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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2008 (01/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367627 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29146 - Ley que deja sin efecto el Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el que se aprobó la fusión del CONADIS y del INDEPA con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, se precisó que se encuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 - Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA, y los artículos del 5º al 10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, en la Ley Nº 28495 se establece que el INDEPA es un Organismo Público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, como organismo rector de las políticas nacionales encargado de proponer y supervisar su cumplimiento, así como de coordinar con los Gobiernos Regionales la ejecución de proyectos y programas dirigidos a la promoción, defensa, investigación y afi rmación de los derechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano; Que, conforme a la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, éste diseña, propone y ejecuta la política de desarrollo social y humano promoviendo la equidad de género y la igualdad de oportunidades para la mujer, la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas; Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone en su artículo 6º que en el diseño y estructura de la Administración Pública deben regir los criterios de justifi cación de funciones y actividades, no duplicación de funciones y el principio de especialidad que supone integrar las funciones y competencias afi nes; Que, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo V recoge el principio de organización e integración por el que las Entidades Públicas del Poder Ejecutivo se organizan sobre la base de funciones y competencia afi nes, evitando la duplicidad y superposición de funciones; Que, siendo que las funciones del INDEPA guardan afi nidad con las funciones de promoción y desarrollo social de los grupos vulnerables del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, resulta pertinente adscribir el INDEPA al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Adscripción del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA Adscríbase a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, el Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 2º.- Adecuación del Reglamento de Organización y Funciones El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES deberá presentar el proyecto de adecuación de su Reglamento de Organización y Funciones y el proyecto de nuevo Reglamento de Organización y Funciones para el Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA, de acuerdo a lo establecido por el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Normas Complementarias El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES gestionará la aprobación de los dispositivos legales que se requieran para el funcionamiento efectivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 170927-1 Designan Gerente de la Unidad Administrativa del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 097-2008-MIMDES Lima, 28 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará el mencionado cargo; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5º del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el artículo 7º de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la Licenciada MARÍA TERESA LÓPEZ ORIHUELA, en el cargo de Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 170907-1 PRODUCE Autorizan viaje de profesional del IMARPE a EE.UU. para participar en reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2008-PRODUCE Lima, 29 de febrero del 2008Vistos: el Ofi cio Nº 063-2008-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería y así como el Ofi cio Nº DE-100-037-2008-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DSL-AMA) Nº F-4, de fecha 4 de enero de 2008, el Director Nacional de Soberanía y Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó al Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción la celebración de la 77ª Reunión de la Comisión