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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (06/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de febrero de 2008 365977 PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial Nº 341- 2005-PRODUCE, cumpliendo con presentar los requisitos para tal procedimiento, por lo cual, se determina que la solicitud, deviene procedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 553-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 664-97-PE, modifi cada en su titularidad por Resolución Directoral Nº 041-2004-PRODUCE/DNEPP, que otorgó permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA MARIA ENMA S.A.C. para operar la embarcación pesquera TIBURÓN 7 de matrícula Nº CO-16854-PM con 438,48 m3 de capacidad de bodega, solo en el extremo referido a la implementación del sistema de preservación a bordo, entendiéndose que la citada embarcación cuenta con sistema de preservación RSW a bordo; manteniéndose los demás términos y condiciones del permiso otorgado inicialmente. Artículo 2°.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deberán mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3º.- Incorporar el sistema de preservación RSW de la embarcación pesquera TIBURÓN 7 de matrícula Nº CO-16854-PM y la presente Resolución Directoral en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y en el Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 160326-1 SALUD Designan Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2008/MINSA Lima, 4 de febrero del 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 060-2008/ MINSA del 31 de enero de 2008, se encargó al Ingeniero Luis Enrique Sifuentes Valverde, Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, las funciones de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del cargo; Que, por convenir al servicio resulta necesario designar al profesional propuesto dándose término al encargo de funciones antes citado; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; artículo 77º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; literal b) del artículo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y artículo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Economista Francisco Rubén ALCALA MARTINEZ, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, dándose término al encargo de funciones dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 060-2008/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 160902-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican artículo de los “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú” DECRETO SUPREMO N° 004-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27779, Ley Orgánica que modifi ca la Organización y Funciones de los Ministerios, creó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con la misión de integrar interna y externamente al país, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculando las áreas de recursos, producción, mercados y centros poblados, a través de la regulación, promoción, ejecución y supervisión de la infraestructura de transportes y comunicaciones; Que, el artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, que incorporó el Título I “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú” al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, se fi jaron entre otras metas para el año 2011, alcanzar una teledensidad de 12 líneas