Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2008 (14/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2008

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de Servicios de Auditoria de Mantenimiento de la Certificacion del Sistema de Gestion de la Calidad del INDECOPI, obtenida en el MORDAZA de la MORDAZA NTP-ISO 9001:2001 y, consecuentemente, autorizar al Area de Logistica y Control Patrimonial de la institucion a contratar dichos servicios con el Organismo Certificador Lloyd´s Register Quality Assurance, conforme a la modalidad prevista en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, hasta por un valor referencial de S/. 32 130.00 (treinta y dos mil ciento treinta con 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, con cargo a la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados, con sujecion a los montos debidamente presupuestados para la contratacion de dicho MORDAZA de servicios y por un plazo de doce meses. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, publicando ademas la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision, asi como en la pagina web de la Entidad y en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Directorio 163933-1

las Juntas de Acreedores en las cuales se trate la decision sobre el destino del deudor, la aprobacion del Plan de Reestructuracion, Convenio de Liquidacion y Acuerdo Global de Refinanciacion, asi como sus modificaciones, de uno de los representantes de la Comision, siendo el Secretario Tecnico, en atencion a la naturaleza de sus funciones, el Representante de la Comision ante Juntas de Acreedores, encontrandose facultado para representar a la misma; asi como por los funcionarios que esta designe para tal fin; Que, debido a la elevada carga procesal vigente, resulta necesario que la Comision designe representantes adicionales para la legalizacion de los documentos referidos en los considerandos precedentes y para que asistan a las Juntas de Acreedores actuando en nombre y representacion de la Comision en dichas reuniones; Que, para efectos de lo anterior, se ha considerado conveniente designar a los funcionarios que laboran actualmente en la Secretaria Tecnica de la Comision, cuyos nombres se indican en la parte resolutiva, debiendo ademas dejarse sin efecto la designacion realizada mediante Resolucion Nº 185-2003/CCO MORDAZA, del 28 de febrero de 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de marzo de 2003; Que, sobre la base del MORDAZA de desconcentracion de los procesos decisorios, contemplado en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica pueden delegar sus competencias en los funcionarios y servidores ejecutivos, con el objeto de que un mayor numero de estos ultimos puedan atender, tramitar y resolver las cuestiones que les MORDAZA sometidas por los interesados; En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27444, el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Ley General del Sistema Concursal; SE RESUELVE: Primero.- Dejar sin efecto la designacion de representantes realizada mediante Resolucion Nº 1852003/CCO MORDAZA, de fecha 28 de febrero de 2003 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de marzo de 2003. Segundo.- Designar como representantes autorizados de la Comision del INDECOPI MORDAZA para la legalizacion de las copias a que se refieren los articulos 21.3 y 22 de la Ley General del Sistema Concursal, para la certificacion de las copias de cualquier documento que obre en los archivos de la Comision, asi como Representantes de la Comision ante Juntas de Acreedores de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 44 de la Ley General del Sistema Concursal, desde el 1 de febrero de 2008 a las siguientes personas: Funcionarios de la Secretaria Tecnica: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Secretario Tecnico; Senorita MORDAZA Pena Cardoza; Senora MORDAZA MORDAZA Camero Cruz; Senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tercero.- Solicitar al Directorio del INDECOPI la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Con el MORDAZA favorable de los senores miembros: Dr. MORDAZA MORDAZA Cavero; CPC. MORDAZA MORDAZA Basauri; Dr. MORDAZA MORDAZA Oneto; Ing. MORDAZA MORDAZA Correa; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y; Dra. MORDAZA MORDAZA Otero. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 163934-1

Designan representantes de la Comision del INDECOPI MORDAZA para la legalizacion de copias y ante Juntas de Acreedores
COMISION DEL INDECOPI MORDAZA RESOLUCION Nº 053-2008/INDECOPI-PIU MATERIA : Nombramiento de Representantes de la Comision del INDECOPI MORDAZA MORDAZA, 31 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en los articulos 21.3 y 22 de la Ley General del Sistema Concursal, un representante de la Comision debera legalizar las copias de las resoluciones mediante las cuales se concluye el procedimiento concursal, asi como los instrumentos en los cuales se incorporan los acuerdos adoptados en Juntas de Acreedores, el Plan de Reestructuracion, el Convenio de Liquidacion, el Acuerdo Global de Refinanciacion y el auto judicial que declara la quiebra, para efectos de que, bajo responsabilidad, se ordene la inscripcion de dichas resoluciones y/o acuerdos en el Registro Personal, los Registros Publicos en los que se encuentren inscritos sus bienes, cualquier MORDAZA de registro donde aparezcan bienes o garantias constituidas sobre bienes del deudor y, en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro de Personas Juridicas correspondiente; Que, la funcion indicada en el considerando precedente es desempenada, a la fecha, por el Secretario Tecnico de la Comision, funcionario encargado ademas de la certificacion de las copias, de los demas documentos que obran en los archivos de la Comision, conforme a lo previsto en el literal e) del articulo 47 del Decreto Ley Nº 25868; Que, de otro lado, el articulo 44 de la Ley General del Sistema Concursal establece la obligatoria asistencia a

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