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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (06/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2008 365966 Por: Miembro Titular: Miembro Suplente: - MINCETUR Madeleine Burns Iván Amílcar Vidaurrázaga Morote Canales - PROMPERÚ Ricardo Limo del Miguel Viaña Castillo Rosa-Péréz - Gobierno Regional Edgar Antonio Álvarez Jorge Luis de Ucayali Gómez Sangama Ramírez- Actividades Ckristian Javier Hurtado Agustina Valera Artesanales de Ucayali Panduro Rojas- Servicios Turísticos Nora Córdova Gamarra Silvana Solórzano de Ucayali. Stiglich” Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 160393-1 DEFENSA Delegan facultades para aprobar modificaciones presupuestarias y calendarios de compromiso y sus ampliaciones al Viceministerio de Políticas para la Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2008-DE/SG Lima, 22 de enero de 2008Visto el Ofi cio Nº 1659-VAAE/A/01, del 21 de diciembre de 2007, de la Dirección Técnica de Economía del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público - Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 28411 dispone que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, establece que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que los Calendarios de Compromisos y sus ampliaciones en los Pliegos del Gobierno Nacional se sujetan al procedimiento de aprobación establecido, para los gobiernos regionales y locales, en el párrafo 30.1 literal b) del artículo 30º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Dichos Calendarios de Compromisos y sus Ampliaciones son aprobados por el Titular del Pliego o por quien éste delegue, a propuesta del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, y se sujetan a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada que establezca la Dirección Nacional de Presupuesto Público, conforme a la evaluación de ingresos y gastos realizada por el Comité de Caja y/o en función de la programación macroeconómica de ingresos;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegar al Viceministerio de Políticas para la Defensa, la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el Año Fiscal 2008, correspondientes al Pliego 026 Ministerio de Defensa. Artículo 2º.- Delegar al Viceministerio de Políticas para la Defensa, la facultad de aprobar los Calendarios de Compromisos y sus Ampliaciones para el Año Fiscal 2008, correspondientes al Pliego 026 Ministerio de Defensa. Artículo 3º.- Las aprobaciones establecidas en el artículo 1º y 2º de la presente Resolución, se efectuarán previo informe favorable de la Dirección General de Planificación, Presupuesto e Inversiones para la Defensa del Viceministerio de Políticas para la Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARAOZ E. Ministro de Defensa 161140-1 Exoneran a SENAMHI de proceso de selección para la renovación del servicio para el soporte técnico, actualización y mantenimiento del software de base de datos Oracle RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 0018 SENAMHI-PREJ-OGA-OAS/2008 Lima, 28 de enero de 2008VISTO: El Oficio N° 055-SENAMHI-OGA-OAS/2008 del 28 de enero del 2008 mediante el cual, el Director de la Oficina General de Administración dando cumplimiento a los dispositivos legales vigentes, solicita se emita la Resolución Presidencial Ejecutiva autorizando la ejecución del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por Exoneración Nº 0001-2008-SENAMHI por la renovación del servicio para el soporte, actualización y mantenimiento del software de base de datos Oracle. CONSIDERANDO: Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2008 fi nanciado con Recursos Ordinarios (R.O.), se encuentra programado el proceso correspondiente a la renovación del servicio para el soporte técnico, actualización y mantenimiento del software de base de datos Oracle; Que, la Ofi cina General de Estadística e Informática con el Ofi cio N° 012-SENAMHI-OGEI/2008 del 15 de enero del 2008, solicita renovar el contrato de soporte técnico, actualización y mantenimiento del software de base de datos Oracle, a fi n de cumplir con las obligaciones pactadas con el Estudio Nacional del Fenómeno el Niño - ENFEN, en el sostenimiento del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad de Pronóstico y Evaluación del Fenómeno del Niño” del Banco Mundial; Que, la Ofi cina General de Administración con el Ofi cio Nº 050-SENAMHI-OGA-OAS/2008 del 24-01-08, remite el Informe Técnico-Económico Nº 001-SENAMHI-