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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366937 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar las entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, el artículo 20º de la norma en comentario establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del artículo 19º se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego en la entidad, siendo dicha facultad indelegable; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, establece que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científi cos o tecnológicos, procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimiento evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores, agregando que las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al amparo del presente artículo no serán materia de subcontratación; Que, el mismo artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran expresamente incluidos en esta clasifi cación los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, mediante Resolución Directoral Nº 01-2008/IN-0701 de fecha18 de enero de 2008, ha aprobado el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Interior para el período enero – diciembre de 2008, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal; Que, la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior y la Dirección de Información de la Policía Nacional del Perú, mediante Informe Técnico S/N OCOSMIN-MININTER / DINFO PNP, de enero de 2008, han establecido que a efectos de poder desarrollar el Plan Estrategia Publicitaria antes mencionado, requerirá la contratación de medios de comunicación escrita, radial y televisiva establecidos en el referido Plan de Estrategia Publicitaria; Que, asimismo, el referido Informe Técnico manifi esta que la Ofi cina General de Comunicación Social ha seleccionado y propuesto los medios escritos, radiales y televisivos adecuados para realizar la difusión de las campañas de comunicación institucional en consideración de los públicos objetivos a los que se quiere llegar y en función de los índices de lectoría, audiencia o sintonía, según corresponda, por lo que resulta inviable e innecesaria la comparación con otros potenciales proveedores, confi gurándose la causal de servicios personalísimos para la exoneración del proceso de selección; Que, la Estrategia Publicitaria aprobada y la información técnica alcanzada mediante Ofi cio Nº 051- 2008-DINFO PNP / DIVREPUB.Sec., de fecha 15 de febrero de 2008, se ha considerado un presupuesto que permitirá alcanzar los objetivos trazados en ella, el mismo que asciende a la suma de S/. 6 273 251,68 (Seis millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y uno y 68/100 Nuevos Soles), monto para el cual se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, correspondiente a la Unidad Ejecutora 002 – Dirección de Economía y Finazas de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante Ofi cio Nº 069-2008-DIREJADM- DIRECFIN-PNP-DEP/DEC, de fecha 18 de enero de 2008, el Jefe de la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, informa que existe la disponibilidad presupuestal para la Contratación de Servicio de Publicidad para la Policía Nacional del Perú por el importe de S/. 6,840,000.00 (Seis millones ochocientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles) de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR); Que, las Resoluciones que aprueban la exoneración respectiva, requieren obligatoriamente del sustento técnico-legal previo, con la posterior publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo estas adquisiciones o contrataciones realizadas mediante acciones inmediatas; Que, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. Que, al haberse confi gurado la causal prevista en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalismos, resulta procedente aprobar la exoneración para la contratación de los servicios personalísimos de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria Enero- Diciembre 2008, por la suma de S/. 6 273 251,68 (Seis millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y uno y 68/100 Nuevos Soles); Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente, así como por el artículo 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 – Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003 – 2004 - IN; y artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Exonerar por la causal de servicios personalísimos la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria enero-diciembre 2008, aprobado por la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, hasta por el monto de S/. 6 273 251,68 (Seis millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y uno y 68/100 Nuevos Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 2.- Conforme a lo expresado en el Informe Técnico S/N OCOSMIN-MININTER / DINFO PNP, de enero de 2008, los medios de comunicación con los que se contratará para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria son los que a continuación se detallan: MEDIOS ESCRITOS MONTO PREVISTO 01. El Comercio S/. 215 652,04 02. El Peruano S/. 144 055,56 03. La República S/. 218 001,4204. El Popular S/. 231 195,9005. Expreso S/. 113 704,5006. Extra S/. 24 897,18 07. Correo S/. 219 213,00 08. Gestión S/. 48 185,2709. La Razón S/. 48 145,4010. El Trome S/. 148 352,4311. Perú 21 S/. 95 786,9012. Ojo S/. 102 359,04