Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2008 (14/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2008

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Fijan tasas por emision mecanizada de los recibos del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2008
ORDENANZA Nº 98 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion de la fecha, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA TASAS POR EMISION MECANIZADA DE LOS RECIBOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO 2008 Articulo 1º.- Apliquese para el Ejercicio 2008, los montos de las tasas que fueron fijadas para el Ejercicio 2007, a traves de la Ordenanza Nº 80, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 449, ambos publicados en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 29 de diciembre del 2006, debiendo cobrarse por los servicios administrativos de actualizacion de valores determinacion de tributos y distribucion de formularios como sigue: 1. Impuesto Predial.- Siete nuevos soles (S/. 7.00) por la Hoja Resumen (HR) y el primer formulario de Predio MORDAZA (PU). Cinco nuevos soles (S/. 5.00) por cada formulario de Predio MORDAZA (PU) adicional. 2. Arbitrios.- Siete nuevos soles (S/. 7.00) por todos los recibos. Los derechos establecidos se cobraran una sola vez, en la oportunidad del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y del primer trimestre de arbitrios. Articulo 2º.- Apruebase el calendario de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrio Municipal del Ejercicio 2008, segun el siguiente cuadro:
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS 2008 FECHA REAL DE VENCIMIENTO ANUAL AL CONTADO 1ra. CUOTA/ 2da. CUOTA/ 3ra. CUOTA/ 4ta. CUOTA/ TRIMESTRE

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Fijan monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial en el Ejercicio Fiscal 2008
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2008/MDV-CDV Ventanilla, 8 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 8 de febrero del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "Es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" , asimismo, el articulo 69º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades senala "Son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios"; Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004EF; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 13º de la MORDAZA MORDAZA citada, senala "Las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto del impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano al que corresponda el impuesto"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 209-2007-EF, de fecha 21 de diciembre del 2007, se determino que durante el ano 2008, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias sera de Tres mil quinientos Nuevos Soles (S/. 3.500.00); Que, mediante Memorando Nº 037-2008/MDV-GR, la Gerencia de Rentas, sugiere hacer uso de la facultad contenida en el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; proponiendo se expida una Ordenanza Municipal que fije el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial en el Ejercicio Fiscal 2008, siendo el 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano en curso, es decir, Veintiun Nuevos Soles (S/. 21.00); Que, mediante Dictamen Nº 002-2008/MDV-CR, la Comision de Rentas, aprobo Recomendar al Honorable Concejo, se apruebe la propuesta presentada por la Gerencia de Rentas, habiendose emitido el Acuerdo de Concejo Nº 015-2008/MDV-CDV; Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asi mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y

TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE

29 de febrero 29 de febrero 30 de MORDAZA 29 de agosto 28 de noviembre

Articulo 3º.- Derogase la Ordenanza Nº 94 y demas en cuanto se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los 28 dias del mes de enero de 2008. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 163594-1

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