Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2008 (07/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de marzo de 2008 368311 Nº SUBPARTIDA NACIONALDESCRIPCIÓN 7 0202 30 10 00 - - «Cortes fi nos» 8 0202 30 90 00 - - Los demás9 0210 20 00 00 - Carne de la especie bovina 10 0210 99 10 00 - - - Harina y polvo comestibles, de carne o de despojos 11 0210 99 90 00 - - - Los demás 12 1602 50 00 00 - De la especie bovina13 1602 90 00 00 - Las demás, incluidas las preparaciones de sangre de cualquier animal 172999-2 Aprueban Índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali por las transferencias correspondientes al año 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2008-EF/15 Lima, 6 de marzo de 2008CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.1 del artículo 5º y el artículo 10º de la Ley Nº 27506 – Ley de Canon, señalan que la distribución y la determinación del Canon Petrolero mantienen las condiciones de su aplicación actual; Que, las Leyes Nºs. 23538 y 23350 y el Decreto de Urgencia Nºs. 027-98 establecen el Canon y Sobrecanon por la producción de petróleo y gas en Loreto y Ucayali; Que, el artículo 1° de la Ley Nº 28699, Ley que modifi ca la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, señala que las Leyes Nºs. 23538, 23350 y disposiciones complementarias referidas a la participación en la renta por la explotación de petróleo y gas natural en los departamentos de Loreto y Ucayali, como Canon y Sobrecanon, mantienen su vigencia plena y alcances indicados en las propias normas, como ingreso adicional de los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades nacionales y el Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 28699 establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon a que se refi ere el artículo 1° del Decreto de Urgencia Nº 027-98 en el departamento de Ucayali; Que, el artículo 6° del Decreto Supremo Nº 206-2006- EF, Reglamento de la Ley Nº 28699, establece que los índices de distribución aprobados se aplicarán para las transferencias de recursos del Canon a partir del mes de febrero de cada año y hasta el mes de enero del año siguiente; Que, sobre la base de la información estadística disponible proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante Ofi cio Nº 004- 2008-INEI/DTDIS; el Ministerio de Energía y Minas mediante Ofi cio Nº 059-2008-EM/VME; y el Ministerio de Educación mediante Ofi cio Nº 021-2008-ME/SPE; la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas procedió a efectuar los cálculos correspondientes para la determinación de los índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali del año 2008; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los índices de distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos realizados por la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales de dicho ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;Que, resulta necesario establecer los nuevos índices de distribución sobre la base de los criterios y porcentajes establecidos en la Ley Nº 28699; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes Nºs. 27506 y 28699 y el Decreto Supremo Nº 206-2006-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Apruébense los índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali por las transferencias correspondientes al año 2008, a ser aplicados a gobiernos regionales, gobiernos locales e institutos superiores tecnológicos estatales de dicho departamento, conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO Nº 1 ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON POR LA PRODUCCIÓN DE PETRÓLEO Y GAS PARA GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI DE 2008 GOB. LOCAL(DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO), GOB.REGIONALÍNDICE TOTAL 1.0000000000 UCAYALI CORONEL PORTILLO CALLERIA 0.1080771303 CAMPOVERDE 0.0151636769IPARIA 0.0135008978 MASISEA 0.0144587270YARINACOCHA 0.0942354878NUEVA REQUENA 0.0066144695 MANANTAY 0.0772901078 ATALAYA RAYMONDI 0.0301707531 SEPAHUA 0.0077095189TAHUANIA 0.0065505513YURUA 0.0015910189 PADRE ABAD PADRE ABAD 0.1264240180 IRAZOLA 0.1049806890 CURIMANA 0.1415760639 PURUS PURUS 0.0043450618 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 0.2473118280 ANEXO Nº 2 ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON POR LA PRODUCCIÓN DE PETRÓLEO Y GAS PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS ESTATALES DE UCAYALI DE 2008 INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO ÍNDICE TOTAL 1.0000000000 SUIZA 0.142857143 COLONIA DEL CACO-B 0.142857143