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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (06/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373489 de las actividades del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural – PETT, periodo 01 de enero de 2004 al 30 de diciembre de 2005”, recomendando al señor Ministro de Agricultura (recomendación Nº 1) que disponga: que el nivel jerárquico correspondiente y la dependencia orgánica competente meritúe establecer las presuntas responsabilidades contra el señor Domingo Jaime Portugués Arias, ex Director Ejecutivo del PETT, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 32º del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y el artículo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM – Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, por los hechos expuestos en la Observación Nº 4 del Informe acotado; Que, a fi n de implementar la Recomendación acotada, con la Resolución Ministerial Nº 1522-2006-AG del 22 de diciembre de 2006, se conformó la Comisión Especial Ad Hoc de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, encargada de evaluar la procedencia o no del inicio de un proceso administrativo disciplinario en contra del señor Domingo Jaime Portugués Arias, por los hechos determinados en la Observación Nº 4, que señala: “DURANTE EL PERIODO 2004 – 2005 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL PETT, NO HA DESIGNADO A SU REPRESENTANTE PARA QUE PRESIDA EL COMITÉ DE EVALUACIÓN DE DOCUMENTOS POR LO CUAL, EL MENCIONADO COMITÉ NO HA REALIZADO ACCION ALGUNA NI HA FORMULADO EL PROGRAMA DE CONTROL DE DOCUMENTOS”, y por las denuncias presentadas por la Federación Provincial de Trabajadores de la Convención y Lares (FEPTRACYL) y la Federación Departamental de Campesinos del Cusco (FDC), documentos derivados al Ministerio de Agricultura mediante Ofi cio Nº 620-2005-PRODUCE/SG del 11 de mayo de 2005 y Ofi cio Nº 889-2005-SGPR de fecha 15 de marzo de 2005, respectivamente; mediante los cuales se señalan supuestas incapacidades de gestión, confi guración de nepotismo por la contratación indebida de personal sin evaluación curricular, manejo indebido de recursos del Estado, aprovechamiento Descargado desde www.elperuano.com.pe