Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2008 (26/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 26 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.La presente Resolucion es de observancia y cumplimiento obligatorio en las instancias de gestion educativa descentralizada senaladas en los incisos a), b) y c) del articulo 65º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAGNET MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Personal DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS A LA DIRECTIVA Nº 004-2008-ME/SG-OGA-UPER NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA ACCEDER A UNA PLAZA DOCENTE MEDIANTE CONTRATO EN EDUCACION BASICA (REGULAR, ALTERNATIVA Y ESPECIAL) Y EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA PARA EL PERIODO LECTIVO 2008. I. DE LOS PARTICIPANTES Mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-ED, se aprobaron las politicas sectoriales para la contratacion de personal docente en las instituciones educativas publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva, dentro de los cuales se establecio como requisito fundamental para ser contratado a partir del ano lectivo 2008, ser profesor egresado dentro del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional de las instituciones de Educacion Superior No Universitaria o facultades de Educacion de las Universidades del MORDAZA, a quienes en adelante se les denominara "profesores del MORDAZA superior promocional". Mediante Resolucion Ministerial Nº 0092-2008ED, de fecha 19 de febrero del 2008 se establecio que excepcionalmente y por unica vez aquellos profesores que participen en la prueba de conocimientos y capacidades en el MORDAZA de concurso publico para nombramiento docente autorizado por Ley Nº 28649, que obtengan el puntaje minimo de 55/100 puntos, podran postular para ser contratados como docentes en el ano lectivo 2008, sin necesidad de cumplir con lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2008-ED, a quienes en adelante se les denominara "profesores exonerados". II. DE LAS ETAPAS DE CONCURSO 1. DE LA PRIMERA ETAPA 1.1 DE LA DRE/UGEL QUE LLEVO A CABO LA PRIMERA ETAPA DE CONCURSO a) La Direccion Regional de Educacion o Unidad de Gestion Educativa Local segun corresponda, que llevo a cabo el MORDAZA de evaluacion de la Primera Etapa senalada en el Capitulo IX de la Directiva Nº 004-2008ME/SG-OGA-UPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2008-ED, culminara dicha etapa con la emision de la resolucion de aprobacion del contrato correspondiente. b) Si, luego de culminada dicha etapa aun existen plazas vacantes, podran postular a un contrato los profesores exonerados, quienes presentaran su solicitud ante el comite de evaluacion de la Institucion Educativa, Unidad de Gestion Educativa Local o Direccion Regional de Educacion, segun corresponda, adjuntando su expediente ademas de una declaracion jurada en la cual manifieste el puntaje obtenido en la prueba de conocimientos y capacidades en el MORDAZA de concurso publico para nombramiento docente autorizado por Ley Nº 28649, la misma que estara sujeta a verificacion por parte de la DRE/UGEL, MORDAZA de emitir la resolucion de aprobacion del contrato correspondiente. c) Si se presentara a una plaza vacante un solo profesor exonerado se adjudicara en forma directa la plaza. d) Cuando existan mas de dos profesores exonerados que postulan a una misma plaza, la adjudicacion sera en estricto orden de meritos, al que MORDAZA obtenido mayor puntaje en la prueba de conocimientos y capacidades en el MORDAZA de concurso publico para nombramiento docente autorizado por Ley Nº 28649.

e) Si se presentan dos o mas profesores exonerados con el mismo puntaje a una misma plaza, el comite de evaluacion procedera a evaluar a dichos postulantes de acuerdo con los aspectos senalados en el numeral 1.3 del Capitulo IX de la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGAUPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 0502008-ED. 1.2 DE LA DRE/UGEL QUE NO LLEVO A CABO LA PRIMERA ETAPA DE CONCURSO a) La Direccion Regional de Educacion o Unidad de Gestion Educativa Local que no ejecuto el MORDAZA de evaluacion de la primera etapa de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGA-UPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2008-ED, realizara dicha etapa considerando ademas lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 0092-2008-ED; por lo que podran postular en MORDAZA los profesores senalados en la referida directiva y, excepcionalmente y por unica vez, los profesores exonerados. b) Los profesores que cumplan con los requisitos senalados en el literal precedente, presentaran su solicitud de contrato ante el comite de evaluacion de la Institucion Educativa, Unidad de Gestion Educativa Local o Direccion Regional de Educacion, segun corresponda de acuerdo a su nivel y especialidad, con la MORDAZA de su respectivo expediente. c) Los profesores exonerados, presentaran ademas de su expediente una declaracion jurada en la cual manifiesten el puntaje obtenido en la prueba de conocimientos y capacidades en el MORDAZA de concurso publico para nombramiento docente autorizado por Ley Nº 28649, la misma que debera ser verificada por parte de la DRE/UGEL, MORDAZA de emitir la resolucion de contrato. d) Si se presentara a una plaza vacante un solo profesor del MORDAZA superior promocional o un profesor exonerado se adjudicara la misma en forma directa. e) Cuando existan mas de dos postulantes a una misma plaza, el comite de evaluacion procedera con la verificacion de los requisitos y adoptara los criterios que corresponda en los siguientes casos: - Si postula a una plaza mas de un profesor exonerado, se adjudicara al que MORDAZA obtenido mayor puntaje; en caso exista empate se procedera con la evaluacion del expediente de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.3 del Capitulo IX de la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGAUPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 0502008-ED. - Si postula a una plaza uno o mas profesores del MORDAZA superior promocional, se evalua de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.3 del Capitulo IX de la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGA-UPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2008-ED. - Si postula a una plaza un profesor exonerado y un profesor del MORDAZA superior promocional, el comite de evaluacion procedera con la evaluacion del expediente de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.3 del Capitulo IX de la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGA-UPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2008-ED. 2. DE LA MORDAZA ETAPA En los casos en que por motivos de fuerza mayor no sea posible la implementacion de la MORDAZA etapa senalada en la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGAUPER aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 0502008-ED, la Direccion Regional de Educacion solicitara la autorizacion correspondiente al Ministerio de Educacion con la finalidad de continuar con el MORDAZA de contratacion de docentes considerando el cuadro de meritos de los profesores que participen en la prueba de conocimientos y capacidades en el MORDAZA de concurso publico para nombramiento docente, autorizado por Ley Nº 28649. III. DEL CRONOGRAMA Para el MORDAZA de contratacion de personal docente se tiene en cuenta los siguientes cronogramas y se inicia una vez publicado los resultados de la prueba de conocimientos y capacidades a que se refiere el D.S. Nº 027-2007-ED Reglamento de la Ley Nº 28649 que autoriza el Concurso Publico para el Nombramiento en Plazas Vacantes de Profesores de Educacion Basica y Educacion

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