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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373497 Viáticos US$ 260 x 15 días x 06 Personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 06 Personas Artículo 3º .-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 209692-14 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU., Brasil, México y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 534-2008 DE/SG Lima, 4 de junio de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 529 de fecha 26 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, la Marina de Guerra del Perú ha suscrito un Memorándum de entendimiento con la Marina de los Estados Unidos de América, en el cual se establece la ejecución de las operaciones de guerra antisubmarina SIFOREX, la misma que se lleva en forma bianual en aguas del dominio marítimo peruano; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 9 al 21 de junio de 2008, para participar del Ejercicio Bianual SIFOREX 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 534 -2008/DE/SG 4 JUN. 2008 1. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América para participar del Ejercicio Bianual SIFOREX 2008. 2.-IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: a) CAPITÁN DE FRAGATA USN JIM HUDSON b) TENIENTE PRIMERO USN WILLIAM SIPPERLYc) TÉCNICO CARLETON WADEd) TÉCNICO JOHNNY DIAZe) TÉCNICO JEFFERY CHEEKSf) TÉCNICO DEDRICK DONNELLg) OSC ELIAS MARTINEZh) OS1 DAVID SUDDERTHi) LT2J JOSE WALTERS 3.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 9 al 21 de junio de 2008. 4.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE NO INDICAN 209595-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 535-2008 DE/SG Lima, 4 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 484 de fecha 12 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, un Ofi cial de la República Federativa de Brasil ocupará a partir del mes de junio el cargo de Jefe de la Misión de Asistencia a la Remoción de Minas en América del Sur – MARMINAS; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda Descargado desde www.elperuano.com.pe