Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369093

EXPEDIENTE MATERIA

: N° 00001-2006-CD-GPR/IX Revision del cargo de interconexion tope por : terminacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local.

VISTOS: (i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, mediante el cual se dispone la ampliacion del plazo establecido en el numeral 5 del articulo 7º del Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 00001-2006CD-GPR/IX; (ii) El Informe Nº 182-GPR/2008, que recomienda la ampliacion del plazo senalado en el numeral precedente, y con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 1232003-CD/OSIPTEL se establecio el Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope (en adelante, el Procedimiento); Que, de conformidad con el Procedimiento, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 045-2006-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el dia 08 de MORDAZA de 2006, se inicio el procedimiento de oficio para la revision del cargo de interconexion tope por terminacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local, en sus modalidades de cargo por tiempo de ocupacion y de cargo fijo periodico; Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 020-2008PD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 20 de febrero de 2008, se dispuso la publicacion para comentarios del Proyecto de Resolucion que establecera el cargo de interconexion tope por terminacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local, en sus modalidades de cargo por tiempo de ocupacion y de cargo fijo periodico; Que, mediante la resolucion citada en el parrafo precedente se otorgo un plazo de treinta (30) dias calendario, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del proyecto publicado; y se convoco a Audiencia Publica para el 28 de marzo de 2008; Que, mediante carta multiple C.0106-CC/2008 de fecha 19 de febrero se notifico tanto a Telefonica del Peru S.A.A. (en adelante, Telefonica) como a las demas empresas concesionarias del servicio de telefonia fija local, la Resolucion de Presidencia Nº 020-2008-PD/OSIPTEL conjuntamente con la informacion relevante para el analisis del proyecto y la MORDAZA de los comentarios de los interesados, la misma que incluye el texto completo del proyecto, su exposicion de motivos, asi como el informe y el modelo de costos que lo sustentan; Que, mediante comunicacion DR-236-C-055/CM-08 recibida el 27 de febrero de 2008, la empresa Telefonica solicita se le remita el modelo de costos de la empresa Telmex Peru S.A., referido en el Informe Nº 370-GPR/2007 que sustento la propuesta del OSIPTEL; Que, mediante comunicacion DR-236-C-057/CM-08 recibida el 27 de febrero de 2008, Telefonica solicita se le remita la version de su modelo de costos que fue modificada por el OSIPTEL y el modelo del OSIPTEL en Mathematica version 4.0, version diferente a la que inicialmente le fue remitida mediante carta C.0106-CC/2008; Que, mediante comunicacion DR-236-C-058/CM-08 recibida el 28 de febrero de 2008, Telefonica solicita se absuelvan tres consultas formuladas por su consultora Telefonica I+D, sobre el Informe Nº 370-GPR/2007 que sustento la propuesta del OSIPTEL; Que, mediante comunicacion DR-236-C-062/CM-08 recibida el 05 de marzo de 2008, Telefonica solicita se le conceda un plazo de sesenta (60) dias habiles adicionales, para la remision de sus comentarios al proyecto de resolucion publicado el 20 de febrero de 2008, debido a que necesita analizar la informacion solicitada al OSIPTEL; Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento establece que: (i) los plazos senalados en los articulos 7º y 8º del Procedimiento, asi como los plazos que MORDAZA establecidos por el OSIPTEL en aplicacion de dichas disposiciones, podran ser ampliados, de oficio o a solicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicional

a los plazos maximos senalados en los referidos articulos; (ii) las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento, seran establecidas por la Presidencia del Consejo Directivo del OSIPTEL; y (iii) dicha resolucion debera ser debidamente motivada y sera publicada en la pagina web del OSIPTEL y notificada a la o las empresas operadoras involucradas; Que, la informacion adicional entregada a Telefonica en atencion a sus solicitudes MORDAZA referidas, no justifica por si misma la ampliacion del plazo para comentarios al proyecto publicado por Resolucion Nº 020-2008-PD/OSIPTEL, toda vez que dicho proyecto fue debidamente notificado a dicha empresa y a las demas empresas operadoras involucradas conjuntamente con toda la documentacion sustentatoria correspondiente; no obstante, dada la complejidad del tema, se considera razonable ampliar en treinta (30) dias calendario adicionales el plazo otorgado para la MORDAZA de comentarios, ampliacion que vencera el 23 de MORDAZA de 2008; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6 del articulo 7º del Procedimiento, la Audiencia Publica debe llevarse a cabo con posterioridad al vencimiento del plazo para la recepcion de los comentarios y MORDAZA de la emision de la resolucion definitiva; Que, en consecuencia, al ampliarse el plazo para la recepcion de comentarios al proyecto de resolucion publicado, corresponde modificar la fecha para la realizacion de la Audiencia Publica dispuesta en la Resolucion Nº 020-2008-PD/OSIPTEL, debiendo publicarse la presente resolucion en el diario oficial El Peruano; En aplicacion de los incisos j) y k) del articulo 86º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliar en treinta (30) dias calendario adicionales, el plazo establecido en el numeral 5 del articulo 7º del Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 000012006-CD-GPR/IX, de conformidad con las consideraciones expuestas. Articulo 2°.- El plazo dispuesto en el articulo precedente debera computarse a partir del 25 de marzo de 2008. Articulo 3º.- Modificar la fecha prevista para la realizacion de la Audiencia Publica dispuesta en la Resolucion de Presidencia Nº 020-2008-PD/OSIPTEL ­dentro del MORDAZA del procedimiento que establecera el cargo de interconexion tope por terminacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local, en sus modalidades de cargo por tiempo de ocupacion y de cargo fijo periodicoconvocandola para el dia 30 de MORDAZA de 2008 y haciendo publica dicha convocatoria a traves de un diario de circulacion nacional. Articulo 4°.- Disponer que la presente resolucion sea notificada a las empresas concesionarias del servicio de telefonia fija local y publicada en el diario oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY Presidente del Consejo Directivo

177241-1

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Autorizan venta por subasta publica de predios de propiedad del Estado ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0025-2008/SBN
MORDAZA, 14 de marzo de 2008

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