Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2008 (19/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de marzo de 2008 369097 RUC 20100102413 UNIQUE S.A. RUC 20100090067 VIDRIERIA 28 DE JULIO S.A.C.RUC 20261677955 VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.RUC 20100675618 WESTERN COTTON S.A.RUC 20100119065 XEROX DEL PERU S A RUC 20125508716 XIMESA SRL RUC 20114915026 XSTRATA TINTAYA S.A.RUC 20312372895 YURA S.A.RUC 20336895783 ZILICOM INVESTMENTS SA 177685-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Declaran de interés regional el Proyecto para la Construcción, Financiamiento, Operación y Mantenimiento de un Mega Terminal de Transporte Multimodal Portuario, Aeroportuario y Terraportuario en la Bahía Punta Salinas ORDENANZA REGIONAL Nº 01-2008-CR-RL EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, en sesión extraordinaria celebrada en la ciudad de Huacho, de fecha 12 de marzo de 2008, ha aprobado por unanimidad, la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 004-2006-CR/ GRL; VISTO:El Dictamen Nº 01-2008-CR-GRL, que remite la Comisión Ordinaria de Inversiones, Promoción, de la Inversión Privada y Relaciones Regionales, conteniendo el pedido e informe de fecha 01 de Octubre del año en curso del Comité Mega Puerto en Punta Salinas Bahía Paraíso; CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de Agosto 2006, aprobó la Ordenanza Regional Nº 004-2006-CR/GRL, en la que “Declaran de interés Regional el Proyecto para la Construcción, Financiamiento, Operación y Mantenimiento de un Puerto para atender Contenedores en la Costas de las Playas de la Región Lima; Que, existe interés de Empresas Privadas Nacionales e Internacionales de construir un puerto de mayor envergadura que sea alternativo al Puerto del Callao; lo que ha quedado demostrado el día 23 de Octubre del presente año, en que la Comisión ha participado a las diferentes empresas interesadas en la construcción de dicho puerto a exponer sus propuestas en los ambientes de la Presidencia Regional, recibiendo los aportes para enriquecer la propuesta de Ordenanza Regional; El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima de acuerdo a las facultades que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y el Reglamento Interno de Consejo, ha aprobado la modifi catoria del artículo Primero de la Ordenanza Nº 004-2006-CR/GRL, por tanto queda redactado como sigue: Artículo Primero.- DECLÁRESE de interés Regional para facilitar la inversión privada, el Proyecto para la Construcción, Financiamiento, Operación y Mantenimiento de un Mega Terminal de Transporte Multimodal Portuario, Aeroportuario y Terraportuario en la Bahía Punta Salinas. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Ofi cial “El Peruano”, disponiéndose su publicación asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regiónlima.gob.pe). En Huacho, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. BEATRIZ EUGENIA CASTILLO OCHOA Consejera Delegada Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciocho días el mes de marzo del dos mil ocho. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 177867-2 Aprueban Reglamentos de Organización y Funciones y Cuadros de Asignación de Personal de diversas entidades de la Dirección Regional de Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 02-2008-CR-RL EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: POR CUANTO: El Presidente del Gobierno Regional de Lima, mediante Ofi cio Nº 0170-2008-GRL/PRES adjunta el proyecto de Ordenanza Regional para la aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) y Cuadros de Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud, y Direcciones de Redes de Salud y Hospitales adscritos a la jurisdicción. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 188º de la Constitución Política del Estado, establece que la descentralización es una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de la descentralización se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los gobiernos Regionales y locales; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización dispone que las transferencias de funciones, programas y organismos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 27867, y su modifi catoria la Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y presupuestal un pliego presupuestal. Asimismo el Artículo 9º, literal a) señala que es competencia de los Gobiernos Regionales “Aprobar su organización interna y presupuestal”; Que, con el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el plan Anual de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007 y mediante Resolución Nº 003-2007-PCM/SD, aprueba la Directiva Nº 001-2007 PCM/SD, “Normas para la ejecución de la transferencia del año 2007 a los gobiernos Regionales y Locales, de las funciones sectoriales incluidas