Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2008 (26/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de febrero de 2008

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 247-2008-MP-FN MORDAZA, 25 de febrero de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 030-2008-MP-FN-JFS, de fecha 07 de febrero del 2008, se crearon Fiscalias de caracter permanente en los Distritos Judiciales a nivel nacional. Que, al encontrarse vacantes las plazas de Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA, Distrito Judicial de Tacna, se hace necesario cubrir el referido Despacho con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo. Estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA Rejas MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Tacna, Distrito Judicial de Tacna, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Tacna; materia de la Resolucion Nº 1423-2002MP-FN, de fecha 2 de agosto del 2002. Articulo Segundo.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Rejas MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA, con retencion de su cargo de carrera. Articulo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Ccaso, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA Albarracin. Articulo Cuarto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Osco, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, designandolo en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Tacna. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Tacna, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal Suprema Titular Encargada del Despacho de la Fiscalia de la Nacion 168761-8

de Administracion Tributaria (SUNAT) es el organo administrador del aludido impuesto; Que de acuerdo a lo senalado en el numeral 9.1 del articulo 9° del referido reglamento, los sujetos del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo presentaran la declaracion jurada en el medio, forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia; Que mediante el articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia N° 091-2005/SUNAT se aprobo el Formulario Virtual N° 1690 "Impuesto a las Embarcaciones de Recreo" a traves del cual se presentara la Declaracion Jurada Anual del citado impuesto; Que el articulo 3° de la aludida resolucion establecio el procedimiento para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, exclusivamente a traves de SUNAT Virtual; Que resulta necesario establecer el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, correspondiente al ano 2008; Que de otro lado, el numeral 9.2 del articulo 9° del Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo establece que el impuesto podra ser pagado al contado o en forma fraccionada en cuatro (4) cuotas trimestrales, en el medio, forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia; Que el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 091-2005/SUNAT establecio los plazos en los cuales puede realizarse tanto el pago al contado como el pago fraccionado del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo y que este se debe realizar mediante el Sistema Pago Facil utilizando para tal efecto el Formulario Virtual N° 1662 ­ Boleta de Pago; Que con la finalidad de facilitar el pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, se deben establecer los plazos para el pago al contado y pago fraccionado del citado impuesto correspondientes al ano 2008; En uso de las facultades conferidas por el articulo 83° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004EF y normas modificatorias, el articulo 9° del Decreto Supremo N° 057-2005-EF, el articulo 11° de la Ley General de SUNAT aprobada por Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Resolucion, se entendera por: a) Impuesto b) Formulario Virtual N° 1690 : : Al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. Al formulario denominado "Impuesto a las Embarcaciones de Recreo", aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 091-2005/SUNAT, mediante el cual se presentara la declaracion. A los senalados en el numeral 3.1 del articulo 3° del Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo aprobado por el Decreto Supremo N° 057-2005-EF. Al MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es http://www.sunat.gob.pe. Al Sistema a traves del cual los deudores tributarios declaran y/o MORDAZA sus obligaciones tributarias prescindiendo del uso de formularios preimpresos. Al Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo aprobado por el Decreto Supremo N° 057-2005-EF.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dictan disposiciones referidas a la declaracion y pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al ano 2008
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 022-2008/SUNAT MORDAZA, 25 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Supremo N° 057-2005-EF se dicto el Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo; Que conforme a lo dispuesto en el articulo 8° del citado reglamento, la Superintendencia Nacional

c) Sujetos del Impuesto

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d) SUNAT Virtual :

e) Sistema Pago Facil

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f)

Reglamento

:

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