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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369492 REGION LIMA Y LIMA METROPOLITANA otorgada ante Notario Público Dra. Mónica Salvatierra Saldaña. Que, por Escritura Pública de fecha 23 de febrero del 2008 se modifi có su denominación como ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE LA REGION LIMA METROPOLITANA Y PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO otorgada ante Notario Público Dra. Mónica Salvatierra Saldaña Estando a lo opinado por la Ofi cina de Registro de AFOCAT, mediante Informe 016-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modifi cada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la INSCRIPCIÓN DEFINITIVA de ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE LA REGION LIMA METROPOLITANA Y PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO constituida mediante escritura pública de fecha 28 de diciembre del 2006 otorgada ante Notario Público Dr. Manuel Noya de la Piedra y registrada bajo la Partida Electrónica Nº 11973334 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito a cargo de la Dirección General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Defi nitivo Nº 0041 - R AFOCAT - DGTT - MTC/2007, pudiendo operar como tal en la Región Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 178626-1 Disponen inscripción definitiva de Fondo contra Accidentes de Tránsito Región Puno en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2307-2008-MTC/15 Lima, 28 de febrero de 2008 VISTO: El expediente, con registros Nºs. 015769(21/02/2007), 027129(29/03/2007), 043597(24/05/2007),053685(27/ 06/2007), 094164(26/10/2007) y 022494(28/02/2008), presentado por FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO REGION PUNO “FONCAT” con la documentación requerida en el artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28839, se modifi có entre otros el artículo 30º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, a efectos de incluir, como alternativa a la contratación del SOAT, el Certifi cado de Accidentes de Tránsito – CAT, emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito - AFOCAT, destinados exclusivamente para vehículos de transporte urbano e interurbano regular de personas que presten servicios al interior de la región o provincia, incluyendo el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 012-2007-MTC, 025-2007-MTC y 007-008-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. Que con fecha 13 de agosto de 2007 se emitió la Resolución Directoral Nº 12568-2007-MTC/15 por la que FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO REGION PUNO “FONCAT”fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el depósito del 30% del Fondo Mínimo y haber celebrado el contrato de fi deicomiso, conforme lo establece el Reglamento. Que con la presentación del expediente con registros Nºs. 015769(21/02/2007), 027129(29/03/2007), 043597(24/05/2007),053685(27/06/2007), 094164(26/10/2007) y 022494(28/02/2008), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, por lo que corresponde otorgarle el Registro Defi nitivo. Estando a lo opinado por la Ofi cina de Registro de AFOCAT, mediante Informe Nº 029-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modifi cada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la INSCRIPCIÓN DEFINITIVA de FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO REGION PUNO “FONCAT”constituida mediante escritura pública de fecha 20 de diciembre del 2006 otorgada ante Notario Público Dr. Julio Edgar Lezano Zuñiga y registrada bajo la Partida Electrónica Nº 11050254 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Puno en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito a cargo de la Dirección General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Defi nitivo Nº 0036 - R AFOCAT - DGTT - MTC/2007, pudiendo operar como tal en la Región Puno. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 178613-1 Autorizan a Abse Autos GNV S.A.C. a operar taller de conversión a gas natural vehicular ubicado en la provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2905-2008-MTC/15 Lima, 10 de marzo de 2008 VISTOS: Los expedientes con Partes Diarios Nºs 2008- 016231 y 2008-021055 presentados por ABSE AUTOS GNV S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para operar como Taller de Conversión a GNV, a fi n de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas