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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (06/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2008 365960 Que, sobre la base de dicha norma, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 01-2008-PCM/SD, se ampliaron, hasta el 31 de marzo de 2008, los plazos de todos los procesos de transferencia que la Secretaría de Descentralización venía ejecutando, comprendidos en el Plan Anual de Transferencia 2007, antes mencionado, y el Shock Descentralizador, con efi cacia anticipada al término de los mismos; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Viceministro de Transportes suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Madre de Dios y Moquegua, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante Ofi cio Nº 1505-2007-MTC/02, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 006-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Transportes; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Ministro de Agricultura suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Junín y La Libertad, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante los Ofi cios Nº 180-2008-AG-UCAD Nº 032-AD/CEN y Nº 005-2008-PCM/SD-OGI-GVCH, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 007-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia Agraria; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Viceministra de Comunicaciones suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Lambayeque y Puno, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante el Ofi cio Nº 085-2008-MTC/26, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 008-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Apurímac, Moquegua y Pasco, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante los Ofi cios Nº 004-2008-MIMDES/DVMS y Nº 045-2008-MIMDES/DVMS, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 009-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Población; y, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Loreto y Tumbes, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante los Memorándums Nº 565-2007-PCM/SG-OGPP y Nº 48-2008-PCM/SG-OGPP, con los cuales se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 010-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia Ambiental y de Ordenamiento Territorial; y, Defensa Civil, que incluye la función d), a cargo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, al haber emitido los Informes de Concordancia Nº 006-2008-PCM/SD-OTME, Nº 007-2008-PCM/SD-OTME, Nº 008-2008-PCM/SD-OTME, Nº 009-2008-PCM/SD-OTME y Nº 010-2008-PCM/SD-OTME, antes mencionados, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, debe proceder a acreditar a los Gobiernos Regionales declarados APTOS para ejercer las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia 2004, 2005, 2006 y 2007, que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia; mediante la emisión de la norma correspondiente;Que, luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car a la Presidencia del Consejo de Ministros; y, a los Ministerios de Transportes y Comunicaciones; Agricultura; y, Mujer y Desarrollo Social, así como a dichos Gobiernos Regionales, para que procedan a la Efectivización de la transferencia de las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD - “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD y, las medidas dispuestas para identifi car y cuantifi car recursos asociados a las funciones materia de transferencia, aprobadas por Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, en el nuevo plazo señalado por el Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 01-2008-PCM/SD, que vence el 31 de marzo de 2008; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nºs. 27783, 27867 y 28273; los Decretos Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021-2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 063-2007-PCM, Nº 093-2007-PCM y Nº 001-2008-PCM ; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 017-2007-PCM/SD, Nº 023-2007-PCM/SD, Nº 025-2007-PCM/SD, Nº 037-2007-PCM/SD, Nº 051-2007-PCM/SD y Nº 01-2008-PCM/SD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acreditación de funciones en materia de Transportes Certifi car que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Madre de Dios y Moquegua, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Transportes, según el Informe de Concordancia Nº 006-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 1, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Acreditación de funciones en materia Agraria Certifi car que el Ministerio de Agricultura y los Gobiernos Regionales de Junín y La Libertad, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de funciones sectoriales, en materia Agraria, según el Informe de Concordancia Nº 007-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 2, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Acreditación de funciones en materia de Telecomunicaciones Certifi car que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Lambayeque y Puno, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones, según el Informe de Concordancia Nº 008-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 3, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 4.- Acreditación de funciones en materia de Población; y, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades Certifi car que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y los Gobiernos Regionales de Apurímac, Moquegua y Pasco, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR,