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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366931 de promoción de la inversión privada la concesión del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de diciembre de 2007, acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, el acuerdo señalado en el considerando precedente debe ser ratifi cado por resolución suprema; Estando a lo acordado, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de diciembre de 2007, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM. Artículo 2°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones y Encargada del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 166676-5 EDUCACION Dictan medidas excepcionales para la contratación de docentes - año lectivo 2008, complementarias al D.S. N° 004-2008-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2008-ED Lima, 19 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2008- ED se aprobaron las “Políticas Sectoriales para la contratación de personal docente en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico – Productiva”, autorizando en su artículo 3° al Ministerio de Educación para emitir las disposiciones para la mejor aplicación de lo dispuesto en dicho Decreto Supremo; Que, el inciso 1 del artículo 1° del precitado dispositivo legal, establece como requisito fundamental para ser contratado como docente a partir del año lectivo 2008 en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico – Productiva ser profesor egresado, dentro del tercio superior del cuadro de méritos promocional de las Instituciones de Educación Superior No Universitaria y Facultades de Educación de las Universidades del País; Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-ED aprueba el Reglamento de la Ley N° 28649 que autoriza el Concurso Público para el nombramiento en plazas vacantes para profesores de Educación Básica y Técnico-Productiva estableciendo que en la etapa eliminatoria de dicho concurso se aplicará una prueba de conocimientos y capacidades, la misma que contempla un adecuado nivel de exigencia y transparencia compatible con la política sectorial establecida en el Decreto Supremo Nº 004- 2008-ED; Que, en algunas Direcciones Regionales de Educación, no ha sido posible la implementación del proceso de contratación en plazas docentes de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva N° 004-2008-ME/SG- OGA-UPER aprobada mediante Resolución Jefatural N° 050-2008-ED; Que, siendo así, es conveniente que a los docentes que participen en la prueba de conocimientos y capacidades para el concurso de nombramiento docente autorizada por Ley N° 28649, y obtengan la califi cación mínima de 55/100 puntos, se les exceptúe de la aplicación del requisito fundamental a que se refi ere el inciso 1 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2008-ED, permitiendo que dichos docentes participen en el proceso de contratación docente para el año lectivo 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762 modifi cado por la Ley N° 26510 y los Decretos Supremos N°s 004-2008-ED y 006-2006-ED y sus modifi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Excepcionalmente y por única vez, aquellos profesores que participen en la prueba de conocimientos y capacidades en el proceso del concurso público para nombramiento docente, autorizado por Ley N° 28649, y que obtengan el puntaje mínimo de 55/100 puntos, podrán postular para ser contratados como docentes en el año lectivo 2008, sin necesidad de cumplir con lo dispuesto en el inciso 1 del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2008-ED. Artículo 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente de la presente Resolución, será de aplicación en aquellas Direcciones Regionales de Educación en que no se haya llevado a cabo el proceso de contratación de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva N° 004-2008-ME/SG-OGA- UPER, aprobada por Resolución Jefatural N° 050-2008- ED así como en aquellas Direcciones Regionales de Educación que habiendo realizado el proceso de acuerdo a lo señalado para la primera etapa en la referida Directiva, no se hayan cubierto la totalidad de plazas vacantes. Artículo 3°.- Las situaciones no previstas en la Directiva N° 004-2008-ME/SG-OGA-UPER, aprobada por Resolución Jefatural N° 050-2008-ED y en la presente Resolución serán absueltas por la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, la que dictará las medidas que resulten necesarias. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 166677-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos DECRETO SUPREMO Nº 012-2008-EM EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA