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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (14/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de febrero de 2008 366561 DISTRITO JUDICIAL DE SANTA  Un Juzgado Especializado en lo Civil, en la sede de la Corte Superior de Justicia;  Un Juzgado Especializado de Trabajo, en la sede de la Corte Superior de Justicia. DISTRITO JUDICIAL DE TACNA  Un Juzgado Especializado en lo Civil, con sede en el Distrito Gregorio Albarracín, para atender la carga procesal de la especialidad del Primer y Segundo Juzgados Especializados en lo Civil de la sede de la Corte Superior de Justicia de Tacna; y  Un Juzgado de Paz Letrado en el Distrito de Gregorio Albarracín, Provincia y Departamento de Tacna, quien atenderá los expedientes pendientes en trámite de los Juzgados de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia Tacna. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES  Un Juzgado Especializado en lo Penal, en la sede de la Corte Superior de Justicia;  Un Juzgado Especializado Familia - Civil, en la sede la Corte Superior de Justicia. Artículo Segundo.- Constituir la Comisión Nacional para Descarga Procesal, cuya responsabilidad en su dirección será asumida por el Consejo Ejecutivo, que tiene como fi nalidad conducir el seguimiento y monitoreo del proceso de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional y proponer al Consejo Ejecutivo las acciones complementarias que permitan operativizar adecuadamente dicho proceso, así como proponer medidas para atender la descarga procesal de expedientes en ejecución de sentencia, en reserva, en archivo transitorio y otros. La Comisión Nacional para Descarga Procesal, estará constituida en la forma siguiente:  Dr. Antonio Pajares Paredes, Vocal Supremo e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quien la Presidirá;  Dr. Wálter Ricardo Cotrina Miñano, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial;  Dr. Luis Alberto Mena Núñez, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial;  Ing. Hugo Suero Ludeña, Gerente General del Poder Judicial;  Sr. Ernesto Campos de la Cruz, Sub Gerente de Estadística de la Gerencia General del Poder Judicial, quien actuará como Secretario Técnico; La Comisión Nacional informará al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y al Presidente del Poder Judicial, de los avances del proceso de descarga. Artículo Tercero.- Constituir las Comisiones Distritales para Descarga Procesal en los 29 Distritos Judiciales. Dichas Comisiones Distritales, tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional de descarga procesal, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal. La Comisión Distrital para Descarga Procesal en cada Corte Superior de Justicia del país, estará constituida en la forma siguiente:  El Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien la Presidirá;  Un Vocal Superior; Un Juez Especializado o Mixto; Un Juez de Paz Letrado; El Administrador de la Corte Superior de Justicia; El Jefe del Área de Estadística e Informática, quien actuará como Secretario Técnico. El Vocal Superior será designado por su correspondiente Sala Plena; el Juez Especializado o Mixto y el Juez de Paz Letrado, por sus correspondientes Junta de Jueces. Mensualmente, dentro de los primeros cinco días calendario, la citada Comisión Distrital informará a la Comisión Nacional los avances del proceso de descarga. Artículo Cuarto.- Aprobar las siguientes normas y procedimientos para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de descarga procesal: a. Tendrán carácter de transitorios, por un período de seis meses, pudiendo ser prorrogados o reubicados por decisión del Consejo Ejecutivo, previo informe de la Comisión Nacional de Descarga Procesal. b. Los Magistrados de los órganos jurisdiccionales de descarga, informarán mensualmente a la Presidencia de la Comisión Distrital para su procesamiento y posterior remisión a la Comisión Nacional, sobre la producción jurisdiccional. c. Las Salas y los Juzgados de descarga sólo resolverán procesos en trámite (no incluye expedientes en ejecución, ni los que se encuentran en archivos transitorios), para lo cual los órganos jurisdiccionales permanentes remitirán tales expedientes priorizando los mas antiguos hasta la fecha de cierre del inventario (julio del año 2007), en cantidad proporcional y equitativa. d. Las Mesas de Partes o Centros de Distribución General existentes, según corresponda, recepcionarán y distribuirán los escritos y otros documentos dirigidos a las Salas y Juzgados transitorios de descarga. e. Los magistrados y personal jurisdiccional encargados de la descarga procesal participarán en talleres de inducción al despacho judicial y de unifi cación de criterios jurisdiccionales que serán impartidos en cada uno de los Distritos Judiciales, de acuerdo al programa que para tal efecto se elaborará. Artículo Quinto.- Los órganos jurisdiccionales transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima, a que se refi ere la Resolución Administrativa N° 280-2007-CE-PJ del 3 de diciembre de 2007, se adecuarán a las normas contenidas en la presente resolución, en lo que corresponda. Artículo Sexto.- Los Presidentes de las respectivas Cortes Superiores de Justicia adoptarán las acciones administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente disposición, informando a la Comisión Nacional de Descarga Procesal. Artículo Sétimo: Delegar al señor Presidente del Poder Judicial la facultad de adoptar las medidas y acciones complementarias que se requieran, para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Octavo: Recomendar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, a tener la mayor diligencia posible en la designación de magistrados provisionales y suplentes, así como de personal auxiliar, quienes deben ser los profesionales más idóneos; con la fi nalidad de cristalizar con éxito el proceso de descarga procesal en marcha. Articulo Noveno.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDESWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 164522-1