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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2008 (01/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367629 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 229-2006- PRODUCE, se designó al señor JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción; Que, el citado funcionario ha formulado su renuncia al cargo; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto de administración correspondiente y encargar a la persona que desempeñará el mencionado cargo, en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; y, SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO al cargo de Director General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar, a partir de la fecha, el puesto de Director General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto al señor VÍCTOR MANUEL LOYOLA ROSARIO, Director (e) de la Ofi cina de Cooperación Técnica de Asuntos Internacionales, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 170799-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Enmienda al “Acuerdo para Regularizar la Situación Laboral y Migratoria de los Nacionales del Perú y del Ecuador en la Zona de Integración Fronteriza Ampliada” DECRETO SUPREMO Nº 005-2008-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al “Acuerdo para Regularizar la Situación Laboral y Migratoria de los Nacionales del Perú y del Ecuador en la Zona de Integración Fronteriza Ampliada” , fue formalizada mediante intercambio de Notas, Nota (SCP) Nº 6/19 de 13 de abril de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú y Nota Nº 18195- 2007-GM-SRMC de 26 de abril de 2007, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda al “Acuerdo para Regularizar la Situación Laboral y Migratoria de los Nacionales del Perú y del Ecuador en la Zona de Integración Fronteriza Ampliada” , formalizada mediante intercambio de Notas, Nota (SCP) Nº 6/19 de 13 de abril de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú y Nota Nº 18195-2007-GM-SRMC de 26 de abril de 2007, en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 170927-3 Autorizan al Ministerio de Energía y Minas efectuar pago de cuota a la OLADE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2008-RE Lima, 29 de febrero de 2008VISTO:El Ofi cio Nº 079-2008-MEM-OGP, de fecha 13 de febrero de 2008, del Ministerio de Energía y Minas por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de contribuciones a la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE); CONSIDERANDO: Que el Artículo 67º numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de contribuciones a la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas a efectuar el pago de € 35,484.00 (TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 EUROS) a la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), correspondiente al pago de contribuciones. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 170927-12