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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373498 se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y De conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 06 de junio de 2008 al 05 de junio de 2009, para desempeñarse en el cargo de Jefe de la Misión de Asistencia a la Remoción de Minas en América del Sur – MARMINAS. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 535-2008/DE/SG 4 JUN. 2008 1. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil para desempeñarse en el cargo de Jefe de la Misión de Asistencia a la Remoción de Minas en América del Sur – MARMINAS. 2.-IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: a) CORONEL MARIO SERGIO FERREIRA LACERDA3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 06 de junio de 2008 al 05 de junio de 2009 4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTENO INDICAN 209595-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 536-2008 DE/SG Lima, 4 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 528 de fecha 26 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, personal de la Junta Interamericana de Defensa realizará un estudio sobre el empleo de la Fuerza Armada en apoyo ante un Desastre Natural: Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y De conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 09 al 13 de junio de 2008, para realizar un estudio sobre el empleo de la Fuerza Armada en apoyo ante un Desastre Natural. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 536-2008/DE/SG 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Chile para realizar un estudio sobre el empleo de la Fuerza Armada en apoyo ante un Desastre Natural. 2.-IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE LA REPUBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: a) CAP. NAV. ARMADA MEXICANA JOSE ARGUDIN b) CRL EJERCITO DE CHILE JUAN ECHAURREN 3.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 09 al 13 de junio de 2008. 4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTENO INDICAN 209595-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 537-2008 DE/SG Lima, 4 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 485 de fecha 12 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el Programa de Actividades Operacionales del año 2008 de la Marina de Guerra del Perú, aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 29221, se encuentra considerada la participación del buque de los Estados Unidos de América USS “BOXER”, para la realización de un ejercicio de acción cívica en el mes de junio denominado “Acción Cívica Sociedad de las Américas”; Que, personal militar de los Estados Unidos de América ingresará a territorio nacional para realizar un seguimiento al desarrollo del mencionado ejercicio y sostener reuniones ofi ciales con el Comandante de Infantería de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, Descargado desde www.elperuano.com.pe