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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2008 (21/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de julio de 2008 376542 Vivienda y Construcción, en virtud de la fusión dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27628, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios afectados por trazos en vías públicas por trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta lo expuesto por PROVIAS NACIONAL mediante la Nota de Elevación Nº 309-2008-MTC/20 resulta viable aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del predio identifi cado con Código Nº A016, Progresiva 01+500; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27628, así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del predio identifi cado con Código Nº A016, Progresiva 01+500, afectado por el derecho de vía del Proyecto Vial Eje Multimodal Amazonas Norte Perú - Brasil, Tramo: Tarapoto - Yurimaguas, Progresivas Km. 00 + 000 al Km. 2+900, ubicado en el distrito de la Banda de Shilcayo de la provincia y departamento de San Martín, ascendente a la cantidad de US$ 33 209,51. Regístrese, comuníquese y publíqueseVERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 228300-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Piura - Sechura - Sullana RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 412-2008-MTC/03 Lima, 15 de julio de 2008VISTO, el Expediente Nº 2008-004998, presentado por don ESTEBAN RAMOS PASCUAL, sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Piura – Sechura - Sullana, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 436-2007- MTC/28, se aprobó las Bases del Concurso Público Nº 02-2007-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora y por televisión, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales, se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Onda Media (OM), para la localidad de Piura – Sechura - Sullana; Que, los días 30 de noviembre y 11 de diciembre del 2007, se llevaron a cabo los Actos Públicos de presentación de los Sobres Nºs 1, 2, 3 y 4, y de Apertura de los Sobres Nºs 1 y 2, así como la Apertura de los Sobres Nºs 3 y 4, y el Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgándose la Buena Pro para la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Piura – Sechura - Sullana, departamento de Piura, a don ESTEBAN RAMOS PASCUAL, conforme se verifi ca del Acta de los referidos Actos Públicos; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1943-2008- MTC/28 la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don ESTEBAN RAMOS PASCUAL ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 02-2007-MTC/28, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Público Nº 02-2007-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 044-2005-MTC/03 y la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización a don ESTEBAN RAMOS PASCUAL, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Piura – Sechura - Sullana, departamento de Piura; de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN ONDA MEDIA Frecuencia : 1420 KHz.Finalidad : COMERCIAL Características Técnicas: Indicativo : OCU-1F Emisión : 10K0A3EGNPotencia Nominal delTransmisor : 2.0 KW Ubicación de la Estación:Estudios : Jr. Loreto Nº 237, AA.HH. Santa Cruz, distrito de Tambo Grande, provincia y departamento de Piura. Coordenadas Geográ fi cas : Longitud Oeste : 80º 20’ 16.2’’ Latitud Sur : 04º 55’ 39.1’’ Planta transmisora : Cruce Carretera Tambo Grande a Las Lomas, distrito de Tambo Grande, provincia y departamento de Piura. Coordenadas Geográ fi cas : Longitud Oeste : 80º 20’ 06.8’’ Latitud Sur : 04º 54’ 48.0’’ Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 62 dB ȝV/m. La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares, se requiere de autorización Descargado desde www.elperuano.com.pe