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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de marzo de 2008 368314 Salida/Llegada de las Líneas de transmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud (km)Ancho de la faja de servidumbre (m) SE Pampa Salinas - SET Zapallal 500 01 100 55 (preliminar) Artículo 3°.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y cumplimiento del cronograma correspondiente, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4°.- La presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 171644-1 Actualizan la Banda de Precios de los combustibles RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 033-2008-EM/DGH Lima, 6 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 010-2004 se creó el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del mercado interno; Que, por Decreto Supremo N° 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia N° 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia N° 010-2004 designó como Administrador del Fondo a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 047-2007 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, será hasta el 30 de junio de 2008; Que, el artículo 4° del Decreto de Urgencia Nº 010- 2004 dispone, que es obligación del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y actualizar periódicamente, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, con fecha 21 de diciembre de 2007 se publicó, en el Diario Ofi cial El Peruano, la última actualización de la Banda de Precios de los combustibles; Que, en la fecha mediante Decreto Supremo correspondiente, el Ministerio de Economía y Finanzas ha determinado la reducción del Impuesto Selectivo al Consumo de los Combustibles; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modifi catorias, y en los Decretos Supremos Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 047-2005-EM.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publicar la nueva Banda de Precios para cada uno de los productos a que hace referencia el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 PRODUCTOS Soles por GalónLÍMITE SUPERIORLÍMITE INFERIOR GLP Soles por Kg. 2.00 1.90 G - 97 9.21 8.81 G - 95 9.07 8.67 G - 90 7.75 7.40 G - 84 7.04 6.69 KERO 8.08 7.73 DIESEL 2 7.29 6.99 PIN 6 4.52 4.32 PIN 500 4.37 4.17 DIESEL 2 GE 5.91 5.61 PIN 6 GE 3.29 3.09 PIN 500 GE 3.20 3.00 Artículo Segundo.- Determinar los Factores de Compensación y Aportación correspondientes entre el 7 y el 10 de marzo de 2008. PRODUCTOS Soles por GalónFactor de AportaciónFactor de Compensación GLP Soles por Kg. - 0.52 G - 97 0.27 - G - 95 0.23 - G - 90 - 0.32 G - 84 - 0.71 KERO - 0.85 DIESEL 2 - 1.30 PIN 6 - 0.89 PIN 500 - 0.79 DIESEL 2 GE - 2.68 PIN 6 GE - 2.12 PIN 500 GE - 1.96 Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral tendrá efectos desde la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 172998-1 INTERIOR Designan Directora de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Gobierno Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0141-2008-IN-1501 Lima, 5 de marzo del 2008CONSIDERANDO,Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Director de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior;