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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (14/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de febrero de 2008 366569 de Ayacucho, que consta de Seis (6) Títulos, Dieciséis (16) Capítulos, Ciento Sesenta (160) Artículos, Dos (02) Disposiciones Transitorias y Una (01) Disposición Final, que en calidad de Anexo se adjunta a la presente Ordenanza Regional. Artículo Seguro.- DEJAR SIN EFECTO el Reglamento Interno del Consejo Regional Reformado, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR de fecha 31 de enero del 2007. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 31 días del mes de enero del año dos mil ocho. CÉSAR F. LAGOS ARRIARÁN Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 31 días del mes de enero del año dos mil ocho. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 163516-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno para el período 2008 ACUERDO REGIONAL Nº 119-2007-CR PUNO Puno, 28 de diciembre de 2007VISTO:El Acta de Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 28 de diciembre del 2007 ha tratado, debatido, y aprobado por mayoría el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13º indica que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador; concordante con el artículo 37º literal a) el Consejo Regional dicta Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales literal a) señala, que es atribución del Consejo Regional el de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y la Ley Nº 28968 que modifi ca Undécima de Disposiciones Transitorias Complementarias y Finales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala “Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional; lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría simple”; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, Ley Nº 27902, 28968; ACUERDA:Artículo Primero.- Se elige al Consejero por la provincia de Huancané MVZ, Juan Sacachipana Sacachipana, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, para el período del año 2008, quien convocará y presidirá las Sesiones del Consejo Regional. Artículo Segundo.- Disponer, que los Acuerdos del Consejo Regional, correspondiente al año 2008, deben ser fi rmados por el Consejero Delegado electo. Artículo Tercero.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Dispensar, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS BALDÁRRAGO ABARCA Consejero Delegado del Consejo Regional 164071-1 Aceptan renuncia y designan Director Regional de Energía y Minas RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 001-2008-PR-GR PUNO Puno, 2 de enero de 2008EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO Visto, el Memorando Nº 001-2008-GR-PUNO/PR de fecha 2 de enero de 2008; la Carta de fecha 28 de noviembre de 2007; y CONSIDERANDO:Que, la Presidencia del Gobierno Regional de Puno, ha visto por conveniente designar a partir de la fecha, al ingeniero Américo Arizaca Avalos, en el cargo de confi anza de Director Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Puno, en reemplazo del ingeniero Ernesto Sagua Alanguía, quien ha formulado renuncia irrevocable mediante Carta de fecha 28 de noviembre de 2007; Que, conforme prescribe el numeral 3.1.1 del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP Desplazamiento de Personal, aprobado por Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, concordante con el artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la designación es la acción administrativa que consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directiva o de confi anza por decisión de la autoridad competente, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen; es de carácter temporal y no conlleva a estabilidad laboral; De conformidad con lo establecido en el inciso c. del Artículo 21º Atribuciones, del Capítulo III Presidencia Regional, Título II Organización de los Gobiernos Regionales, de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas por los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia del ingeniero ERNESTO SAGUA ALANGUIA, al cargo de confi anza de DIRECTOR REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS del GOBIERNO REGIONAL PUNO,