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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366930 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones y Encargada del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 166676-1 Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Previsional DECRETO SUPREMO Nº 027-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 25967, modifi cado por la Ley Nº 26323, se crea la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, y defi nida como un Organismo Público Descentralizado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refi ere el Decreto Ley Nº 19990; así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a ley; Que, la Resolución Suprema Nº 306-2001-EF aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP; Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28532 señala que el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP procederán a modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de esta última, a fi n de adecuarlo a las disposiciones contenidas en la referida Ley; Que, en ese sentido resulta necesaria la actualización y modifi cación de la organización y funciones que realizan las diversas áreas de dicha institución, así como proporcionarle elementos técnico-normativos necesarios para su adecuado funcionamiento, a través del correspondiente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, en concordancia con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que las normas de organización y funciones de los Organismos Públicos serán aprobadas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 28532, la Ley Nº 29091, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, y con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Normalización Previsional Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP el cual consta de cinco (5) títulos y setenta y siete (77) artículos. Artículo 2º.- Plazo para la elaboración del Cuadro Para Asignación de PersonalOtórgase un plazo de sesenta (60) días hábiles para la elaboración y presentación del Cuadro para Asignación de Personal adecuado al nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP. Artículo 3º.- Adecuación al nuevo Reglamento de Organización y Funciones Otórgase facultades al Titular de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, para que disponga las medidas necesarias para la adecuación al nuevo Reglamento de Organización y Funciones. Artículo 4º.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP aprobado por el artículo 1º del presente Decreto Supremo será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Ofi cina de Normalización Previsional (www.onp.gob.pe). Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derógase la Resolución Suprema Nº 306-2001-EF. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones Encargada del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 166676-2 Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN que aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2008-EF Lima, 18 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 08 de mayo de 2007, se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada la concesión del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica, que comprende la explotación, administración y mantenimiento de la vía, la adquisición del material rodante y la operación del servicio de transporte de pasajeros y carga, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, y se encargó la conducción del referido proceso al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos; Que, mediante Resolución Suprema Nº 043-2007- EF, publicada con fecha 31 de mayo de 2007, se ratifi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en sesión de fecha 08 de mayo de 2007, a través del cual se acordó incorporar al proceso