Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2008 (06/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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1.1 En el punto de ingreso al MORDAZA a) En el Puesto de Control (PC) de Desaguadero en MORDAZA, el usuario debera presentar ante el SENASA, los siguientes documentos: - Declaracion Jurada de Ingreso (original y copia) indicando que el tramite de importacion se va realizar en el PC Matarani o en el Terminal de Almacenamiento autorizado de Aduanas en la MORDAZA de Arequipa. En este documento se debera consignar el nombre y direccion del importador, producto vegetal, partida arancelaria correspondiente, peso individual del lote a ser importado (peso por cada camion), cantidad y MORDAZA de envase, MORDAZA de origen, MORDAZA de procedencia, numero de Certificado Fitosanitario de origen del envio completo, fecha de ingreso al MORDAZA y fecha de llegada al Puesto de Control de Matarani o Terminal Almacenamiento autorizado en la MORDAZA Arequipa. - MORDAZA del documento de transporte (carta porte) y MORDAZA del Manifiesto de Carga Internacional (MCI), en cada uno de estos documentos se debe consignar el numero del Certificado Fitosanitario de origen, en los respectivos recuadros de documentos anexos. - MORDAZA del Certificado Fitosanitario de origen, cumpliendo los requisitos fitosanitarios establecidos en el respectivo Permiso Fitosanitario de Importacion emitido previamente por el SENASA, ademas de lo establecido en el presente articulo. Para los productos de la Categoria de Riesgo Fitosanitario 1 (torta y pellets de soya) se adjuntara el Documento oficial emitido por la ONPF de Bolivia b) El Inspector de Cuarentena Vegetal destacado en el PC de Desaguadero, verificara el envio asi como su condicion de aislamiento, en senal de conformidad, procedera a colocar un sello de "verificado" y su firma en el original de la Declaracion Jurada de Ingreso y en la MORDAZA del MCI, los cuales seran entregados al usuario para su posterior MORDAZA al momento de realizar el tramite de nacionalizacion en el PC de Matarani o en el Terminal de Almacenamiento autorizado de Aduanas en la MORDAZA de Arequipa. c) En caso que el envio se transporte en varios camiones, las demas unidades de transporte solo presentaran MORDAZA simple del MCI, que tambien seran sellados y firmados por el Inspector de Cuarentena Vegetal y MORDAZA del Certificado Fitosanitario que ampara el envio completo. 1.2 En el PC - Matarani o en el Terminal de Almacenamiento autorizado de Aduanas en la MORDAZA de MORDAZA a) Una vez que el envio se encuentre completo, este sera inspeccionado por el SENASA, para lo cual el importador o su Agente de Aduanas presentara: el Permiso Fitosanitario de Importacion (solo para granos), la Declaracion Jurada de Ingreso en original y sellada por el SENASA en el PC de Desaguadero (Puno), Certificado Fitosanitario de Origen (original) o Documento oficial emitido por la ONPF de Bolivia para las importaciones de torta y pellets de soya, MORDAZA de la Declaracion Unica de Aduanas numerada, MORDAZA de la carta porte y copias de los respectivos MCI sellados por el SENASA en el PC de Desaguadero (Puno) segun sea el caso. Los pagos correspondientes por los servicios brindados por el SENASA se regiran segun el MORDAZA vigente. 1.3 Tratamiento de fumigacion de los envios importados a) Todos los productos mencionados en el presente articulo deberan cumplir adicionalmente a lo senalado en el Permiso Fitosanitario de Importacion, el siguiente tratamiento de fumigacion el cual debe venir consignado en el respectivo Certificado Fitosanitario de origen - Fumigacion con Bromuro de Metilo: (utilizar una de las siguientes dosis) 40 g/m3 /12h/Tº a 32 ºC o mas; 56 g/m3/12h/Tº 27 a 31 ºC; 92 g/m3/12h/Tº 21 a 26 ºC; 96 g/m3/12/Tº 16 a 20 ºC; 120 g/m3/12h/10 a 15 ºC;144g/ m3/12h/Tº 4.5 a 9ºC; o: - Fumigacion con Fosfamina: (utilizar una de las siguientes dosis) 3g/m3/72h/Tº 16 a 20ºC; 2g/m3/96h/Tº 21ºC o mas; 2g/m3/120h/Tº 16 a 20ºC; 2g/m3/144h/Tº 11 a 15ºC; 2g/m3/240h/Tº 5 a 10ºC b) El producto fumigado debe tener como periodo minimo de aireacion 12 horas.

Articulo 2°.- El procedimiento para el ingreso de los productos citados en el Articulo 1°, en el Puesto de Control de Matarani o en el Terminal de Almacenamiento autorizado de Aduanas en la MORDAZA de MORDAZA, se sujetara a las disposiciones contenidas en la Ley 27322, Decreto Supremo N° 048-2001-AG y Decreto Supremo N° 032-2003-AG y sus disposiciones complementarias. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 160347-4

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican conformacion del Consejo Directivo del CITE Artesania Ucayali
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-2008-MINCETUR/DM MORDAZA, 1 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 023-2005MINCETUR, de fecha 16 de junio del 2005, se creo el Centro de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo de Ucayali - CITE Artesania Ucayali, con sede en el departamento de Ucayali, como un CITE del Estado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2272005-MINCETUR/DM, de fecha 25 de MORDAZA del 2005, se conformo el Consejo Directivo del referido CITE, integrado, entre otros, por un representante del Gobierno Regional de Ucayali, un representante de las Actividades Artesanales y un representante de la entonces Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX; Que, mediante Oficio Nº 371-2007-G.R.Ucayali-P, el Presidente Regional del Gobierno Regional de Ucayali ha propuesto la designacion de sus nuevos representantes titular y alterno ante el mencionado Consejo Directivo; Que, asimismo, mediante Carta s/n, la Presidente de la Federacion de Artesanos y Escultores de la Region Ucayali, ha propuesto la designacion de sus nuevos representantes titular y alterno ante el referido Consejo Directivo; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR, han sido fusionadas la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU y la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole a esta MORDAZA la calidad de entidad incorporante. Asimismo, como consecuencia de la referida fusion, PROMPEX ha adoptado el nombre de Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU; Que, resulta necesario actualizar la conformacion del Consejo Directivo del CITE Artesania Ucayali; De conformidad con la Ley Nº 27267 ­ Ley de Centros de Innovacion Tecnologica, modificada por la Ley Nº 27890, y el inciso k) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2002-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 227-2005-MINCETUR/DM, el cual quedara redactado de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 1º.- El Consejo Directivo del Centro de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo de Ucayali, estara conformado de la siguiente forma:

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