Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2008 (20/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar las entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, el articulo 20º de la MORDAZA en comentario establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego en la entidad, siendo dicha facultad indelegable; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, establece que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimiento evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores, agregando que las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al MORDAZA del presente articulo no seran materia de subcontratacion; Que, el mismo articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran expresamente incluidos en esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior, mediante Resolucion Directoral Nº 01-2008/IN-0701 de fecha18 de enero de 2008, ha aprobado el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Interior para el periodo enero ­ diciembre de 2008, en aplicacion de lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal; Que, la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior y la Direccion de Informacion de la Policia Nacional del Peru, mediante Informe Tecnico S/N OCOSMIN-MININTER / DINFO PNP, de enero de 2008, han establecido que a efectos de poder desarrollar el Plan Estrategia Publicitaria MORDAZA mencionado, requerira la contratacion de medios de comunicacion escrita, radial y televisiva establecidos en el referido Plan de Estrategia Publicitaria; Que, asimismo, el referido Informe Tecnico manifiesta que la Oficina General de Comunicacion Social ha seleccionado y propuesto los medios escritos, radiales y televisivos adecuados para realizar la difusion de las campanas de comunicacion institucional en consideracion de los publicos objetivos a los que se quiere llegar y en funcion de los indices de lectoria, audiencia o sintonia, segun corresponda, por lo que resulta inviable e innecesaria la comparacion con otros potenciales proveedores, configurandose la causal de servicios personalisimos para la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, la Estrategia Publicitaria aprobada y la informacion tecnica alcanzada mediante Oficio Nº 0512008-DINFO PNP / DIVREPUB.Sec., de fecha 15 de febrero de 2008, se ha considerado un presupuesto que permitira alcanzar los objetivos trazados en MORDAZA, el mismo que asciende a la suma de S/. 6 273 251,68 (Seis millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y uno y 68/100 Nuevos Soles), monto para el cual se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, correspondiente a la Unidad Ejecutora 002 ­ Direccion de Economia y Finazas de la Policia Nacional del Peru; Que, mediante Oficio Nº 069-2008-DIREJADMDIRECFIN-PNP-DEP/DEC, de fecha 18 de enero de 2008, el Jefe de la Division de Ejecucion Presupuestal

de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, informa que existe la disponibilidad presupuestal para la Contratacion de Servicio de Publicidad para la Policia Nacional del Peru por el importe de S/. 6,840,000.00 (Seis millones ochocientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles) de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR); Que, las Resoluciones que aprueban la exoneracion respectiva, requieren obligatoriamente del sustento tecnico-legal previo, con la posterior publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo estas adquisiciones o contrataciones realizadas mediante acciones inmediatas; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalismos, resulta procedente aprobar la exoneracion para la contratacion de los servicios personalisimos de publicidad necesarios para la ejecucion del Plan de Estrategia Publicitaria Enero- Diciembre 2008, por la suma de S/. 6 273 251,68 (Seis millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y uno y 68/100 Nuevos Soles); Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente, asi como por el articulo 5º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 ­ Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003 ­ 2004 - IN; y articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- Exonerar por la causal de servicios personalisimos la contratacion de los servicios de publicidad necesarios para la ejecucion del Plan de Estrategia Publicitaria enero-diciembre 2008, aprobado por la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior, hasta por el monto de S/. 6 273 251,68 (Seis millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y uno y 68/100 Nuevos Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 2.- Conforme a lo expresado en el Informe Tecnico S/N OCOSMIN-MININTER / DINFO PNP, de enero de 2008, los medios de comunicacion con los que se contratara para la ejecucion del Plan de Estrategia Publicitaria son los que a continuacion se detallan: MEDIOS ESCRITOS MONTO PREVISTO S/. 215 652,04 S/. 144 055,56 S/. 218 001,42 S/. 231 195,90 S/. 113 704,50 S/. 24 897,18 S/. 219 213,00 S/. 48 185,27 S/. 48 145,40 S/. 148 352,43 S/. 95 786,90 S/. 102 359,04

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