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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2008 (01/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367630 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2008-RE Lima, 29 de febrero de 2008Vista la Resolución Suprema Nº 00478 de 27 de diciembre de 2006, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Gilbert Chauny de Porturas Hoyle; De conformidad con los artículos 7º y 13º inciso a) y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 185º inciso c), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gilbert Chauny de Porturas Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos. Artículo Segundo.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo Tercero.- La fecha en que el Embajador Gilbert Chauny de Porturas Hoyle termine sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, publíquese y comuníquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 170927-13 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2008-RE Lima, 29 de febrero de 2008De conformidad con el inciso 12 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gilbert Chauny de Porturas Hoyle. Artículo Segundo.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.Artículo Tercero.- La fecha en que el Embajador Gilbert Chauny de Porturas Hoyle asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial. Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, publíquese y comuníquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 170927-14 Autorizan a la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI, efectuar pago de cuota a la UIT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 064-2008-RE Lima, 29 de febrero de 2008VISTO: El Ofi cio Nº 049-Rect.- de fecha 24 de enero de 2008, de la Universidad Nacional de Ingeniería por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de contribuciones, a la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT); CONSIDERANDO: Que el Artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de contribuciones a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) con cargo al presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI, a efectuar el pago de CHF 3,975.00 (TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 FRANCOS SUIZOS) a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 170927-15