana, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, permitiéndoles sostener la prestación de servicios públicos locales. Artículo 2º.- ADECUACIÓN Se APRUEBA ADECUAR la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Tana, creada durante la vigencia de la Ley Nº 23853 a la Ley Nº 27972. Artículo 3º.- DEL TERRITORIO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El Territorio de la Municipalidad del Centro Poblado de Tana, comprende el Territorio, de acuerdo al Plano que